Escrito por los abogados expertos en inmigración de ASAP · Actualizado
Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, números de seguro social, la corte de inmigración, licencias de conducir y viajes en los Estados Unidos, TPS, detención, ICE, SIJS, parole, ciudadanía por nacimiento, salir de los Estados Unidos, límites de inmigración para 40 países y viajes internacionales. Los cambios más recientes están marcados como o a continuación.
Asilo
Nuevas verificaciones de seguridad podrían causar retrasos más largos de asilo de USCIS. Hay nuevas verificaciones de seguridad para muchas solicitudes de USCIS, incluyendo asilo, tarjetas de residencia y posiblemente permisos de trabajo. Estas nuevas verificaciones de seguridad podrían causar retrasos más largos antes de que las solicitudes puedan ser aprobadas. Es posible que se les pida a algunas personas que asistan nuevamente a citas biométricas y que proporcionen huellas digitales para una verificación adicional. Y lamentablemente, todas las decisiones de asilo siguen pausadas para los solicitantes de asilo de 40 países.
Las decisiones de asilo de USCIS siguen en pausa para inmigrantes de 40 países. USCIS no está tomando decisiones sobre solicitudes de asilo, renovaciones de permisos de trabajo y muchas otras solicitudes para inmigrantes de 40 países, con excepciones limitadas. Aprenda más. Los países son: Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Burundi, Chad, la República del Congo, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Gambia, Haití, Irán, Laos, Libia, Malaui, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Palestina, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia y Zimbabue. Los inmigrantes están impugnando esto en una demanda. Anteriormente, USCIS había pausado las decisiones de asilo para todos los países, pero puso fin a esa pausa más amplia el 30 de marzo de 2026.
Las cortes de inmigración están poniendo fin a algunos casos de asilo temprano. Se supone que los solicitantes de asilo en la corte de inmigración deberían recibir una audiencia completa de asilo, pero el gobierno está intentando poner fin a algunos casos antes de esa audiencia. Si el gobierno le pide a un juez que termine su caso temprano, usted puede intentar convencer al juez de que lo mantenga abierto. Aprenda más.
USCIS está poniendo fin a algunos casos de asilo temprano. Se supone que los solicitantes de asilo en USCIS deberían recibir una entrevista de asilo, pero USCIS está poniendo fin a algunos casos antes de esa entrevista. Algunos solicitantes de asilo han recibido avisos que trasladan su caso de asilo a la corte de inmigración. Otros solicitantes de asilo recibieron cartas desestimando su caso de asilo y diciéndoles que programen entrevistas de miedo creíble en su lugar.
Hay una nueva tarifa anual de asilo. USCIS o las cortes de inmigración pueden requerir que usted pague una tarifa anual de asilo de $102 si su solicitud de asilo ha estado pendiente durante al menos un año. Si usted no paga la tarifa antes de la fecha límite que el gobierno establezca en su caso, su solicitud de asilo podría ser rechazada o desestimada, y su permiso de trabajo podría terminar. Aprenda más sobre las nuevas tarifas y cómo pagar.
Aún puede entregar nuevas solicitudes de asilo. Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Hay una nueva tarifa de presentación inicial de $100. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.
Permisos de trabajo basados en asilo
Si usted actualmente tiene un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo pendiente, sigue siendo válido hasta que se venza. El gobierno de los Estados Unidos ha realizado muchos cambios en los permisos de trabajo y continúa proponiendo nuevos cambios. Estos cambios son descritos abajo. Sin embargo, si usted actualmente tiene un permiso de trabajo válido basado en una solicitud de asilo, este permiso de trabajo no es afectado por esos cambios.
Una regla propuesta limitaría los permisos de trabajo. Una nueva regla propuesta haría imposible que los solicitantes de asilo soliciten un permiso de trabajo inicial. También haría más difícil las renovaciones de los permisos de trabajo. Pero esta regla propuesta aún NO es definitiva.
Usted puede solicitar un permiso de trabajo antes de que la regla propuesta se vuelva definitiva. Puede solicitar un permiso de trabajo inicial 150 días después de haber solicitado asilo. Considere solicitar una renovación si su permiso de trabajo vencerá en un año o menos. Aprenda cómo completar la solicitud.
La mayoría de los permisos de trabajo iniciales para solicitantes de asilo aún siguen siendo procesados dentro de 30 días. Se supone que el gobierno debería procesar las solicitudes de permisos de trabajo iniciales basadas en la solicitud de asilo dentro de 30 días, sin importar su país de origen.
Los retrasos en las renovaciones están aumentando. Los solicitantes de asilo están experimentando largos retrasos para recibir la renovación de sus permisos de trabajo. Además, los solicitantes de asilo de 40 países no están recibiendo ninguna decisión sobre sus renovaciones de sus permisos de trabajo, con excepciones limitadas.
Los solicitantes de asilo de 40 países no están recibiendo renovaciones de sus permisos de trabajo, con excepciones limitadas. USCIS ha dejado de procesar las renovaciones de permisos de trabajo para los solicitantes de asilo de 40 países a menos que el solicitante sea un doctor médico. Sin embargo, USCIS continúa procesando los permisos de trabajo iniciales basados en la solicitud de asilo, bajo la categoría (c)(8).
Para la mayoría de las demás categorías de permisos de trabajo, USCIS ha dejado de procesar los permisos de trabajo iniciales y las renovaciones para los inmigrantes de los 40 países. Una excepción es que USCIS sigue procesando los permisos de trabajo iniciales y de renovación bajo las categorías (c)(11) y (c)(14) para inmigrantes que colaboran con una agencia de aplicación de la ley de los Estados Unidos.
No hay nuevas extensiones automáticas. El gobierno ha dejado de emitir nuevas extensiones automáticas de permisos de trabajo para las personas que soliciten la renovación de sus permisos de trabajo en o después del 30 de octubre de 2025. Pero si ya recibió una extensión de 540 días en o antes del 29 de octubre, ¡su extensión sigue siendo válida! Aprenda más aquí. ASAP ha presentado una demanda para combatir este cambio.
Los nuevos permisos de trabajo son válidos por 18 meses. Los permisos de trabajo emitidos después del 4 de diciembre de 2025 son válidos por 18 meses, en lugar de 5 años – para solicitantes de asilo y algunos otros inmigrantes. Pero si usted ya recibió un permiso de trabajo de 5 años, sigue siendo válido por los 5 años completos. Aprenda más.
Ojo: Hemos escuchado que algunas personas recibieron un aviso de aprobación para un permiso de trabajo de 5 años el 4 de diciembre de 2025 o antes, pero luego no recibieron la tarjeta de permiso de trabajo, o recibieron una tarjeta de permiso de trabajo de 18 meses.
Tarifas han aumentado. Ahora cuesta $560 para solicitar un primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. (Antes, no había tarifa). La tarifa para renovar un permiso de trabajo basado en asilo aumentó $275. Si está renovando su permiso de trabajo en línea, ahora cuesta un total de $745. Si está renovando su permiso de trabajo por correo, ahora cuesta un total de $795. Aprenda más aquí.
Límites de inmigración para 40 países
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas restricciones de inmigración para las personas de países específicos. Estas limitaciones afectan tanto a las personas que ya se encuentran en Estados Unidos como a las que están fuera del país. Los inmigrantes están luchando contra esta pausa en una demanda.
Los países son: Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Burundi, Chad, la República del Congo, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Gambia, Haití, Irán, Laos, Libia, Malaui, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Palestina, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia y Zimbabue.
Pausa en el procesamiento. USCIS ha pausado el procesamiento de casi todas las solicitudes de inmigración para personas de estos países, incluyendo de asilo, renovaciones de permiso de trabajo basadas en solicitar asilo, de residencia permanente (tarjetas de residencia) y el Formulario I-730 para solicitar a familiares después de ganar asilo.
Sin embargo, esta pausa no se aplica a los permisos de trabajo iniciales basados en solicitar asilo, categoría (c)(8). USCIS aún debería procesar las solicitudes iniciales de permisos de trabajo basadas en solicitar asilo dentro de un plazo de 30 días.
El 29 de abril de 2026, USCIS también dijo que continuará procesando las solicitudes de doctores médicos incluso si son de uno de los 40 países. Aún no sabemos exactamente cómo funcionará esto.
Factor negativo. USCIS también ha dicho que, incluso si vuelve a comenzar a procesar solicitudes de inmigración para personas de alguno de estos países, el hecho de ser de uno de los países en la lista será un “factor negativo significativo” al decidir muchas solicitudes de inmigración, como el asilo o el ajuste de estatus a la residencia permanente. Vea esta Alerta de Políticas (en inglés) de USCIS.
Posible revocación de aprobaciones de inmigración. El gobierno dijo que revisará las aprobaciones de inmigración otorgadas a personas de estos países que llegaron a los Estados Unidos el 20 de enero de 2021 o después, y que podría revocar aprobaciones previas. Vea este Memorando de Políticas (en inglés) de USCIS. El Memorando de Políticas, publicado el 2 de diciembre, instruye a los oficiales del gobierno a hacer una lista de casos para revisar dentro de 90 días.
Viajando a los Estados Unidos. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado restricciones para viajar a los Estados Unidos para ciudadanos de 40 países. Lea más.
Números de Seguro Social
Los solicitantes de asilo pueden solicitar números de seguro social una vez que reciban sus permisos de trabajo.
En el pasado, los inmigrantes podían solicitar un número de seguro social como parte de sus solicitudes de permiso de trabajo y luego recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, los números de seguro social ya no se pueden solicitar en las solicitudes de permiso de trabajo. En lugar de eso, ahora los inmigrantes tienen que solicitar los números de seguro social por separado.
Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Puede ver este video para aprender cómo solicitar un número de seguro social o puede seguir estas instrucciones.
Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.
Audiencias en la corte de inmigración
Prepárese para la corte. Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia. Lea 10 cosas que saber antes de su primera audiencia en la corte de inmigración.
Tarifa anual de asilo. Algunos jueces están enviando avisos a los solicitantes de asilo indicando que deben pagar la tarifa anual de $102. Si usted recibe un aviso, debería incluir una fecha límite, y usted puede pagar en línea. Vea más información sobre la tarifa aquí (incluyendo cómo pagar).
Detención. En 2025, hubo numerosos reportes de arrestos en las cortes de inmigración. A partir de la primavera de 2026, los arrestos en las cortes de inmigración se han vuelto menos comunes. Sin embargo, esto podría cambiar nuevamente en el futuro. Para aprender sobre lo que está ocurriendo en su corte de inmigración específica, puede intentar encontrar una organización para inmigrantes en su área. Aprenda cómo prepararse para la posibilidad de ser detenido.
Terminando casos. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con acuerdos con otros países, las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo u otras razones. Aprenda más.
Cierre Administrativo. Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.
Deportaciones a otro país. El gobierno de los Estados Unidos está intentando desestimar algunos casos de asilo en la corte de inmigración y enviar a las personas a un tercer país para que soliciten asilo allí, incluso si nunca han estado en ese país antes. Lea más información.
Licencias de conducir y viajes dentro de los Estados Unidos
Licencias de conducir: Muchos solicitantes de asilo y otros inmigrantes son elegibles para obtener una licencia de conducir. Obtenga información sobre los requisitos de su estado.
Licencias de conducir comerciales: El 16 de marzo de 2026, el gobierno de los Estados Unidos emitió una nueva regla que impide a los solicitantes de asilo y a otros inmigrantes obtener nuevas licencias de conducir comerciales (CDL, por sus siglas en inglés), que son licencias especiales para conducir vehículos grandes y pesados. Esta regla es muy similar a una regla de 2025 que el gobierno intentó usar para restringir las CDLs a los inmigrantes, pero esa regla de 2025 fue bloqueada por una corte. Ahora, los inmigrantes están impugnando la nueva política a través de otra demanda.
Viajes dentro de los Estados Unidos: Los solicitantes de asilo tienen permitido viajar dentro de los Estados Unidos, y muchos solicitantes de asilo viajan en carro, autobús, tren y avión sin problemas. Sin embargo, desde 2025, el riesgo de arresto y detención ha aumentado significativamente. Al viajar, puede encontrarse con funcionarios de inmigración o agentes de policía. Podrían hacerle preguntas sobre su estatus migratorio o pedirle documentación. Es posible que esto pueda resultar en un arresto y detención, incluso si tiene una solicitud de asilo pendiente y un permiso de trabajo válido. Aprenda más.
Estatus de Protección Temporal (TPS)
El gobierno de los Estados Unidos está intentando poner fin al TPS para ciertos países: Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, Etiopía, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Siria, Venezuela y Yemen.
Los inmigrantes están impugnando estas acciones en múltiples demandas, y la Corte Suprema escuchó los argumentos de las demandas sobre el TPS para Haití y Siria el 29 de abril de 2026. La Corte Suprema probablemente tomará una decisión a principios de julio de 2026. Esta decisión podría afectar al TPS para otros países también. Obtenga información sobre el estatus actual del TPS para diferentes países.
El TPS para Birmania (Myanmar), Etiopía, Haití, Somalia, Sudán del Sur, Siria y Yemen sigue siendo válido por ahora, gracias a victorias en las cortes. Si usted recibió TPS para uno de estos países, debería estar protegido contra la detención y la deportación por ahora y su permiso de trabajo se extiende automáticamente. Obtenga más información.
Si usted solicitó renovar su permiso de trabajo basado en el TPS para El Salvador y aún no ha recibido un nuevo permiso de trabajo, su permiso de trabajo actual puede ser extendido automáticamente hasta el 31 de agosto de 2026. Aprenda más. También puede encontrar más información aquí, incluyendo una carta que le puede dar a su empleador.
Hay nuevas tarifas para registrarse para TPS y para solicitar un permiso de trabajo basado en el TPS. Nuevos permisos de trabajo basados en el TPS solo serán válidos por un año. Lea más aquí.
Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS, si es posible.
Detención y redadas
El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención, deteniendo a muchos inmigrantes y deportando a las personas más rápido que antes.
Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse en los Estados Unidos y prepararse para la posibilidad de detención o deportación.
Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes (incluyendo cómo encontrar a alguien detenido y cómo solicitar su liberación). También puede ver este video sobre cómo utilizar el sitio web de ICE para encontrar a alguien en detención.
El gobierno ha estado deteniendo a más personas durante las citas de inmigración. Lea sobre el riesgo de detención en la corte de inmigración y el riesgo de detención en las citas con ICE, incluyendo posibles pasos para prepararse. Algunas personas también han sido detenidas en las citas biométricas con USCIS si tenían una órden de deportación o antecedentes penales en el pasado.
El gobierno anunció que podría detener a los refugiados que aún no se hayan convertido en Residentes Permanentes Legales (titulares de la tarjeta de residencia). Sin embargo, los refugiados han entregado una demanda a nivel nacional para impugnar esta política, y el 23 de marzo de 2026, una corte bloqueó al gobierno de detener a los refugiados por ahora.
El gobierno de los Estados Unidos también está intentando enviar a algunos inmigrantes a otros países si tienen una orden de deportación o si han ganado retención de deportación y protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés). Se han reportado casos como este en todo el país, y los inmigrantes están luchando contra esta política mediante una demanda. En caso de que usted sea detenido y se le diga que podría ser enviado a otro país, puede aprender cómo solicitar su liberación. Si usted tiene miedo de ser enviado a ese país, dígaselo a la mayor cantidad posible de oficiales de inmigración. Lea más información.
Citas con ICE
Algunos inmigrantes tienen citas con ICE y otros no.
El gobierno está deteniendo a más personas durante las citas con ICE. Aprenda más, incluyendo lo que usted puede hacer para prepararse.
Si es posible, hable con un abogado antes de ir a su próxima cita con ICE. Encuentre ayuda legal aquí.
Si lo detienen en una cita con ICE y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede decirle a la mayor cantidad posible de agentes tantas veces que pueda que usted tiene miedo de regresar a su país de origen y que desea solicitar asilo.
Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)
Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante. Sin embargo, si usted es de uno de los 40 países afectados, USCIS ha pausado las decisiones sobre casi todos los beneficios de inmigración, incluyendo SIJS. Usted aún puede enviar su solicitud, pero USCIS no tomará una decisión hasta que se levante la pausa. Obtenga más información aquí.
Hay una nueva tarifa de $250 para solicitar SIJS.
Si usted solicita SIJS antes del 10 de mayo de 2026, se supone que USCIS considerará automáticamente su caso para "acción diferida". La acción diferida lo protege de la deportación y le permite solicitar un permiso de trabajo. Sin embargo, parece que USCIS está negando la acción diferida a muchos solicitantes de SIJS.
Si usted solicita SIJS el 10 de mayo de 2026 o después, ya no será considerado para acción diferida automáticamente. En su lugar, usted tendrá que entregar una solicitud por separado, pero es posible que no sea aprobada. Vea este memorando de política de USCIS (en inglés).
Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo sigue siendo válido todavía, a menos que reciba un aviso de USCIS que ponga fin a su acción diferida. Hay algunos reportes de que USCIS está poniendo fin a la acción diferida de SIJS para personas que ya la habían recibido.
Los inmigrantes están combatiendo los cambios negativos al SIJS en una demanda.
Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.
Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas.
Parole (permiso de entrada y permanencia temporal)
El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes a través de los siguientes programas de parole: Parole a través de CBP One, Parole para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), o El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar).
Si usted anteriormente tenía parole de CBP One, su parole podría ser válido nuevamente por ahora. Anteriormente, el gobierno de los Estados Unidos intentó poner fin a CBP One temprano y, en marzo de 2026, una corte determinó que poner fin al parole de CBP One temprano era ilegal. Sin embargo, hay reportes de que el gobierno está enviando nuevos avisos de terminación, lo que significa que podría estar intentando poner fin al parole de CBP One nuevamente. Aprenda más aquí.
Si usted actualmente tiene Parole de Reunificación Familiar (FRP, por sus siglas en inglés), su parole y su permiso de trabajo siguen siendo válidos por ahora. El 12 de diciembre de 2025, el gobierno anunció que pondría fin al parole para la mayoría de las personas que actualmente tienen FRP, pero los inmigrantes están luchando contra este cambio a través de una demanda.
Muchas personas que recibieron parole de CHNV recibieron avisos que pusieron fin a su parole y a sus permisos de trabajo temprano.
Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud para otras opciones de inmigración antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le está dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.
Ciudadanía por nacimiento
Actualmente, el gobierno está obligado a reconocer la ciudadanía estadounidense de todos los bebés nacidos en los Estados Unidos.
El 20 de enero de 2025, el presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva que intentó restringir la ciudadanía por nacimiento. Afortunadamente, la Orden Ejecutiva está siendo bloqueada por múltiples órdenes de la corte conocidas como "ordenes judiciales" – ¡incluso en el caso de los miembros de ASAP! Lo más probable es que la Corte Suprema tome una decisión sobre la Orden Ejecutiva de ciudadanía por nacimiento en junio o julio de 2026. Aprenda más aquí.
Salir de los Estados Unidos
Si usted desea salir de los Estados Unidos y ya no solicitar asilo, puede leer sobre las cosas que debería considerar antes de salir.
Algunas personas pueden usar una aplicación del gobierno llamada “CBP Home” para salir de los Estados Unidos. Si usted es elegible para usar CBP Home, podría recibir ayuda para comprar un boleto de avión y recibir un estipendio una vez que haya salido del país. El estipendio actualmente es de $2,600. Aprenda más sobre CBP Home.
Una vez que usted salga de los Estados Unidos, puede ser muy difícil regresar legalmente en el futuro, dependiendo de sus circunstancias, incluso si usa la aplicación CBP Home.
Viajes a los Estados Unidos
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado varias restricciones de viaje y visas para diferentes países. Algunos países tienen múltiples restricciones impuestas. Lea sobre las restricciones de cada país aquí (en inglés).
Restricciones de viaje para 40 países: El gobierno de los Estados Unidos ahora está restringiendo los viajes a los Estados Unidos para ciudadanos de 40 países. Algunos países tienen "restricciones completas" y otros tienen "restricciones parciales". Para todos los 40 países, existen excepciones a las restricciones. Aún puede viajar a los Estados Unidos si usted es Residente Permanente Legal, si usted recibió una visa válida antes del 1 de enero de 2026, si usted tiene doble ciudadanía y su otro país no está restringido, si usted es cierto tipo de atleta, si usted es un doctor médico y si usted se encuentra en algunas categorías específicas de visa, mayormente relacionadas con funciones gubernamentales. Aprenda más. Antes había más excepciones a las restricciones, pero el gobierno las eliminó en enero de 2026.
Restricciones completas: A los ciudadanos de países con restricciones completas no se les emitirán visas de inmigrante ni visas de no inmigrante, con las excepciones mencionadas arriba. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de uno de estos países también está pausado. Los países son: Afganistán, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Chad, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Mali, Níger, la República del Congo, Palestina, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen.
Restricciones parciales: A los ciudadanos de países con restricciones parciales no se les emitirán visas de inmigrante ni algunos tipos de visas de no inmigrante (visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J), con las excepciones mencionadas arriba. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de uno de estos países también está pausado. Los países son: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burundi, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Togo, Tonga, Venezuela, Zambia y Zimbabue.
Más restricción parcial: A los ciudadanos de Turkmenistán no se les emitirán visas de inmigrante, con las excepciones mencionadas arriba. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de Turkmenistán también está pausado. Pero los ciudadanos de Turkmenistán aún pueden recibir visas de no inmigrante.
Fianza de visa de turismo o de negocios para 50 países: Ciudadanos de 50 países específicos ahora deben pagar una “fianza de visa” al gobierno de los Estados Unidos de entre $5,000 y $15,000 antes de poder viajar a los Estados Unidos, si se les concede una visa de turismo o de negocios.
Los 50 países son Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Bangladés, Benín, Bután, Botsuana, Burundi, Camboya, Cabo Verde, la República Centroafricana, Costa de Marfil, Cuba, Yibuti, Dominica, Etiopía, Fiyi, Gabón, Gambia, Georgia, Granada, Guinea, Guinea-Bisáu, Kirguistán, Lesoto, Malaui, Mauritania, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Tayikistán, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Venezuela, Zambia y Zimbabue. Lea más.
Pausa en el procesamiento de visas de inmigrante para 75 países: El gobierno de los Estados Unidos ha parado de procesar visas de inmigrante para 75 países. Las visas de inmigrante son para personas que desean inmigrar a los Estados Unidos para vivir permanentemente. Esta pausa no debería afectar a las visas de no inmigrante como las visas de turista y de trabajo temporal, a menos que el país tenga una restricción de viaje diferente. La pausa también debería afectar sólo a las personas que se encuentran fuera de los Estados Unidos, y no a las personas que ya están dentro de los Estados Unidos. Lea más. Familias inmigrantes están impugnando la pausa del procesamiento de visas mediante una demanda.
Los 75 países son: Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladés, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Birmania, Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, República Kirguisa, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Macedonia del Norte, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.
El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP) trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.
Todo el contenido legal es redactado y revisado legalmente por el equipo de abogados expertos en inmigración de ASAP. Los abogados expertos de ASAP cuentan con décadas de experiencia en leyes de inmigración y litigios. En conjunto, han ganado cientos de casos. Nuestros abogados tienen licencia para ejercer en varios estados de los Estados Unidos, tienen títulos de derecho de universidades como Harvard, Yale y UCLA y han recibido múltiples premios por su trabajo legal.