¿Cómo están cambiando las leyes para los solicitantes de asilo?

Escrito por los abogados expertos en inmigración de ASAP · Actualizado junio 24, 2026

Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, la corte de inmigración, límites para 40 países, TPS, tarjetas de residencia, licencias de conducir y viajes en los Estados Unidos, detención, ICE, números de seguro social, parole, SIJS, ciudadanía por nacimiento, salir de los Estados Unidos, y viajar a los Estados Unidos. Los cambios más recientes están marcados como NUEVO o ACTUALIZADO a continuación.

Asilo (actualizado el 15 de junio)

  • Las decisiones de asilo de USCIS podrían reiniciar para inmigrantes de todos los países. A finales de 2025, USCIS dejó de tomar decisiones sobre todos los casos de asilo. El 30 de marzo de 2026, USCIS dijo que comenzarían a tomar decisiones nuevamente para los solicitantes de asilo, excepto para los de uno de los 40 países. El 5 de junio de 2026, una corte decidió que la pausa de los 40 países restantes no era legal, y le ordenó a USCIS que comenzará a procesar las solicitudes nuevamente. Sin embargo, el gobierno apeló la decisión de la corte, y no sabemos si el gobierno comenzará a procesar un gran número de solicitudes pronto.

  • Revise si debe pagar una tarifa anual de asilo. USCIS o las cortes de inmigración pueden requerir que usted pague una tarifa anual de asilo de $102 si su solicitud de asilo ha estado pendiente durante al menos un año. Si usted no paga la tarifa antes de la fecha límite que el gobierno establezca en su caso, su solicitud de asilo podría ser rechazada o desestimada, y su permiso de trabajo podría terminar. Aprenda más sobre las nuevas tarifas y cómo pagar.

  • Nuevas verificaciones de seguridad podrían causar retrasos más largos de asilo de USCIS. Hay nuevas verificaciones de seguridad para muchas solicitudes de USCIS, incluyendo asilo, tarjetas de residencia y posiblemente permisos de trabajo. Estas nuevas verificaciones de seguridad podrían causar retrasos más largos antes de que las solicitudes puedan ser aprobadas. Es posible que se les pida a algunas personas que asistan nuevamente a citas biométricas y que proporcionen huellas digitales para una verificación adicional. Y lamentablemente, todas las decisiones de asilo siguen pausadas para los solicitantes de asilo de 40 países.

  • Las cortes de inmigración están poniendo fin a algunos casos de asilo temprano. Se supone que los solicitantes de asilo en la corte de inmigración deberían recibir una audiencia completa de asilo, pero el gobierno está intentando poner fin a algunos casos antes de esa audiencia. Si el gobierno le pide a un juez que termine su caso temprano, usted puede intentar convencer al juez de que lo mantenga abierto. Aprenda más.

  • USCIS está poniendo fin a algunos casos de asilo temprano. Se supone que los solicitantes de asilo en USCIS deberían recibir una entrevista de asilo, pero USCIS está poniendo fin a algunos casos antes de esa entrevista. Algunos solicitantes de asilo han recibido avisos que trasladan su caso de asilo a la corte de inmigración. Otros solicitantes de asilo recibieron cartas desestimando su caso de asilo y diciéndoles que programen entrevistas de miedo creíble en su lugar.

  • Aún es posible solicitar el asilo. Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Hay una nueva tarifa de presentación inicial de $100. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.

Permisos de trabajo basados ​​en asilo (actualizado el 15 de junio)

  • Una regla propuesta limitaría los permisos de trabajo. Una nueva regla propuesta haría imposible que los solicitantes de asilo soliciten un permiso de trabajo inicial. También haría más difícil las renovaciones de los permisos de trabajo. Pero esta regla propuesta aún NO es definitiva.

  • Usted puede solicitar un permiso de trabajo antes de que la regla propuesta se vuelva definitiva. Puede solicitar un permiso de trabajo inicial 150 días después de haber solicitado asilo. Considere solicitar una renovación si su permiso de trabajo vencerá en un año o menos. Aprenda cómo completar la solicitud.

  • Los permisos de trabajo iniciales para solicitantes de asilo siguen siendo procesados. El gobierno está supuesto a procesar todas las solicitudes de permisos de trabajo iniciales basadas en la solicitud de asilo dentro de 30 días. Esto nunca cambió, incluyendo para los solicitantes de asilo de los 40 países.

  • Los retrasos en las renovaciones están aumentando. Los solicitantes de asilo están experimentando largos retrasos para recibir la renovación de sus permisos de trabajo. Considere solicitar una renovación si su permiso de trabajo vencerá en un año o menos.

  • Los solicitantes de asilo de 40 países podrían recibir renovaciones de permisos de trabajo nuevamente. A principios de este año, USCIS dejó de procesar las renovaciones de permisos de trabajo para los solicitantes de asilo de 40 países. El 5 de junio de 2026, una corte decidió que esta política no era legal, y le ordenó a USCIS que comenzará a procesar las solicitudes nuevamente. Sin embargo, el gobierno apeló la decisión de la corte, y no sabemos si el gobierno comenzará a procesar un gran número de solicitudes pronto.

  • No hay nuevas extensiones automáticas. El gobierno ha dejado de emitir nuevas extensiones automáticas de permisos de trabajo para las personas que soliciten la renovación de sus permisos de trabajo en o después del 30 de octubre de 2025. Pero si ya recibió una extensión de 540 días en o antes del 29 de octubre, ¡su extensión sigue siendo válida! Aprenda más aquí.

  • Los nuevos permisos de trabajo son válidos por 18 meses. Los permisos de trabajo emitidos después del 4 de diciembre de 2025 son válidos por 18 meses, en lugar de 5 años – para solicitantes de asilo y algunos otros inmigrantes. Pero si usted ya recibió un permiso de trabajo de 5 años, sigue siendo válido por los 5 años completos. Aprenda más.

    • Ojo: Hemos escuchado que algunas personas recibieron un aviso de aprobación para un permiso de trabajo de 5 años el 4 de diciembre de 2025 o antes, pero luego no recibieron la tarjeta de permiso de trabajo, o recibieron una tarjeta de permiso de trabajo de 18 meses.

  • Tarifas han aumentado. Ahora cuesta $560 para solicitar un primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. (Antes, no había tarifa). La tarifa para renovar un permiso de trabajo basado en asilo aumentó $275. Si está renovando su permiso de trabajo en línea, ahora cuesta un total de $745. Si está renovando su permiso de trabajo por correo, ahora cuesta un total de $795. Aprenda más aquí.

Audiencias en la corte de inmigración (actualizado el 24 de junio)

  • Prepárese para la corte. Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia. Lea 10 cosas que saber antes de su primera audiencia en la corte de inmigración. Si tiene una audiencia próximamente, puede ser útil buscar un abogado.

  • Audiencias repentinas - revise el estatus de su caso. Algunas cortes están programando audiencias con muy poca antelación o están moviendo audiencias que ya estaban programadas a fechas más tempranas. Si usted no se presenta a su audiencia, es probable que reciba una orden de deportación. Revise el estatus de su caso con frecuencia en caso de que haya una nueva fecha de audiencia. Llame a la línea de información de la corte al 1-800-898-7180 o visite este sitio web.

  • Audiencias preliminares grandes. Algunas cortes de inmigración están programando audiencias preliminares o de "calendario maestro" (MCH, por sus siglas en inglés) para cientos de inmigrantes que no tienen abogado, todos al mismo tiempo. En lugar de tener una audiencia breve para el caso de cada persona, una por una, algunos jueces ahora les están hablando a todos como grupo. Aprenda más aquí.

  • Tarifa anual de asilo. Algunos jueces están enviando avisos a los solicitantes de asilo indicando que deben pagar la tarifa anual de $102. Si usted recibe un aviso, debería incluir una fecha límite, y usted puede pagar en línea. Vea más información sobre la tarifa aquí (incluyendo cómo pagar).

  • Terminando casos anticipadamente. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con acuerdos con otros países, las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo u otras razones. Aprenda más.

  • Cierre administrativo. Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.

  • Deportaciones a otro país. El gobierno de los Estados Unidos está intentando desestimar algunos casos de asilo en la corte de inmigración y enviar a las personas a un tercer país para que soliciten asilo allí, incluso si nunca han estado en ese país antes. Aprenda más.

  • Los arrestos en la corte son menos frecuentes. En 2025, hubo muchos informes de arrestos en las cortes de inmigración, pero en junio de 2026, una corte dijo que la mayoría de los arrestos en la corte no son legales. Lea más. Para aprender sobre lo que está ocurriendo en su corte de inmigración específica, puede intentar encontrar una organización para inmigrantes en su área.

Límites de inmigración para 40 países (actualizado el 15 de junio)

  • Una corte decidió que el gobierno debe poner fin a los límites de inmigración para los 40 países. A principios de 2026, el gobierno dejó de procesar la mayoría de las solicitudes de USCIS para inmigrantes de 40 países, e impuso otras restricciones. Sin embargo, el 5 de junio de 2026, una corte dijo que estas políticas del gobierno no son legales y le ordenó a USCIS que comenzará a procesar las solicitudes nuevamente. El gobierno apeló la decisión de la corte, y no sabemos si el gobierno comenzará a procesar un gran número de solicitudes pronto. Puede obtener más información sobre el caso aquí (en inglés).

  • Los 40 países son: Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Burundi, Chad, la República del Congo, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Gambia, Haití, Irán, Laos, Libia, Malaui, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Palestina, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia y Zimbabue.

  • Pausa en el procesamiento. Anteriormente, USCIS había dejado de procesar la mayoría de las solicitudes de inmigración para personas de los 40 países, incluyendo de asilo, permisos de trabajo basados en la solicitud de asilo, y residencia permanente (tarjetas de residencia). Sin embargo, el 5 de junio, la corte le ordenó a USCIS que dejara de aplicar esta política. La pausa nunca se aplicó a los permisos de trabajo iniciales basados en la solicitud de asilo, bajo la categoría (c)(8). La pausa tampoco se aplicó nunca a los casos de la corte de inmigración, incluyendo los casos de asilo en la corte de inmigración.

  • Factor negativo. Anteriormente, USCIS había dicho que ser de uno de los países en la lista sería un "factor negativo significativo" al decidir muchas solicitudes de inmigración, como el asilo o el ajuste de estatus a la residencia permanente. Sin embargo, el 5 de junio, la corte le ordenó a USCIS que dejara de aplicar esta política.

  • Posible revocación de aprobaciones de inmigración. Anteriormente, el gobierno dijo que revisaría y posiblemente revocaría aprobaciones de inmigración previas para personas de los 40 países que llegaron a los EE. UU. el 20 de enero de 2021 o después. Sin embargo, el 5 de junio, la corte le ordenó al gobierno que dejara de aplicar esta política.

  • Viajando a los Estados Unidos. Lamentablemente, las personas de los 40 países siguen enfrentando restricciones para viajar a los Estados Unidos. La decisión de la corte del 5 de junio de 2026 no afecta esto. Lea más.

Estatus de Protección Temporal (TPS) (actualizado el 25 de junio)

  • El 25 de junio, la Corte Suprema de los Estados Unidos decidió que el gobierno puede poner fin al TPS para Haití y Siria. El TPS para Haití y Siria sigue siendo válido temporalmente, pero es probable que termine dentro de aproximadamente un mes, cuando las cortes inferiores tomen decisiones en esos casos.

  • El gobierno también está tratando de poner fin al TPS para muchos otros países: Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, Etiopía, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Venezuela y Yemen. Los inmigrantes están impugnando estas acciones en varias demandas, pero la decisión de la Corte Suprema del 25 de junio hará que estas demandas sean mucho más difíciles de ganar para los inmigrantes. La decisión de la Corte Suprema limitó severamente la capacidad de las cortes para revisar las decisiones del gobierno sobre el TPS. Obtenga información sobre el estatus actual del TPS para diferentes países.

  • Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS, si es posible. Sin embargo, también puede solicitar asilo después de que venza su TPS.

  • El TPS para el Líbano se ha extendido por otros 6 meses, hasta el 27 de noviembre de 2026.

  • Para los beneficiarios del TPS de El Salvador, Sudán y Ucrania, si solicitó la renovación de su permiso de trabajo antes del 30 de octubre de 2025 y durante su periodo de reinscripción al TPS, es posible que su permiso de trabajo se extienda automáticamente por 540 días después de la fecha de vencimiento impresa en la tarjeta. Obtenga más información.

  • Hay nuevas tarifas para registrarse para TPS y para solicitar un permiso de trabajo basado en el TPS. Lea más aquí. Nuevos permisos de trabajo basados ​​en el TPS solo serán válidos por un año. Lea más aquí.

Residencia permanente legal (tarjetas de residencia) (NUEVO)

  • Diferentes tipos de tarjetas de residencia: Hay diferentes maneras de solicitar la residencia permanente legal (una "tarjeta de residencia") en los Estados Unidos (EE.UU.). Por ejemplo, usted puede solicitar después de ganar el asilo, solicitar basándose en ciertos tipos de relaciones familiares, solicitar a través de una petición de empleador, u solicitar por otras razones. Cuando usted solicita una tarjeta de residencia desde dentro de los EE.UU., el proceso se llama "ajuste de estatus." Cuando usted solicita desde fuera de los EE.UU., el proceso se llama "proceso consular." Lea sobre los diferentes tipos de tarjetas de residencia.

  • Una nueva política podría afectar a algunos solicitantes de tarjeta de residencia en los EE.UU.: El 21 de mayo de 2026, USCIS anunció (en inglés) una nueva política que hace más difícil para algunas personas recibir una tarjeta de residencia si entregan una solicitud usando el Formulario I-485 dentro de los Estados Unidos. Aún se desconocen muchos detalles sobre cómo funcionará esta nueva política, y actualizaremos esta página a medida que aprendamos más.

    • Quiénes NO deberían ser afectados: Esta política no debería afectar a las personas que solicitan una tarjeta de residencia por haber ganado el asilo o por ser refugiadas. No afecta a las personas que solicitan la tarjeta de residencia en ninguna categoría en la corte de inmigración. Tampoco afecta a las personas que solicitan la tarjeta de residencia desde fuera de los Estados Unidos.

    • Quiénes PODRIAN ser afectados: Aún no sabemos si la política afectará a las personas que solicitan una tarjeta de residente basada en el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS), una visa-U, una visa-T o la Ley de Ajuste Cubano.

    • Quiénes PROBABLEMENTE SI son afectados: Es probable que la nueva política afecte a las personas que utilizan el Formulario I-485 para solicitar una tarjeta de residencia en los Estados Unidos con USCIS basada en familia, empleo o VAWA, pero la situación todavía es incierta. USCIS dice que podría aprobar estas solicitudes de tarjeta de residencia solo en circunstancias "extraordinarias." USCIS dice que ahora podría contar haber permanecido en los EE.UU. más allá de la fecha de vencimiento de su visa o de su permiso de "parole" como un factor negativo grave. USCIS también puede considerar factores positivos, como vínculos familiares en los EE.UU., empleo, educación, y participación en la comunidad. En su entrevista para la tarjeta de residencia, es posible que tenga que explicar por qué no pudo salir de los EE.UU. para solicitar su tarjeta de residencia. Reportes de la prensa recientes sugieren que es posible que USCIS no esté aplicando esta política tan estrictamente a las tarjetas de residencia basadas en el empleo.

    • Aprenda más: Si usted ya solicitó una tarjeta de residencia desde dentro de los EE.UU. o está planeando solicitarla, puede aprender más aquí. También puede ser útil hablar con un abogado.

  • Podrían reiniciar las decisiones sobre tarjetas de residencia para 40 países: A principios de este año, USCIS dejó de emitir decisiones sobre las solicitudes de tarjeta de residencia de inmigrantes de 40 países. El 5 de junio de 2026, una corte decidió que esta política no era legal y le ordenó a USCIS que comenzará a procesar las solicitudes nuevamente. Sin embargo, el gobierno apeló la decisión de la corte, y no sabemos si el gobierno comenzará a procesar un gran número de solicitudes pronto.

  • Nuevas verificaciones de seguridad: En abril de 2026, USCIS comenzó a realizar nuevas verificaciones de seguridad para muchas solicitudes, incluyendo solicitudes de tarjetas de residencia. Estas nuevas verificaciones podrían causar demoras más largas, y a algunas personas se les podría pedir que asistan nuevamente a citas biométricas.

  • Renovaciones de la tarjeta de residencia: Si ya tiene una tarjeta de residencia (tarjeta verde), puede seguir renovándola. La pausa para 40 países nunca se aplicó a las renovaciones de la tarjeta de residencia.

  • Posibles revisiones de casos: En mayo de 2026, el gobierno dijo que revisará los casos (en inglés) de personas que actualmente tienen tarjetas de residencia si sospechan fraude, o si la persona ha sido arrestada o condenada por ciertos delitos. Aún no sabemos cómo funcionará este proceso ni cuántas personas podrían verse afectadas. En general, una persona con tarjeta de residencia debería tener la oportunidad de defender su caso en la corte de inmigración antes de poder ser deportada.

Licencias de conducir y viajes dentro de los Estados Unidos

  • Licencias de conducir: Muchos solicitantes de asilo y otros inmigrantes son elegibles para obtener una licencia de conducir. Obtenga información sobre los requisitos de su estado.

  • Licencias de conducir comerciales: El 16 de marzo de 2026, el gobierno de los Estados Unidos emitió una nueva regla que impide a los solicitantes de asilo y a otros inmigrantes obtener nuevas licencias de conducir comerciales (CDL, por sus siglas en inglés), que son licencias especiales para conducir vehículos grandes y pesados. Esta regla es muy similar a una regla de 2025 que el gobierno intentó usar para restringir las CDLs a los inmigrantes, pero esa regla de 2025 fue bloqueada por una corte. Ahora, los inmigrantes están impugnando la nueva política a través de otra demanda.

  • Viajes dentro de los Estados Unidos: Los solicitantes de asilo tienen permitido viajar dentro de los Estados Unidos, y muchos solicitantes de asilo viajan en carro, autobús, tren y avión sin problemas. Sin embargo, desde 2025, el riesgo de arresto y detención ha aumentado significativamente. Al viajar, puede encontrarse con funcionarios de inmigración o agentes de policía. Podrían hacerle preguntas sobre su estatus migratorio o pedirle documentación. Es posible que esto pueda resultar en un arresto y detención, incluso si tiene una solicitud de asilo pendiente y un permiso de trabajo válido. Aprenda más.

Detención y redadas

  • El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención, deteniendo a muchos inmigrantes y deportando a las personas más rápido que antes.

  • Medidas de seguridad.Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse en los Estados Unidos y prepararse para la posibilidad de detención o deportación. 

  • Encuentra a alguien que esté detenido. Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes (incluyendo cómo encontrar a alguien detenido y cómo solicitar su liberación). También puede ver este video sobre cómo utilizar el sitio web de ICE para encontrar a alguien en detención.

  • Detención en citas de inmigración. El gobierno ha estado deteniendo a más personas durante las citas de ICE. En 2025, hubo muchos informes de arrestos en la corte de inmigración, pero en junio de 2026, una corte dijo que la mayoría de los arrestos en la corte no son legales. Algunas personas también han sido detenidas durante las citas biométricas de USCIS si tenían una orden de deportación o antecedentes penales. Infórmese sobre cómo prepararse para la posibilidad de la detención.

  • Se ha bloqueado la detención de los refugiados. El gobierno anunció planes para detener a los refugiados que aún no se hayan convertido en Residentes Permanentes Legales (titulares de la tarjeta de residencia). Sin embargo, el 23 de marzo de 2026, una corte bloqueó al gobierno de poder detener a los refugiados por ahora.

  • Deportación a terceros países. El gobierno de los Estados Unidos también está intentando enviar a algunos inmigrantes a otros países si tienen una orden de deportación o si han ganado retención de deportación y protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés). Se han reportado casos como este en todo el país, y los inmigrantes están luchando contra esta política mediante una demanda. En caso de que usted sea detenido y se le diga que podría ser enviado a otro país, puede aprender cómo solicitar su liberación. Si usted tiene miedo de ser enviado a ese país, dígaselo a la mayor cantidad posible de oficiales de inmigración. Lea más información.

Citas con ICE

Números de Seguro Social

  • Los solicitantes de asilo pueden solicitar números de seguro social una vez que reciban sus permisos de trabajo.

  • En el pasado, los inmigrantes podían solicitar un número de seguro social como parte de sus solicitudes de permiso de trabajo y luego recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, los números de seguro social ya no se pueden solicitar en las solicitudes de permiso de trabajo. En lugar de eso, ahora los inmigrantes tienen que solicitar los números de seguro social por separado.

  • Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Puede ver este video para aprender cómo solicitar un número de seguro social o puede seguir estas instrucciones.

  • Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.

Parole (permiso de entrada y permanencia temporal) (actualizado el 21 de mayo)

  • Muchos programas de parole han terminado. El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes a través de los siguientes programas de parole: Parole a través de CBP One, Parole para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), o El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar).

  • El parole de CBP One está terminando temprano para muchas personas. Si usted obtuvo el parole a través de CBP One, el parole de muchas personas ya no es válido. El gobierno está poniendo fin al parole de CBP One temprano para muchas personas. Aprenda más aquí.

  • El Parole de Reunificación Familiar sigue siendo válido. Si usted actualmente tiene Parole de Reunificación Familiar (FRP, por sus siglas en inglés), su parole y su permiso de trabajo siguen siendo válidos por ahora. El 12 de diciembre de 2025, el gobierno anunció que pondría fin al parole para la mayoría de las personas que actualmente tienen FRP, pero los inmigrantes están luchando contra este cambio a través de una demanda.

  • El Parole de CHNV está terminando temprano para muchas personas. Muchas personas que recibieron parole de CHNV recibieron avisos que pusieron fin a su parole y a sus permisos de trabajo temprano.

  • Otras opciones de inmigración. Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud para otras opciones de inmigración antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le está dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.

Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) (actualizado el 15 de junio)

  • Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante.

  • A principios de este año, el USCIS dejó de tomar decisiones sobre las solicitudes de SIJS para inmigrantes de 40 países. El 5 de junio de 2026, una corte decidió que esta política no era legal, y le ordenó a USCIS que comenzará a procesar las solicitudes nuevamente. Sin embargo, el gobierno apeló la decisión de la corte, y no sabemos si el gobierno comenzará a procesar un gran número de solicitudes pronto.

  • Hay una nueva tarifa de $250 para solicitar SIJS.

  • Si usted solicita SIJS antes del 10 de mayo de 2026, se supone que USCIS considerará automáticamente su caso para "acción diferida". La acción diferida lo protege de la deportación y le permite solicitar un permiso de trabajo. Sin embargo, parece que USCIS está negando la acción diferida a muchos solicitantes de SIJS.

  • Si usted solicita SIJS el 10 de mayo de 2026 o después, ya no será considerado para acción diferida automáticamente. En su lugar, usted tendrá que entregar una solicitud por separado, pero es posible que no sea aprobada. Vea este memorando de política de USCIS (en inglés).

  • Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo sigue siendo válido todavía, a menos que reciba un aviso de USCIS que ponga fin a su acción diferida. Hay algunos reportes de que USCIS está poniendo fin a la acción diferida de SIJS para personas que ya la habían recibido.

  • Los inmigrantes están combatiendo los cambios negativos al SIJS en una demanda.

  • Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.

  • Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Aprenda más sobre las opciones de inmigración si es menor de 18 años.

Ciudadanía por nacimiento (actualizado el 30 de junio)

  • Buenas noticias: ¡La Corte Suprema mantiene la ciudadanía por nacimiento! La Corte Suprema determinó que los bebés nacidos en los Estados Unidos son ciudadanos estadounidenses, sin importar el estatus migratorio de sus padres. Gracias a los miembros de ASAP que lideraron el camino para proteger este derecho y defender la Constitución de los Estados Unidos.

Salir de los Estados Unidos

  • Si usted desea salir de los Estados Unidos y ya no solicitar asilo, puede leer sobre las cosas que debería considerar antes de salir.

  • Algunas personas pueden usar una aplicación del gobierno llamada “CBP Home” para salir de los Estados Unidos. Si usted es elegible para usar CBP Home, podría recibir ayuda para comprar un boleto de avión y recibir un estipendio una vez que haya salido del país. El estipendio actualmente es de $2,600. Aprenda más sobre CBP Home.

  • Una vez que usted salga de los Estados Unidos, puede ser muy difícil regresar legalmente en el futuro, dependiendo de sus circunstancias, incluso si usa la aplicación CBP Home.

Viajes a los Estados Unidos (actualizado el 28 de mayo)

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado varias restricciones de viaje y visas para diferentes países. Algunos países tienen múltiples restricciones impuestas. Lea sobre las restricciones de cada país aquí (en inglés).

  • Restricciones de viaje para 40 países: El gobierno de los Estados Unidos ahora está restringiendo los viajes a los Estados Unidos para ciudadanos de 40 países. Algunos países tienen "restricciones completas" y otros tienen "restricciones parciales".

    • Excepciones a las restricciones para todos los países: Para todos los 40 países, existen excepciones a las restricciones. Aún puede viajar a los Estados Unidos si usted es Residente Permanente Legal, si usted recibió una visa válida antes del 1 de enero de 2026, si usted tiene doble ciudadanía y su otro país no está restringido, si usted es cierto tipo de atleta, si usted es un doctor médico y si usted se encuentra en algunas categorías específicas de visa, mayormente relacionadas con funciones gubernamentales. Aprenda más. Antes había más excepciones a las restricciones, pero el gobierno las eliminó en enero de 2026.

    • Restricciones completas: A los ciudadanos de países con restricciones completas no se les emitirán visas de inmigrante ni visas de no inmigrante, con las excepciones mencionadas arriba. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de uno de estos países también está pausado. Los países son: Afganistán, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Chad, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Mali, Níger, la República del Congo, Palestina, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen.

    • Restricciones parciales: A los ciudadanos de países con restricciones parciales no se les emitirán visas de inmigrante ni algunos tipos de visas de no inmigrante (visas B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J), con las excepciones mencionadas arriba. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de uno de estos países también está pausado. Los países son: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burundi, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Togo, Tonga, Venezuela, Zambia y Zimbabue.

    • Restricciones parciales limitadas: A los ciudadanos de Turkmenistán no se les emitirán visas de inmigrante, con las excepciones mencionadas arriba, pero aun así pueden recibir visas de no inmigrante. Si usted ha obtenido asilo, el proceso de traer a un esposo/a o hijo/a de Turkmenistán también está pausado.

  • Fianza de visa de turismo o de negocios para 50 países: Ciudadanos de 50 países específicos ahora deben pagar una “fianza de visa” al gobierno de los Estados Unidos de entre $5,000 y $15,000 antes de poder viajar a los Estados Unidos, si se les concede una visa de turismo o de negocios.

    • Los 50 países son Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Bangladés, Benín, Bután, Botsuana, Burundi, Camboya, Cabo Verde, la República Centroafricana, Costa de Marfil, Cuba, Yibuti, Dominica, Etiopía, Fiyi, Gabón, Gambia, Georgia, Granada, Guinea, Guinea-Bisáu, Kirguistán, Lesoto, Malaui, Mauritania, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Tayikistán, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Venezuela, Zambia y Zimbabue. Lea más.

  • Pausa en el procesamiento de visas de inmigrante para 75 países: El gobierno de los Estados Unidos ha parado de procesar visas de inmigrante para 75 países. Las visas de inmigrante son para personas que desean inmigrar a los Estados Unidos para vivir permanentemente. Esta pausa no debería afectar a las visas de no inmigrante como las visas de turista y de trabajo temporal, a menos que el país tenga una restricción de viaje diferente. La pausa también debería afectar sólo a las personas que se encuentran fuera de los Estados Unidos, y no a las personas que ya están dentro de los Estados Unidos. Lea más. Familias inmigrantes están impugnando la pausa del procesamiento de visas mediante una demanda.

    • Los 75 países son: Afganistán, Albania, Argelia, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bangladés, Barbados, Bielorrusia, Belice, Bután, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Birmania, Camboya, Camerún, Cabo Verde, Colombia, Costa de Marfil, Cuba, República Democrática del Congo, Dominica, Egipto, Eritrea, Etiopía, Fiyi, Gambia, Georgia, Ghana, Granada, Guatemala, Guinea, Haití, Irán, Irak, Jamaica, Jordania, Kazajistán, Kosovo, Kuwait, República Kirguisa, Laos, Líbano, Liberia, Libia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Marruecos, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Macedonia del Norte, Pakistán, República del Congo, Rusia, Ruanda, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Uganda, Uruguay, Uzbekistán y Yemen.

  • Restricciones temporales relacionadas con el Ébola: A partir del 18 de mayo de 2026, los Estados Unidos ha suspendido los servicios de visas en la República Democrática del Congo, Uganda y Sudán del Sur, y están bloqueando la entrada a los Estados Unidos a algunas personas que hayan transitado por estos países en los últimos 21 días. Se supone que estas restricciones son temporales y NO se aplican a los ciudadanos estadounidenses ni al personal militar y gubernamental de los EE. UU. Lea más sobre la pausa de visas ​​y las restricciones de viaje.

El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP) trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.

Todo el contenido legal es redactado y revisado legalmente por el equipo de abogados expertos en inmigración de ASAP. Los abogados expertos de ASAP cuentan con décadas de experiencia en leyes de inmigración y litigios. En conjunto, han ganado cientos de casos. Nuestros abogados tienen licencia para ejercer en varios estados de los Estados Unidos, tienen títulos de derecho de universidades como Harvard, Yale y UCLA y han recibido múltiples premios por su trabajo legal.