¿Cómo están cambiando las leyes para los solicitantes de asilo?

Escrito por los abogados expertos en inmigración de ASAP · Actualizado octubre 31, 2025

Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, números de seguro social, la corte de inmigración, licencias de conducir, TPS, parole, detención, ICE, SIJS, ciudadanía por nacimiento, autodeportación y viajes. Los cambios más recientes están marcados como NUEVO o ACTUALIZADO a continuación.

Asilo (actualizado el 30 de octubre)

  • Nueva tarifa de presentación inicial. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de presentación inicial de $100 para solicitar asilo en la corte de inmigración o con USCIS.

  • Nueva tarifa anual de asilo. También hay una nueva tarifa anual de asilo de $100 por año. Los miembros de ASAP están luchando contra esta tarifa anual de asilo mediante una demanda. El 30 de octubre, una jueza decidió que actualmente no se requiere que los solicitantes de asilo paguen la tarifa anual de asilo. Sin embargo, esta pausa es temporal, y si su solicitud de asilo ha estado pendiente por más de 1 año, podría ser necesario que pague la tarifa pronto. Usted puede leer las actualizaciones más recientes sobre la tarifa anual de asilo de USCIS aquí, y sobre la tarifa anual de asilo de la corte de inmigración aquí.

  • Cartas de USCIS. Algunos solicitantes de asilo que entregaron su solicitud con USCIS han recibido cartas desestimando o despidiendo sus casos. Si usted recibió una carta de USCIS, lea este recurso para conocer los posibles próximos pasos.

  • Casos en la corte de inmigración. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, su país de origen, o otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, es probable que usted sea detenido. Lea lo que debería saber antes de una audiencia en la corte de inmigración. Si usted no ha hablado con un abogado sobre su caso de asilo antes, puede encontrar un abogado.

  • Residencia permanente. Si usted ganó el asilo, su estatus de asilado aún es válido y puede solicitar la residencia permanente (Formulario I-485). Anteriormente, USCIS había dejado de procesar las solicitudes de residencia permanente para las personas que habían ganado asilo, pero USCIS ha dicho que ha comenzado a procesarlas de nuevo.

  • Nueva solicitud. Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.

Permisos de trabajo basados ​​en asilo (actualizado el 4 de noviembre)

  • Empezando el 30 de octubre de 2025, el gobierno cambiará la regla sobre las extensiones automáticas para personas renovando sus permisos de trabajo. Si usted solicitó la renovación de su permiso de trabajo antes del 30 de octubre y antes de la fecha de vencimiento de su permiso de trabajo, la nueva regla no se aplicará y su permiso de trabajo se extenderá aún por 540 días. Sin embargo, si usted renueva su permiso de trabajo como solicitante de asilo el 30 de octubre o después, su permiso de trabajo se vencerá en la fecha de vencimiento. Aprenda más aquí.

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $550 para solicitar un primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. (Antes, no había tarifa). La tarifa para renovar un permiso de trabajo basado en asilo aumentó $275. Si está renovando su permiso de trabajo en línea, ahora cuesta un total de $745. Si está renovando su permiso de trabajo por correo, ahora cuesta un total de $795. Aprenda más aquí.

  • Si usted en este momento tiene un permiso de trabajo basado en tener una solicitud de asilo pendiente, su permiso de trabajo aún es válido.

  • Si usted solicitó asilo y aún no tiene un permiso de trabajo, puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de que el gobierno reciba su solicitud de asilo.

  • Si usted está solicitando su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, se supone que el gobierno debería tomar una decisión sobre su solicitud de permiso de trabajo dentro de 30 días. Sin embargo, los retrasos en el procesamiento están empeorando. Si usted no recibe una decisión dentro de 25 días, hay pasos que puede tomar pero es posible que no funcionen.

Números de Seguro Social (actualizado el 7 de octubre)

  • Los inmigrantes todavía pueden solicitar números de seguro social en sus solicitudes de permiso de trabajo.

  • En el pasado, los inmigrantes recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, informes de noticias han dicho que muchos inmigrantes ya no están recibiendo números de seguro social automáticamente.

  • Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Puede ver este video o aprender más aquí.

  • En la primavera de 2025, el gobierno de los Estados Unidos canceló los números de seguro social de un pequeño número de inmigrantes. Si cree que su número de seguro social fue cancelado, puede ser útil consultar con un abogado.

  • Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.

Audiencias en la corte de inmigración (actualizado el 30 de octubre)

  • Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia.

  • Detención: Desde mayo de 2025, el gobierno ha estado deteniendo a muchos inmigrantes en audiencias de la corte de inmigración. Hasta octubre de 2025, el gobierno ha reducido los arrestos en algunas cortes de inmigración, pero continúa los arrestos en otros. Si usted no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, lo más probable es que reciba una orden de deportación. Lea más aquí.

  • Terminando casos. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, su país de origen, o otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, es probable que usted sea detenido. Lea más aquí.

  • Cierre Administrativo: Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.

Licencias de conducir y licencias de conducir comerciales (NUEVO)

  • Muchos solicitantes de asilo y otros inmigrantes son elegibles para obtener una licencia de conducir. Obtenga información sobre los requisitos de su estado aquí.

  • El 29 de septiembre de 2025, el gobierno anunció que los solicitantes de asilo y algunos otros inmigrantes ya no podrían recibir nuevas licencias comerciales de conducir (CDL, por sus siglas en inglés), que son licencias especiales para conducir vehículos grandes y pesados. ¡Pero los inmigrantes obtuvieron una victoria temporal y por ahora pueden seguir solicitando nuevas CDL! Lea más información sobre la regla aquí (para español, desplácese y haga clic en el botón azul que dice “Spanish”).

  • Después de que se anunció la regla sobre las CDL, muchos miembros de ASAP nos escribieron de inmediato. Nos contaron que se habían preparado durante años para ser camioneros y explicaron lo difícil que sería este cambio para sus familias. Como siempre, ASAP hizo todo lo posible por responder a sus preguntas legales. Y si les interesaba, ASAP ayudó a sus miembros a participar en la demanda de otra organización para luchar contra esta política. ¡El 10 de noviembre, un juez bloqueó la regla para que los inmigrantes puedan seguir recibiendo CDL mientras la demanda continúa!

Estatus de Protección Temporal (TPS)

  • El gobierno de los Estados Unidos está intentando poner fin al TPS para ciertos países: Afganistán, Camerún, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Sudán del Sur, Siria y Venezuela. Los inmigrantes están impugnando estas acciones en múltiples demandas. Obtenga información sobre el estatus actual del TPS para diferentes países aquí.

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas tarifas para registrarse para TPS y para solicitar un permiso de trabajo basado en el TPS. También anunció que los nuevos permisos de trabajo basados ​​en el TPS solo serán válidos por un año. Lea más aquí.

  • Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS, si es posible.

Parole (permiso de entrada y permanencia temporal)

  • Algunos programas de parole han terminado: El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes a través de los siguientes programas de parole: Parole a través de CBP One, Parole para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), o El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar).

  • Terminación temprana: Muchas personas que recibieron parole a través de CBP One o a través de CHNV recibieron avisos que pusieron fin a su parole y a sus permisos de trabajo anticipadamente. Los inmigrantes que recibieron parole a través de CHNV están luchando contra la terminación temprana en una demanda.

  • Después de que termine el parole: Incluso si su parole termina, si usted tiene otra solicitud de inmigración pendiente, como una de asilo, esa solicitud sigue siendo válida y puede continuar con ella. Si usted tiene un permiso de trabajo que no es basado en parole, ese permiso de trabajo también sigue siendo válido. Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso seguirá activo hasta que el juez tome una decisión.

  • Entregar nuevas solicitudes: Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le está dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.

Detención, deportación y redadas

  • El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención y deteniendo a muchos inmigrantes. El gobierno también está ampliando el uso de un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada” para algunos inmigrantes. 

  • Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse a sí mismos y a sus familias en los Estados Unidos. 

  • Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes

  • Si usted tiene una audiencia próxima en la corte de inmigración, lea noticias importantes sobre el riesgo de detención.

  • Es posible que usted haya visto o escuchado mensajes recientes del gobierno de los Estados Unidos que indican que los inmigrantes deberían “autodeportarse”. Aquí hay cosas que saber.

Citas con ICE

Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)

  • Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante. Las solicitudes de SIJS pendientes todavía se están procesando.

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $250 para solicitar SIJS.

  • Anteriormente, si usted obtuvo SIJS, podía solicitar inmediatamente un permiso de trabajo a través de un proceso llamado “acción diferida”. Sin embargo, a partir de abril de 2025, esto ya no es posible. Si usted gana SIJS después de abril de 2025, generalmente deberá esperar hasta que sea elegible para la residencia permanente antes de poder solicitar un permiso de trabajo. Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo es válido hasta que venza, a menos que reciba un aviso poniendo fin a su permiso de trabajo temprano.

  • Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.

  • Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas.

Ciudadanía por nacimiento

  • ¡Actualmente, el gobierno está obligado a reconocer la ciudadanía estadounidense de todos los bebés nacidos en los Estados Unidos!

  • El 20 de enero de 2025, el presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva que intentó restringir la ciudadanía por nacimiento. Afortunadamente, la Orden Ejecutiva está siendo bloqueada por múltiples órdenes de la corte conocidas como "ordenes judiciales" – ¡incluso en el caso de los miembros de ASAP! Lo más probable es que la Corte Suprema tome una decisión sobre la Orden Ejecutiva de ciudadanía por nacimiento en junio o julio de 2026. Aprenda más aquí.

Viajes

  • A partir del 7 de mayo, si viaja en avión dentro de los Estados Unidos, necesitará una “REAL ID”, como un permiso de trabajo o un pasaporte válido de cualquier país. Lea más.

  • Cuando usted viaja por tierra dentro de los Estados Unidos, es posible que pueda encontrarse con oficiales de inmigración o puntos de control de inmigración. Ellos podrían hacerle preguntas sobre su estatus migratorio o pedirle documentación. Considere llevar una identificación estadounidense u otra prueba de su estatus migratorio. Sin embargo, por favor tenga en cuenta que desde octubre de 2025, el gobierno ha estado deteniendo a conductores y pasajeros que viajan en automóvil o autobús en puntos de control de inmigración, incluso si tienen licencias de conducir y permisos de trabajo válidos.

  • El gobierno de los Estados Unidos también ha anunciado nuevas restricciones de viaje para ciudadanos de algunos países, incluidos abajo.

    • Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos (con algunas excepciones): Afganistán, Myanmar, Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.

    • Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos cuando usen ciertas visas (con algunas excepciones): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.

    • Hay excepciones a estas restricciones de viaje del 9 de junio. Lea más.

    • El gobierno de los Estados Unidos anunció que están cancelando visas para personas de Sudán del Sur.

    • A partir del 20 de agosto de 2025, los ciudadanos de Malaui y Zambia deberán pagar una “fianza de visa” de entre $5,000 y $15,000 al gobierno de los Estados Unidos si se les concede una visa de turista o de negocios para visitar los Estados Unidos. Lea más.

El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP) trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.

Todo el contenido legal es redactado y revisado legalmente por el equipo de abogados expertos en inmigración de ASAP. Los abogados expertos de ASAP cuentan con décadas de experiencia en leyes de inmigración y litigios. En conjunto, han ganado cientos de casos. Nuestros abogados tienen licencia para ejercer en varios estados de los Estados Unidos, tienen títulos de derecho de universidades como Harvard, Yale y UCLA y han recibido múltiples premios por su trabajo legal.