Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, números de seguro social, la corte de inmigración, TPS, CBP One, CHNV, detención, ICE, SIJS, ciudadanía por nacimiento, autodeportación y viajes. Los cambios más recientes están marcados como o a continuación.
Asilo
Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y su solicitud de asilo (Formulario I-589) todavía está pendiente, puede continuar solicitando asilo.
Sin embargo, en mayo de 2025, el gobierno comenzó a enviar cartas a algunas personas que solicitaron asilo con USCIS, informándoles que sus casos habían sido desestimados. Lea más aquí.
Además, en mayo de 2025, el gobierno comenzó a pedirle a los jueces que desestimaran muchos casos de asilo en la corte de inmigración, especialmente para inmigrantes que han estado en los Estados Unidos por menos de dos años. El gobierno está deteniendo a muchos inmigrantes en sus audiencias en la corte de inmigración. Lea noticias importantes aquí.
Si usted ganó el asilo, su estatus de asilado aún es válido y puede solicitar la residencia permanente (Formulario I-485). Sin embargo, según reportes, el gobierno ha suspendido el procesamiento de las solicitudes de la residencia permanente para la mayoría o todas las personas que ganaron asilo. Aún puede entregar la solicitud, pero es posible que el gobierno no tome una decisión sobre la solicitud.
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado que las personas ya no pueden solicitar asilo en la frontera.
Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.
Permisos de trabajo basados en asilo
El gobierno de los Estados Unidos está considerando cambios en los permisos de trabajo que podrían hacer mucho más difícil que solicitantes de asilo puedan recibir permisos de trabajo en el futuro. A la fecha, estos cambios no están en efecto.
Si usted tiene un permiso de trabajo basado en tener una solicitud de asilo pendiente, su permiso de trabajo aún es válido. Todavía puede renovar su permiso de trabajo antes de que se venza.
Si usted solicitó asilo y aún no tiene un permiso de trabajo, puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de que el gobierno reciba su solicitud de asilo.
Si usted está solicitando su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, se supone que el gobierno debería tomar una decisión sobre su solicitud de permiso de trabajo dentro de 30 días. Sin embargo, los retrasos en el procesamiento están empeorando. Si usted no recibe una decisión dentro de 30 días, hay pasos que puede tomar pero es posible que no funcionen.
Números de Seguro Social
Los inmigrantes todavía pueden solicitar números de seguro social en sus solicitudes de permiso de trabajo.
En el pasado, los inmigrantes recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, informes de noticias han dicho que muchos inmigrantes ya no están recibiendo números de seguro social automáticamente.
Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Aprenda más.
El gobierno de los Estados Unidos también ha cancelado números de seguro social para algunos inmigrantes que ya no tienen estatus migratorio. Sin embargo, no hay informes de cancelaciones generalizadas de números de seguro social para solicitantes de asilo en este momento. Si cree que su número de seguro social fue cancelado, puede ser útil consultar con un abogado.
Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.
Audiencias en la corte de inmigración
Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia.
Desde mayo de 2025, el gobierno ha estado deteniendo a muchos inmigrantes en audiencias de la corte de inmigración. Las personas que llevan menos de dos años en los Estados Unidos especialmente corren riesgo de ser detenidas y puestas en un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada” (“expedited removal”, en inglés). Pero otros inmigrantes también corren riesgo. Por favor, lea noticias importantes.
Si usted no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, lo más probable es que reciba una orden de deportación.
Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado que los jueces de inmigración ahora pueden denegar el asilo sin una audiencia final de méritos – si consideran que el caso no es lo suficientemente fuerte. Todavía no sabemos qué sucederá. Si no ha consultado con un abogado sobre su caso de asilo, puede buscar un abogado.
Estatus de Protección Temporal (TPS)
Si usted tiene Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) de cualquier país excepto Haití y Venezuela, su TPS sigue siendo válido hasta la fecha de vencimiento. Si tiene un permiso de trabajo basado en TPS, su permiso de trabajo también sigue siendo válido.
Si usted tiene una solicitud de TPS pendiente, su solicitud de TPS aún está pendiente hasta que reciba una decisión. Usted aún puede solicitar TPS por primera vez, si es de países específicos y cumple con otros requisitos. Obtenga información sobre TPS.
TPS para Afganistán:
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado que pondrá fin al TPS para Afganistán el 14 de julio de 2025.
TPS para Camerún:
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado que pondrá fin al TPS para Camerún el 4 de agosto de 2025.
TPS para Haití:
El gobierno de los Estados Unidos anunció que quieren finalizar el TPS para Haiti anticipadamente, el 2 de septiembre de 2025. Inmigrantes presentaron una demanda y una corte bloqueó al gobierno para que no hiciera cambios. Mientras la orden judicial esté vigente, el TPS para Haití es válido hasta el 3 de febrero de 2026. Obtenga más información aquí (traducido por Google. Original en inglés aquí).
TPS para Nepal:
El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado que pondrá fin al TPS para Nepal el 5 de agosto de 2025.
TPS para Sudán del Sur:
Para los inmigrantes que actualmente tienen TPS para Sudán del Sur, su estatus de TPS y sus permisos de trabajo han sido extendidos automáticamente hasta el 3 de noviembre de 2025. No se requiere volver a registrarse.
TPS para Venezuela:
El gobierno de los Estados Unidos anunció que quieren acortar la duración del TPS para inmigrantes de Venezuela. Inmigrantes presentaron una demanda y una corte bloqueó temporalmente al gobierno para que no hiciera cambios - pero luego la Corte Suprema de los Estados Unidos permitió que el gobierno siguiera adelante con algunos cambios mientras continúa la demanda. Lea más a continuación sobre el estado actual.
TPS 2021: Si usted solicitó el TPS para Venezuela por primera vez en 2021, su TPS es válido hasta el 10 de septiembre de 2025.
TPS 2023: Si usted solicitó el TPS para Venezuela por primera vez después de octubre de 2023, el gobierno ha puesto fin al TPS y el permiso de trabajo de muchas personas. Sin embargo, hay excepciones: (1) Si usted ya había recibido un nuevo permiso de trabajo o un aviso de recibo antes del 5 de febrero de 2025, su permiso de trabajo seguirá siendo válido por más tiempo; (2) Si usted ya había recibido un nuevo aviso de aprobación del TPS antes del 5 de febrero de 2025, su TPS seguirá siendo válido por más tiempo.
Lea más detalles aquí (para español, haga clic donde dice “Preguntas frecuentes sobre el estatus del TPS para Venezolanos"). O visite este sitio web de USCIS.
Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS.
Parole a través de una cita de CBP One
Si usted llegó a los Estados Unidos a través de una cita de CBP One, es probable que usted haya recibido un permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés).
El gobierno ha dejado de programar citas de CBP One y ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes que quieran venir a los Estados Unidos a través de CBP One.
Muchas personas con parole de CBP One han recibido un aviso en su correo electrónico o aplicación de CBP One (ahora llamado “CBP Home”) que pone fin a su parole temprano.
Incluso si su parole termina, si usted tiene otra solicitud de inmigración pendiente, como una de asilo, esa solicitud sigue siendo válida y puede continuar con ella. Si usted tiene un permiso de trabajo que no es basado en parole, ese permiso de trabajo también sigue siendo válido. Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso seguirá activo hasta que el juez tome una decisión.
Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le esta dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.
Parole a través de CHNV y otros programas específicos a un país
Si usted llegó a los Estados Unidos a través de procesos especiales para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua, Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar), es probable que usted haya recibido un permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés). El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes que quieran venir a los Estados Unidos a través de uno de estos programas de parole.
CHNV: El 30 de mayo de 2025, la Corte Suprema dijo que el gobierno puede poner fin a el parole de CHNV temprano. Es posible que reciba un aviso poniendo fin a su estatus de parole y permiso de trabajo por correo electrónico o en su cuenta en línea de USCIS. Sin embargo, los inmigrantes continúan luchando en la demanda. Obtenga más información.
OAW, U4U y Reunificación Familiar: Si usted tiene parole a través de OAW, U4U o Reunificación Familiar, su parole sigue siendo válido hasta la fecha de vencimiento. Sin embargo, es posible que el gobierno intente poner fin a estos programas temprano en el futuro. Además, en abril de 2025, el gobierno de los Estados Unidos envió avisos por error a algunos inmigrantes con parole a través de U4U y OAW, diciendo que su parole estaba siendo terminado. El gobierno ha dicho que esto fue un error – su parole sigue siendo válido hasta la fecha de vencimiento.
Entregando nuevas solicitudes: Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le esta dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.
Procesamiento de solicitudes: Si usted entrega una nueva solicitud de inmigración (como una solicitud para permiso de trabajo, asilo, TPS, residencia permanente u otra cosa), o si ya entregó una solicitud, el gobierno debería comenzar a procesarla. Anteriormente, el gobierno había pausado el procesamiento de solicitudes de inmigración entregadas por personas que habían recibido parole a través de CHNV, U4U o Reunificación Familiar. Sin embargo, el 28 de mayo de 2025, una corte ordenó al gobierno que comenzará a procesar estas solicitudes nuevamente. Vea más información aquí.
Detención, deportación y redadas
El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención y deteniendo a muchos inmigrantes. El gobierno también está ampliando el uso de un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada” para algunos inmigrantes.
Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse a sí mismos y a sus familias en los Estados Unidos.
Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes.
Si usted tiene una audiencia próxima en la corte de inmigración, lea noticias importantes sobre el riesgo de detención.
- Es posible que usted haya visto o escuchado mensajes recientes del gobierno de los Estados Unidos que indican que los inmigrantes deberían “autodeportarse”.
Citas con ICE
Algunos inmigrantes tienen citas con ICE y otros no.
El gobierno ha empezado a detener a más personas durante las citas con ICE.
Si es posible, hable con un abogado antes de ir a su próxima cita con ICE. Encuentre ayuda legal aquí.
Si va a una cita con ICE, puede hacer lo siguiente para prepararse:
Si usted tiene solicitudes de inmigración pendientes, lleve copias de documentos que lo demuestren, como un recibo de solicitud de asilo.
Si usted ha vivido en los Estados Unidos durante más de 2 años, lleve copias de documentos que lo demuestren (vea estos ejemplos).
Si usted tiene circunstancias especiales, lleve copias de documentos que demuestren esto, como actas de nacimiento de cualquier niño nacido en los Estados Unidos o documentos médicos sobre una enfermedad o lesión.
Pídale a alguien que sea ciudadano de los Estados Unidos que lo acompañe a la cita, si es posible.
También puede hacer un plan de emergencia de antemano.
Si lo detienen en una cita con ICE y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede decirle a la mayor cantidad posible de agentes tantas veces que pueda que usted tiene miedo de regresar a su país de origen y que desea solicitar asilo.
Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)
Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante. Las solicitudes de SIJS pendientes todavía se están procesando.
Anteriormente, si usted obtuvo SIJS, podía solicitar inmediatamente un permiso de trabajo a través de un proceso llamado “acción diferida”. Sin embargo, a partir de abril de 2025, esto ya no es posible. Si usted gana SIJS después de abril de 2025, generalmente deberá esperar hasta que sea elegible para la residencia permanente antes de poder solicitar un permiso de trabajo. Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo es válido hasta que venza, a menos que reciba un aviso poniendo fin a su permiso de trabajo temprano.
Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.
Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas.
Ciudadanía por nacimiento
El 20 de enero de 2025, el Presidente emitió una Orden Ejecutiva que intentaba limitar la ciudadanía por nacimiento. En respuesta, los miembros de ASAP presentaron una demanda, argumentando que la Orden Ejecutiva es ilegal y que debería detenerse.
El 5 de febrero de 2025, ¡los miembros de ASAP obtuvieron una gran victoria! Una jueza emitió una “orden judicial preliminar” para impedir que la Orden Ejecutiva de Ciudadanía por Nacimiento entre en efecto. Mientras la orden judicial esté vigente, los niños nacidos en los Estados Unidos seguirán siendo reconocidos como ciudadanos estadounidenses. La demanda de los miembros de ASAP fue la primera en obtener una orden judicial preliminar contra la Orden Ejecutiva de Ciudadanía por Nacimiento.
El 27 de junio, la Corte Suprema emitió una nueva decisión sobre el caso de ciudadanía por nacimiento. Durante los próximos 30 días, los bebés nacidos de padres inmigrantes seguirán siendo reconocidos como ciudadanos estadounidenses. Después de 30 días, las cortes inferiores deberán decidir si la Orden Ejecutiva de Ciudadanía por Nacimiento puede entrar en efecto para algunos bebés. ASAP está tomando medidas inmediatas para continuar defendiendo la ciudadanía de todos los niños nacidos en los Estados Unidos después de 30 días – incluyendo a través de una demanda colectiva.
Lea más sobre la ciudadanía por nacimiento y la demanda de los miembros de ASAP.
Viajes
Si usted es solicitante de asilo y viaja dentro de los Estados Unidos, considere llevar una identificación estadounidense u otra prueba de su estatus migratorio. A partir del 7 de mayo, si viaja en avión dentro de los Estados Unidos, necesitará una “REAL ID”, como un permiso de trabajo o un pasaporte válido de cualquier país. Lea más.
El gobierno de los Estados Unidos anunció nuevas restricciones de viaje para ciudadanos de algunos países, incluidos abajo.
Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos (con algunas excepciones): Afganistán, Myanmar, Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos cuando usen ciertas visas (con algunas excepciones): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
Hay excepciones a estas restricciones de viaje del 9 de junio. El gobierno ha dicho que las restricciones de viaje no se aplican a:
Personas a quienes ya se les ha otorgado asilo, retención de deportación o protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).
Personas con estatus de refugiado que ya han sido admitidas en los Estados Unidos.
Personas que ya recibieron visas de cualquier tipo antes del 9 de junio de 2025.
Residentes permanentes (titulares de la tarjeta de residencia).
Personas con visas de familiares inmediatos y visas de adopción.
Personas con Visas Especiales de Inmigrante para afganos.
Personas con doble ciudadanía que viajan con pasaportes de un país diferente.
Esta no es una lista completa. También existen otras excepciones. Lea más detalles.
El gobierno de los Estados Unidos anunció que están cancelando visas para personas de Sudán del Sur.
ASAP trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.