¿Cómo están cambiando las leyes para los solicitantes de asilo?

Escrito por los abogados expertos en inmigración de ASAP · Actualizado septiembre 30, 2025

Esta página proporciona noticias urgentes para los solicitantes de asilo sobre: asilo, permisos de trabajo, números de seguro social, la corte de inmigración, TPS, CBP One, CHNV, detención, ICE, SIJS, ciudadanía por nacimiento, autodeportación y viajes. Los cambios más recientes están marcados como NUEVO o ACTUALIZADO a continuación.

Asilo (actualizado el 30 de septiembre)

  • Nuevas tarifas. El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas tarifas para solicitar asilo. Hay una tarifa de presentación inicial de $100 para solicitar asilo en la corte de inmigración o con USCIS. También hay una nueva tarifa anual de asilo de $100 por año.

  • Cartas de USCIS. Algunos solicitantes de asilo que entregaron su solicitud con USCIS han recibido cartas desestimando o despidiendo sus casos. Si usted recibió una carta de USCIS, lea este recurso para conocer los posibles próximos pasos.

  • Casos en la corte de inmigración. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, su país de origen, o otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, es probable que usted sea detenido. Lea lo que debería saber antes de una audiencia en la corte de inmigración. Si usted no ha hablado con un abogado sobre su caso de asilo antes, puede encontrar un abogado.

  • Residencia permanente. Si usted ganó el asilo, su estatus de asilado aún es válido y puede solicitar la residencia permanente (Formulario I-485). Anteriormente, USCIS había dejado de procesar las solicitudes de residencia permanente para las personas que habían ganado asilo, pero USCIS ha dicho que ha comenzado a procesarlas de nuevo.

  • Nueva solicitud. Si usted se encuentra actualmente en los Estados Unidos y no ha entregado una solicitud de asilo, aún puede entregar una, si es elegible. Solicitar asilo es una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Obtenga más información sobre el asilo.

Permisos de trabajo basados ​​en asilo

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $550 para solicitar un primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. (Antes, no había tarifa). La tarifa para renovar un permiso de trabajo basado en asilo aumentó $275. Si está renovando su permiso de trabajo en línea, ahora cuesta un total de $745. Si está renovando su permiso de trabajo por correo, ahora cuesta un total de $795. Aprenda más aquí.

  • Si usted tiene un permiso de trabajo basado en tener una solicitud de asilo pendiente, su permiso de trabajo aún es válido. Todavía puede renovar su permiso de trabajo antes de que se venza y su permiso de trabajo se extenderá por 540 días después de la fecha de vencimiento.

  • Si usted solicitó asilo y aún no tiene un permiso de trabajo, puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de que el gobierno reciba su solicitud de asilo.

  • Si usted está solicitando su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, se supone que el gobierno debería tomar una decisión sobre su solicitud de permiso de trabajo dentro de 30 días. Sin embargo, los retrasos en el procesamiento están empeorando. Si usted no recibe una decisión dentro de 30 días, hay pasos que puede tomar pero es posible que no funcionen.

Números de Seguro Social

  • Los inmigrantes todavía pueden solicitar números de seguro social en sus solicitudes de permiso de trabajo.

  • En el pasado, los inmigrantes recibían automáticamente una tarjeta de seguro social cuando se aprobaba su permiso de trabajo. Sin embargo, informes de noticias han dicho que muchos inmigrantes ya no están recibiendo números de seguro social automáticamente.

  • Después de recibir su primer permiso de trabajo, puede programar una cita en persona y llenar un formulario para solicitar una tarjeta de seguro social. Puede ver este video o aprender más aquí.

  • En la primavera de 2025, el gobierno de los Estados Unidos canceló los números de seguro social de un pequeño número de inmigrantes. Si cree que su número de seguro social fue cancelado, puede ser útil consultar con un abogado.

  • Es posible que las oficinas del seguro social estén compartiendo información con agencias de inmigración.

Audiencias en la corte de inmigración (actualizado el 30 de septiembre)

  • Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso sigue activo hasta que el juez tome una decisión. Revise el estatus de su caso cada semana en caso de que haya una nueva decisión o una nueva fecha de audiencia.

  • Detención: Desde mayo de 2025, el gobierno ha estado deteniendo a muchos inmigrantes en audiencias de la corte de inmigración. Hasta septiembre de 2025, el gobierno ha reducido los arrestos en algunas cortes de inmigración, pero continúa los arrestos en otros. Si usted no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, lo más probable es que reciba una orden de deportación. Lea más aquí.

  • Terminando casos. El gobierno está terminando algunos casos en la corte de inmigración antes de que el solicitante de asilo reciba una audiencia completa. Esto podría pasar debido a problemas con las tarifas, los hechos en la solicitud de asilo, su país de origen, o otras razones. Si esto ocurre en su caso durante una audiencia en la corte de inmigración, es probable que usted sea detenido. Lea más aquí.

  • Cierre Administrativo: Si su caso en la corte de inmigración fue cerrado administrativamente anteriormente (su caso aún está en la corte pero no tiene audiencias programadas para el futuro), revise el estatus de su caso. Muchos casos en la corte de inmigración que fueron cerrados administrativamente, incluso durante años, están siendo programados para nuevas audiencias. Para revisar el estatus de su caso, llame a la línea directa de la corte al 1-800-898-7180 o vaya a este sitio web.

Estatus de Protección Temporal (TPS) (actualizado el 22 de septiembre)

  • El gobierno de los Estados Unidos está intentando poner fin al TPS para ciertos países: Afganistán, Camerún, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Sudán del Sur, Siria y Venezuela. Los inmigrantes están impugnando estas acciones en múltiples demandas. Obtenga información sobre el estatus actual del TPS para diferentes países aquí.

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado nuevas tarifas para registrarse para TPS y para solicitar un permiso de trabajo basado en el TPS. También anunció que los nuevos permisos de trabajo basados ​​en el TPS solo serán válidos por un año. Lea más aquí.

  • Las personas con TPS también pueden solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio si son elegibles. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Si usted decide solicitar otro estatus migratorio, es mejor que lo haga antes de que venza su TPS, si es posible.

Parole a través de una cita de CBP One

  • Si usted llegó a los Estados Unidos a través de una cita de CBP One, es probable que usted haya recibido un permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés).

  • El gobierno ha dejado de programar citas de CBP One y ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes que quieran venir a los Estados Unidos a través de CBP One.

  • Muchas personas con parole de CBP One han recibido un aviso en su correo electrónico o aplicación de CBP One (ahora llamado “CBP Home”) que pone fin a su parole temprano.

  • Incluso si su parole termina, si usted tiene otra solicitud de inmigración pendiente, como una de asilo, esa solicitud sigue siendo válida y puede continuar con ella. Si usted tiene un permiso de trabajo que no es basado en parole, ese permiso de trabajo también sigue siendo válido. Si usted tiene un caso en la corte de inmigración, su caso seguirá activo hasta que el juez tome una decisión.

  • Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le esta dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.

Parole a través de CHNV y otros programas específicos a un país

  • Si usted llegó a los Estados Unidos a través de procesos especiales para inmigrantes de Cuba, Haití, Nicaragua, Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), Afganistán (OAW), El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar), es probable que usted haya recibido un permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés). El gobierno ha dejado de aceptar nuevos inmigrantes que quieran venir a los Estados Unidos a través de uno de estos programas de parole.

  • CHNV: El 30 de mayo de 2025, la Corte Suprema dijo que el gobierno puede poner fin a el parole de CHNV temprano. Es posible que reciba un aviso poniendo fin a su estatus de parole y permiso de trabajo por correo electrónico o en su cuenta en línea de USCIS. Sin embargo, los inmigrantes continúan luchando en la demanda. Obtenga más información.

  • OAW, U4U y Reunificación Familiar: Si usted tiene parole a través de OAW, U4U o Reunificación Familiar, su parole sigue siendo válido hasta la fecha de vencimiento. Sin embargo, es posible que el gobierno intente poner fin a estos programas temprano en el futuro.

  • Entregando nuevas solicitudes: Si usted tiene parole y aún no tiene otra solicitud de inmigración pendiente, tal vez quiera considerar entregar una solicitud antes de que termine su parole, si es elegible. Algunas personas con parole podrían ser elegibles para asilo u otros tipos de estatus migratorios. Sin embargo, entregar una nueva solicitud de inmigración puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas. Cada vez que usted entrega una nueva solicitud, le esta dando información actualizada al gobierno que quizás ellos no tenían.

  • Procesamiento de solicitudes: El gobierno había pausado previamente el procesamiento de nuevas solicitudes de inmigración (como solicitudes de permisos de trabajo o asilo) entregadas por personas que habían recibido ciertos tipos de parole. Sin embargo, el 28 de mayo de 2025, una corte ordenó al gobierno que comenzará a procesar estas solicitudes nuevamente. Vea más información aquí.

  • Permisos de trabajo basados en parole: El gobierno de los Estados Unidos anunció aumentos en las tarifas de los permisos de trabajo y dijo que los nuevos permisos de trabajo basados ​​en parole solo serán válidos por un año. Aprenda más.

Detención, deportación y redadas

  • El gobierno de los Estados Unidos está haciendo redadas migratorias, creando nuevos centros de detención y deteniendo a muchos inmigrantes. El gobierno también está ampliando el uso de un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada” para algunos inmigrantes. 

  • Aquí hay algunas medidas de seguridad que los solicitantes de asilo pueden tomar para protegerse a sí mismos y a sus familias en los Estados Unidos. 

  • Si usted tiene un ser querido detenido, aprenda sobre la detención de inmigrantes

  • Si usted tiene una audiencia próxima en la corte de inmigración, lea noticias importantes sobre el riesgo de detención.

  • Es posible que usted haya visto o escuchado mensajes recientes del gobierno de los Estados Unidos que indican que los inmigrantes deberían “autodeportarse”. Aquí hay cosas que saber.

Citas con ICE

Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)

  • Todavía puede solicitar el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) como nuevo solicitante. Las solicitudes de SIJS pendientes todavía se están procesando.

  • El gobierno de los Estados Unidos ha anunciado una nueva tarifa de $250 para solicitar SIJS.

  • Anteriormente, si usted obtuvo SIJS, podía solicitar inmediatamente un permiso de trabajo a través de un proceso llamado “acción diferida”. Sin embargo, a partir de abril de 2025, esto ya no es posible. Si usted gana SIJS después de abril de 2025, generalmente deberá esperar hasta que sea elegible para la residencia permanente antes de poder solicitar un permiso de trabajo. Si actualmente tiene un permiso de trabajo basado en la acción diferida de SIJS, su permiso de trabajo es válido hasta que venza, a menos que reciba un aviso poniendo fin a su permiso de trabajo temprano.

  • Si se le concede SIJS, puede ser elegible para la residencia permanente (tarjeta de residencia). Sin embargo, actualmente hay largos retrasos. Cuando solicite una tarjeta de residencia permanente, puede solicitar un permiso de trabajo basado en la solicitud de tarjeta de residencia permanente pendiente.

  • Puede solicitar asilo u otros tipos de estatus migratorio al mismo tiempo que solicita SIJS. Esta puede ser una decisión compleja que depende de sus circunstancias específicas.

Ciudadanía por nacimiento (actualizado el 29 de septiembre)

  • ¡Actualmente, el gobierno está obligado a reconocer la ciudadanía estadounidense de todos los bebés nacidos en los Estados Unidos!

  • El 20 de enero de 2025, el presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva que intentó restringir la ciudadanía por nacimiento. Afortunadamente, la Orden Ejecutiva está siendo bloqueada por múltiples órdenes de la corte conocidas como "ordenes judiciales" – ¡incluso en el caso de los miembros de ASAP! Lo más probable es que la Corte Suprema tome una decisión sobre la Orden Ejecutiva de ciudadanía por nacimiento en junio o julio de 2026. Aprenda más aquí.

Viajes

  • Si usted es solicitante de asilo y viaja dentro de los Estados Unidos, considere llevar una identificación estadounidense u otra prueba de su estatus migratorio. A partir del 7 de mayo, si viaja en avión dentro de los Estados Unidos, necesitará una “REAL ID”, como un permiso de trabajo o un pasaporte válido de cualquier país. Lea más.

  • El gobierno de los Estados Unidos anunció nuevas restricciones de viaje para ciudadanos de algunos países, incluidos abajo.

  • Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos (con algunas excepciones): Afganistán, Myanmar, Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.

  • Empezando el 9 de junio de 2025, a los ciudadanos de estos países no se les permitirá ingresar a los Estados Unidos cuando usen ciertas visas (con algunas excepciones): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.

  • Hay excepciones a estas restricciones de viaje del 9 de junio. El gobierno ha dicho que las restricciones de viaje no se aplican a:

    • Personas a quienes ya se les ha otorgado asilo, retención de deportación o protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT, por sus siglas en inglés).

    • Personas con estatus de refugiado que ya han sido admitidas en los Estados Unidos.

    • Personas que ya recibieron visas de cualquier tipo antes del 9 de junio de 2025.

    • Residentes permanentes (titulares de la tarjeta de residencia).

    • Personas con visas de familiares inmediatos y visas de adopción.

    • Personas con Visas Especiales de Inmigrante para afganos.

    • Personas con doble ciudadanía que viajan con pasaportes de un país diferente.

    • Esta no es una lista completa. También existen otras excepciones. Lea más.

  • El gobierno de los Estados Unidos anunció que están cancelando visas para personas de Sudán del Sur.

  • A partir del 20 de agosto de 2025, los ciudadanos de Malaui y Zambia deberán pagar una “fianza de visa” de entre $5,000 y $15,000 al gobierno de los Estados Unidos si se les concede una visa de turista o de negocios para visitar los Estados Unidos. Lea más.

El Proyecto de Apoyo para Solicitantes de Asilo (ASAP) trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.

Todo el contenido legal es redactado y revisado legalmente por el equipo de abogados expertos en inmigración de ASAP. Los abogados expertos de ASAP cuentan con décadas de experiencia en leyes de inmigración y litigios. En conjunto, han ganado cientos de casos. Nuestros abogados tienen licencia para ejercer en varios estados de los Estados Unidos, tienen títulos de derecho de universidades como Harvard, Yale y UCLA y han recibido múltiples premios por su trabajo legal.