Escrito por los abogados expertos en inmigración de ASAP · Actualizado
Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, números de seguro social, la corte de inmigración, licencias de conducir, TPS, detención, ICE, SIJS, parole, ciudadanía por nacimiento, salir de los Estados Unidos, límites de inmigración para 40 países y viajes. Los cambios más recientes están marcados como o a continuación.
Asilo
Las decisiones de asilo de USCIS están en pausa. El 28 de noviembre de 2025, USCIS anunció que ha dejado de tomar decisiones sobre las solicitudes de asilo pendientes. USCIS dice que continuará aceptando nuevas solicitudes de asilo y realizando entrevistas de asilo, pero no tomará ninguna decisión final para otorgar o denegar asilo. USCIS publicó un Memorando de Políticas (en inglés) sobre la pausa, pero no indicó cuánto tiempo duraría esta pausa. Si usted tiene un permiso de trabajo basado en un caso de asilo pendiente, este sigue siendo válido y puede seguir usándolo.
Casos en la corte de inmigración. Según lo que sabe ASAP, se supone que la pausa no debería afectar las solicitudes de asilo en la corte de inmigración, pero no sabemos qué decidirán los jueces de inmigración. Por otra parte, el gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, su país de origen, o otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, es probable que usted sea detenido. Lea lo que debería saber antes de una audiencia en la corte de inmigración. Si usted no ha hablado con un abogado sobre su caso de asilo antes, puede encontrar un abogado.
Anuncios negativos para 40 países. El gobierno ha hecho anuncios negativos que afectan a personas de países específicos. El gobierno ha pausado el procesamiento de la mayoría de las solicitudes de USCIS (incluyendo el asilo), ha anunciado restricciones de viaje y ha hecho otros cambios. Los países son: Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania [Myanmar], Burundi, Chad, la República del Congo, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Gambia, Haití, Irán, Laos, Libia, Malaui, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Palestina, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia y Zimbabue. Aprenda más abajo.
Posible revocación de aprobaciones de asilo anteriores. El gobierno ha sugerido que también podría intentar revocar aprobaciones anteriores de asilo para personas que no son de los países mencionados anteriormente. Sin embargo, el gobierno sólo ha hablado sobre esto en las noticias y no ha publicado ningún documento oficial al respecto para el público. No sabemos qué sucederá en realidad, y mantendremos esta página actualizada si obtenemos más información.
Cartas de desestimación de USCIS. Algunos solicitantes de asilo que entregaron su solicitud con USCIS han recibido cartas desestimando o despidiendo sus casos. Si usted recibió una carta de USCIS, lea este recurso para conocer los posibles próximos pasos.
Nueva tarifa de presentación inicial. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de presentación inicial de $100 para solicitar asilo en la corte de inmigración o con USCIS.
Nueva tarifa anual de asilo. También hay una nueva tarifa anual de asilo de $100 por año. Los miembros de ASAP están luchando contra esta tarifa anual de asilo mediante una demanda. El 30 de octubre, una jueza decidió que actualmente no se requiere que los solicitantes de asilo paguen la tarifa anual de asilo. Sin embargo, esta pausa es temporal, y si su solicitud de asilo ha estado pendiente por más de 1 año, podría ser necesario que pague la tarifa pronto. Usted puede leer las actualizaciones más recientes sobre la tarifa anual de asilo de USCIS aquí, y sobre la tarifa anual de asilo de la corte de inmigración aquí.
Nuevas solicitudes. Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.
Permisos de trabajo basados en asilo
Duración de los permisos de trabajo. Los permisos de trabajo emitidos después del 4 de diciembre de 2025 para solicitantes de asilo serán válidos por 18 meses, en lugar de 5 años. Sin embargo, si usted recibió un permiso de trabajo de 5 años en o antes del 4 de diciembre de 2025, sigue siendo válido por 5 años. Este cambio también se aplica a algunos otros inmigrantes. Aprenda más en el sitio web de USCIS.
Entregando una solicitud inicial. Si usted solicitó asilo y aún no tiene un permiso de trabajo, puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de que el gobierno reciba su solicitud de asilo.
Permiso de trabajo actual. Si usted en este momento tiene un permiso de trabajo basado en tener una solicitud de asilo pendiente, su permiso de trabajo aún es válido.
Pausa en el procesamiento de renovaciones de permisos de trabajo para ciertos países. USCIS ha pausado el procesamiento de casi todas las solicitudes de inmigración entregadas por personas de ciertos países. Esta pausa podría incluir solicitudes para renovar permisos de trabajo basados en la solicitud de asilo, categoría (c)(8). Sin embargo, USCIS todavía debería procesar solicitudes iniciales de permisos de trabajo basadas en la solicitud de asilo, categoría (c)(8). Parece que USCIS ha pausado otras solicitudes de permisos de trabajo que no están basadas en una solicitud de asilo, para personas de estos países.
Extensiones automáticas de renovaciones. El gobierno ha dejado de emitir nuevas extensiones automáticas de permisos de trabajo para las personas que soliciten la renovación de sus permisos de trabajo en o después del 30 de octubre de 2025. Pero si ya recibió una extensión de 540 días en o antes del 29 de octubre, ¡su extensión sigue siendo válida! Aprenda más aquí.
Tarifas. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $550 para solicitar un primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. (Antes, no había tarifa). La tarifa para renovar un permiso de trabajo basado en asilo aumentó $275. Si está renovando su permiso de trabajo en línea, ahora cuesta un total de $745. Si está renovando su permiso de trabajo por correo, ahora cuesta un total de $795. Aprenda más aquí.
Retrasos. Si usted está solicitando su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, se supone que el gobierno debería tomar una decisión sobre su solicitud de permiso de trabajo dentro de 30 días. Sin embargo, los retrasos en el procesamiento están empeorando. Si usted no recibe una decisión dentro de 25 días, hay pasos que puede tomar pero es posible que no funcionen.
Límites de inmigración para 40 países
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas restricciones de inmigración para las personas de países específicos.
Dentro de los Estados Unidos. USCIS anunció nuevos cambios que afectan negativamente los casos de inmigración de individuos que son ciudadanos de, o nacieron en, estos 19 países: Afganistán, Birmania (Myanmar), Burundi, Chad, la República del Congo, Cuba, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Sierra Leona, Somalia, Sudán, Togo, Turkmenistán, Venezuela y Yemen. Informes de noticias dicen que USCIS está extendiendo estos cambios negativos a personas de 21 países adicionales: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Costa de Marfil, Dominica, Gabón, Gambia, Malawi, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Palestina, Senegal, Sudán del Sur, Siria, Tanzania, Tonga, Zambia y Zimbabue.
USCIS ha pausado el procesamiento de casi todas las solicitudes de inmigración, incluyendo de asilo y de residencia permanente (tarjetas de residencia), de personas de estos países. Vea este Memorando de Políticas (en inglés) de USCIS. Esta pausa NO se aplica a los permisos de trabajo iniciales basados en solicitar asilo, categoría (c)(8). USCIS aún debería procesar las solicitudes iniciales de permisos de trabajo basadas en solicitar asilo dentro de un plazo de 30 días.
El gobierno también está cancelando entrevistas ya programadas con USCIS para algunas personas de estos países, incluyendo entrevistas para la residencia permanente (tarjeta de residencia) y algunas entrevistas de asilo.
USCIS también ha dicho que, incluso si vuelve a comenzar a procesar solicitudes de inmigración para personas de alguno de estos países, el hecho de ser de uno de los países en la lista será un “factor negativo significativo” al decidir muchas solicitudes de inmigración, como el asilo o el ajuste de estatus a la residencia permanente. Vea esta Alerta de Políticas (en inglés) de USCIS.
El gobierno dijo que revisará las aprobaciones de inmigración otorgadas a personas de estos países que llegaron a los Estados Unidos el 20 de enero de 2021 o después, y que podría revocar aprobaciones previas. Vea este Memorando de Políticas (en inglés) de USCIS. El Memorando de Políticas, publicado el 2 de diciembre, instruye a los oficiales del gobierno a hacer una lista de casos para revisar dentro de 90 días.
Viajando a los Estados Unidos. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado restricciones para viajar a los Estados Unidos para ciudadanos de 40 países.
Restricciones totales:
Desde el 9 de junio de 2025, el gobierno de los Estados Unidos ha prohibido la entrada a los Estados Unidos a ciudadanos de estos países, con algunas excepciones: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Comenzando el 28 de noviembre de 2025, el gobierno de los Estados Unidos parece haber dejado de emitir cualquier tipo de visa a personas con pasaportes de Afganistán, incluyendo las Visas Especiales de Inmigrante (SIV, por sus siglas en inglés) para afganos, sin excepciones.
A partir del 1 de enero de 2026, el gobierno de los Estados Unidos también prohibirá la entrada a los Estados Unidos a ciudadanos de estos países, con algunas excepciones: Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Palestina, Sierra Leona, Sudán del Sur y Siria.
Restricciones parciales:
Desde el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les ha permitido entrar a los Estados Unidos usando ciertos tipos de visas (con algunas excepciones): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
A partir del 1 de enero de 2026, los ciudadanos de estos países adicionales tampoco podrán entrar a los Estados Unidos usando ciertos tipos de visas (con algunas excepciones): Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y Zimbabue.
Mas información:
Números de Seguro Social
Los inmigrantes todavía pueden solicitar números de seguro social en sus solicitudes de permiso de trabajo.
En el pasado, los inmigrantes recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, los números de seguro social ya no se envían automáticamente a muchos inmigrantes.
Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Puede ver este video o aprender más aquí.
En la primavera de 2025, el gobierno de los Estados Unidos canceló los números de seguro social de un pequeño número de inmigrantes. Si cree que su número de seguro social fue cancelado, puede ser útil consultar con un abogado.
Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.
Audiencias en la corte de inmigración
Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia.
Detención. Desde mayo de 2025, el gobierno ha estado deteniendo a muchos inmigrantes en audiencias de la corte de inmigración. Hasta octubre de 2025, el gobierno ha reducido los arrestos en algunas cortes de inmigración, pero continúa los arrestos en otros. Si usted no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, lo más probable es que reciba una orden de deportación. Lea más aquí.
Terminando casos. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, acuerdos con otros países u otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, usted podría ser detenido. Lea más aquí.
Cierre Administrativo. Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.
Deportaciones a otro país. El gobierno de los Estados Unidos está intentando desestimar algunos casos de asilo en la corte de inmigración y enviar a las personas a un tercer país para que soliciten asilo allí, incluso si nunca han estado en ese país antes. Lea más información.
Licencias de conducir y licencias de conducir comerciales
Muchos solicitantes de asilo y otros inmigrantes son elegibles para obtener una licencia de conducir. Obtenga información sobre los requisitos de su estado aquí.
A partir del 10 de noviembre de 2025, ¡los solicitantes de asilo pueden volver a solicitar licencias de conducir comerciales (CDLs, por sus siglas en inglés)!
El gobierno de los Estados Unidos intentó impedir que los solicitantes de asilo y otros inmigrantes recibieran nuevas CDLs, que son licencias especiales para conducir vehículos grandes y pesados. Los miembros de ASAP nos escribieron y dijeron que habían entrenado por años para convertirse en conductores de camiones y explicaron lo difícil que sería este cambio para sus familias. ASAP ayudó a los miembros interesados a participar en la demanda de otra organización para impugnar esta política y una corte ha impedido este cambio por ahora. ¡Los inmigrantes pueden seguir recibiendo sus CLDs mientras la demanda sigue!
Sin embargo, ASAP ha recibido información de que algunos estados (incluyendo California, Colorado, Florida, Nevada, Nueva York, Dakota del Sur, Texas y Washington) todavía no están emitiendo ni renovando CDLs, aunque pueden hacerlo después de la orden de la corte del 10 de noviembre. Lea más información aquí. Si usted está solicitando una CDL y se la han negado, puede intentar nuevamente y llevar una copia de (1) la orden más reciente del juez (en inglés) y (2) este correo electrónico enviado por el gobierno de los Estados Unidos a los estados (en inglés) explicando que los estados pueden seguir emitiendo y renovando CDLs por ahora. Si esto no funciona, también puede intentar solicitar una revisión adicional por parte de un supervisor, intentar nuevamente otro día o acudir a otra oficina del departamento de vehículos motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) en su estado. Sin embargo, no sabemos si tomar estos pasos funcionará y su oficina del DMV aún podría negarse a emitir o renovar su CDL.
Estatus de Protección Temporal (TPS)
El gobierno de los Estados Unidos está intentando poner fin al TPS para ciertos países: Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, Etiopía, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Sudán del Sur, Siria y Venezuela. Los inmigrantes están impugnando estas acciones en múltiples demandas. Obtenga información sobre el estatus actual del TPS para diferentes países aquí.
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas tarifas para registrarse para TPS y para solicitar un permiso de trabajo basado en el TPS. También anunció que los nuevos permisos de trabajo basados en el TPS solo serán válidos por un año. Lea más aquí.
Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS, si es posible.
Detención y redadas
El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención, deteniendo a muchos inmigrantes y deportando a las personas más rápido que antes.
Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse en los Estados Unidos y prepararse para la posibilidad de detención o deportación.
Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes.
El gobierno ha estado deteniendo a más personas durante las citas de inmigración. Lea sobre el riesgo de detención en la corte de inmigración y el riesgo de detención en las citas con ICE, incluyendo posibles pasos para prepararse. Algunas personas también han sido detenidas en las citas con USCIS, pero hasta noviembre de 2025, esto sigue siendo más raro.
El gobierno de los Estados Unidos también está intentando enviar a algunos inmigrantes a otros países si tienen una orden de deportación o si han ganado retención de deportación y protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés). Se han reportado casos como este en todo el país, y los inmigrantes están luchando contra esta política mediante una demanda. Si usted está detenido y le informan que podría ser enviado a otro país, y usted tiene miedo de ser enviado a ese país, dígaselo a la mayor cantidad posible de oficiales de inmigración. Lea más información.
Citas con ICE
Algunos inmigrantes tienen citas con ICE y otros no.
El gobierno ha empezado a detener a más personas durante las citas con ICE. Aprenda más, incluyendo lo que usted puede hacer para prepararse.
Si es posible, hable con un abogado antes de ir a su próxima cita con ICE. Encuentre ayuda legal aquí.
Si lo detienen en una cita con ICE y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede decirle a la mayor cantidad posible de agentes tantas veces que pueda que usted tiene miedo de regresar a su país de origen y que desea solicitar asilo.
Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)
Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante. Las solicitudes de SIJS pendientes todavía se están procesando.
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $250 para solicitar SIJS.
Si usted gana SIJS, puede solicitar de inmediato un permiso de trabajo a través de un proceso llamado “acción diferida” (“deferred action,” en inglés). En abril de 2025, el gobierno de los Estados Unidos intentó poner fin a la política que otorga acción diferida a las personas que ganan SIJS. Pero una corte detuvo este cambio (en inglés) por ahora.
Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo sigue siendo válido y puede continuar renovándolo.
Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.
Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas.
Parole (permiso de entrada y permanencia temporal)
El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes a través de los siguientes programas de parole: Parole a través de CBP One, Parole para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), o El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar).
El 12 de diciembre de 2025, el gobierno anunció que pondrá fin al parole para la mayoría de las personas que actualmente tienen Parole de Reunificación Familiar. Si usted recibió Parole de Reunificación Familiar y no se ha vencido antes del 14 de enero de 2026, terminará en esa fecha. Sin embargo, existe una excepción: Parole de Reunificación Familiar no terminará automáticamente en esa fecha si usted entregó el Formulario I-485 (solicitud de residencia permanente) antes del 15 de diciembre de 2025.
Muchas personas que recibieron parole a través de CBP One o a través de CHNV recibieron avisos que pusieron fin a su parole y a sus permisos de trabajo anticipadamente.
Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le está dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.
Ciudadanía por nacimiento
Actualmente, el gobierno está obligado a reconocer la ciudadanía estadounidense de todos los bebés nacidos en los Estados Unidos.
El 20 de enero de 2025, el presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva que intentó restringir la ciudadanía por nacimiento. Afortunadamente, la Orden Ejecutiva está siendo bloqueada por múltiples órdenes de la corte conocidas como "ordenes judiciales" – ¡incluso en el caso de los miembros de ASAP! Lo más probable es que la Corte Suprema tome una decisión sobre la Orden Ejecutiva de ciudadanía por nacimiento en junio o julio de 2026. Aprenda más aquí.
Salir de los Estados Unidos
Si usted desea salir de los Estados Unidos y ya no solicitar asilo, puede leer sobre las cosas que debería considerar antes de salir.
Algunas personas pueden usar una aplicación del gobierno llamada “CBP Home” para salir de los Estados Unidos. Puede leer esta guía sobre CBP Home de otra organización. Si usted es elegible para usar CBP Home, podría recibir ayuda para comprar un boleto de avión y recibir $1,000 una vez que haya salido del país.
Una vez que usted salga de los Estados Unidos, puede ser muy difícil regresar legalmente en el futuro, dependiendo de sus circunstancias, incluso si usa la aplicación CBP Home.
Viajes
Los solicitantes de asilo pueden viajar dentro de los Estados Unidos, y muchos solicitantes de asilo viajan en automóvil, autobús, tren y avión sin problema. Sin embargo, en 2025, el riesgo de arresto y detención ha aumentado significativamente. Al viajar, usted podría encontrarse con oficiales de inmigración o oficiales de policía. Podrían hacerle preguntas sobre su estatus migratorio o pedirle documentación. Es posible que esto podría resultar en arresto y detención, incluyendo si usted tiene una solicitud de asilo pendiente y un permiso de trabajo válido. Lea más sobre viajar dentro de los Estados Unidos.
Si usted tiene una orden de deportación, el riesgo de detención al viajar es mayor, especialmente al viajar en avión.
Lea esta guía de otra organización para informarse sobre otros grupos que podrían tener un mayor riesgo de detención y sobre recomendaciones de seguridad para viajar en avión.
Si usted viaja, considere llevar una identificación de los Estados Unidos u otra prueba de su estatus migratorio. A partir del 7 de mayo de 2025, si usted viaja en avión dentro de los Estados Unidos, necesitará una “REAL ID”, como un permiso de trabajo o un pasaporte válido de cualquier país. Lea sobre los documentos que puede llevar y otras medidas de seguridad.
El gobierno de los Estados Unidos también ha anunciado nuevas restricciones de viaje para ciudadanos de 40 países:
Restricciones totales:
Desde el 9 de junio de 2025, el gobierno de los Estados Unidos ha prohibido la entrada a los Estados Unidos a ciudadanos de estos países, con algunas excepciones: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Comenzando el 28 de noviembre de 2025, el gobierno de los Estados Unidos parece haber dejado de emitir cualquier tipo de visa a personas con pasaportes de Afganistán, incluyendo las Visas Especiales de Inmigrante (SIV, por sus siglas en inglés) para afganos, sin excepciones.
A partir del 1 de enero de 2026, el gobierno de los Estados Unidos también prohibirá la entrada a los Estados Unidos a ciudadanos de estos países, con algunas excepciones: Burkina Faso, Laos, Malí, Níger, Palestina, Sierra Leona, Sudán del Sur y Siria.
Restricciones parciales:
Desde el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les ha permitido entrar a los Estados Unidos usando ciertos tipos de visas (con algunas excepciones): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
A partir del 1 de enero de 2026, los ciudadanos de estos países adicionales tampoco podrán entrar a los Estados Unidos usando ciertos tipos de visas (con algunas excepciones): Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Costa de Marfil, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Tonga, Zambia y Zimbabue.
Mas información:
Además, los ciudadanos de Gambia, Malaui, Mauritania, Santo Tomé y Príncipe, Tanzania y Zambia deben pagar una “fianza de visa” de entre $5,000 y $15,000 al gobierno de los Estados Unidos si se les concede una visa de turista o de negocios para visitar los Estados Unidos. A partir del 1 de enero de 2026, los ciudadanos de Bután, Botsuana, la República Centroafricana, Guinea, Guinea Bissau, Namibia y Turkmenistán también deberán pagar estas fianzas para obtener visas de turista o de negocios. Lea más.
El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP) trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.
Todo el contenido legal es redactado y revisado legalmente por el equipo de abogados expertos en inmigración de ASAP. Los abogados expertos de ASAP cuentan con décadas de experiencia en leyes de inmigración y litigios. En conjunto, han ganado cientos de casos. Nuestros abogados tienen licencia para ejercer en varios estados de los Estados Unidos, tienen títulos de derecho de universidades como Harvard, Yale y UCLA y han recibido múltiples premios por su trabajo legal.