Permisos de Trabajo

Haga clic en los enlaces a continuación para leer sobre los permisos de trabajo para solicitantes de asilo.

Las reglas sobre permisos de trabajo

Permisos de trabajo INICIALES para los solicitantes de asilo:

  • Cuándo presentar la solicitud: Por lo general, los solicitantes de asilo pueden solicitar un permiso de trabajo inicial 150 días después de presentar su solicitud de asilo (Formulario I-589). Los solicitantes de asilo pueden recibir el permiso de trabajo 180 días después de presentar sus solicitudes de asilo.

  • Tiempo de espera: El gobierno debe tomar una decisión sobre las solicitudes iniciales de permiso de trabajo de solicitantes de asilo dentro de 30 días. Sin embargo, desafortunadamente, esto no siempre sucede. Si usted no recibe una decisión dentro de 30 días, aprenda sobre los pasos que puede tomar.

  • Costo: Solicitantes de asilo no tienen que pagar ninguna tarifa para solicitar un permiso de trabajo inicial. Solicitantes de asilo no tienen que pagar la tarifa biométrica que se aplica a otros solicitantes de permisos de trabajo.

RENOVACIONES de permisos de trabajo para los solicitantes de asilo:

  • Cuándo presentar la solicitud: Lo más importante es solicitar la renovación de su permiso de trabajo con bastante tiempo antes de la fecha de vencimiento escrita en su tarjeta de permiso de trabajo. Si USCIS recibe su solicitud de renovación antes de o a más tardar en la fecha de vencimiento, su permiso actual se extenderá automáticamente después de la fecha de vencimiento escrita en su tarjeta de permiso de trabajo actual.

Según el gobierno, los solicitantes de asilo deberían solicitar la renovación de su permiso de trabajo al menos 90 días antes de que se venza su permiso de trabajo actual.

  • Tiempo de espera: Si un solicitante de asilo ha solicitado un permiso de trabajo al menos 90 días antes de que se venza su permiso de trabajo actual, se supone que el gobierno debe tomar una decisión sobre su solicitud de renovación antes de que se venza su autorización de empleo actual. Sin embargo, sabemos que muchos solicitantes de asilo han estado esperando la renovación de sus permisos de trabajo por mucho tiempo y que el gobierno no está cumpliendo con este requisito en este momento.

  • Extensión Automática: Si su permiso de trabajo actual se ha vencido y usted aún no ha recibido un nuevo permiso de trabajo, su permiso de trabajo es automáticamente extendido y usted puede continuar trabajando. Lea más sobre la extensión automática aquí.

  • Costo: Solicitantes de asilo deben pagar una tarifa para renovar sus permisos de trabajo. A partir del 1 de abril de 2024, el costo es de $470 si entrega la solicitud de renovación en línea, y $520 si entrega la solicitud de renovación por correo. Solicitantes de asilo no tienen que pagar la tarifa biométrica que se aplica a otros solicitantes de permisos de trabajo.

Nota: En febrero de 2022, una jueza decidió que las reglas antiguas de permisos de trabajo son ilegales para todos los solicitantes de asilo. Ya no es necesario incluir su tarjeta de membresía de ASAP en su solicitud de permiso de trabajo. Sin embargo, si usted incluye su tarjeta de membresía de ASAP, no afectará negativamente su solicitud de permiso de trabajo.

El primer permiso de trabajo para un solicitante de asilo

En general, los solicitantes de asilo pueden solicitar un permiso de trabajo 150 días después de presentar una solicitud de asilo. Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para obtener más información. También, puede ver este video sobre cómo aplicar por correo, ver este video sobre cómo aplicar en línea, y este ejemplo de paquete de solicitud.

¿Puedo solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo?

¡Quizás! El gobierno de los EE.UU. establece los requisitos y el proceso para solicitar un permiso de trabajo.

Generalmente, para ser elegible para solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo:

  • Debe haber presentado una solicitud de asilo (Formulario I-589) en la oficina de asilo (USCIS) o en la corte de inmigración.

  • Deben haber pasado al menos 150 días desde que la oficina de asilo o la corte de inmigración recibió su solicitud de asilo. Si no está seguro cuántos días han pasado, lea más aquí.

Según las reglas actuales, si usted tiene una condena criminal que el gobierno de los Estados Unidos considera una “felonía agravada”, usted no es elegible para un permiso de trabajo como solicitante de asilo. Si tiene preguntas sobre una condena criminal o su elegibilidad para solicitar un permiso de trabajo, tal vez quiere consultar con un abogado. Encuentre ayuda legal aquí.

¿Cuánto cuesta solicitar un permiso de trabajo inicial como solicitante de asilo?

Nada! Si está solicitando su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, no pague ninguna tarifa ni haga una solicitud para eliminar la tarifa (llamada un “fee waiver” en inglés). La tarifa de presentación no le aplica a las personas que están solicitando sus primeros permisos de trabajo. Tampoco necesita pagar ninguna tarifa biométrica.

¿Cómo preparo mi solicitud de permiso de trabajo?

Hay tres maneras de solicitar su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo.

  1. Puede usar la solicitud en línea de USCIS. Para la mayoría de los solicitantes de asilo, ¡esta es la mejor opción y la más rápida! Usted debería recibir un aviso de recibo automático, y su solicitud de permiso de trabajo usualmente se procesa más rápidamente. Vea este video y lea esta guía.

  2. Puede completar el Formulario I-765 y subirlo en línea. Lea las instrucciones abajo o vea este video. También puede ver este ejemplo de paquete de solicitud.

  3. Puede completar el Formulario I-765 y entregarlo por correo. Lea las instrucciones abajo o vea este video. También puede ver este ejemplo de paquete de solicitud.

Ojo: si usted está solicitando un tipo de permiso de trabajo diferente (no como solicitante de asilo), es posible que no pueda entregar una solicitud en línea usando las primeras dos opciones. Las opciones en línea solo están disponibles para ciertos tipos de permisos de trabajo, incluyendo los permisos de trabajo basados en la solicitud de asilo, permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole”) y Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés). Puede ver este sitio web de USCIS para ver si puede entregar su solicitud en línea.

¿Cómo puedo solicitar mi permiso de trabajo inicial EN LÍNEA?

Si usted tiene una solicitud de asilo pendiente, puede solicitar su primer permiso de trabajo en línea utilizando el formulario en línea de USCIS. Para obtener instrucciones detalladas, vea este video o lea esta guía. Las reglas sobre quién puede entregar una solicitud en línea son las mismas que para entregar una solicitud por correo.

Para la mayoría de las personas, entregar la solicitud en línea con USCIS es la mejor opción y la más rápida. Usted debería recibir un aviso de recibo automático, y su solicitud de permiso de trabajo usualmente se procesa más rápido.

Sin embargo, si usted está solicitando un tipo de permiso de trabajo diferente (no como solicitante de asilo), es posible que no pueda entregar una solicitud en línea. La opción en línea solo está disponible para ciertos tipos de permisos de trabajo. Puede ver este sitio web de USCIS para ver si puede entregar su solicitud en línea.

¿Cómo puedo solicitar mi permiso de trabajo inicial por CORREO o subiendo un PDF?

Si usted tiene una solicitud de asilo pendiente, puede solicitar su primer permiso de trabajo llenando el Formulario I-765 y luego enviando el formulario por correo o subiendo un PDF (documento electrónico) al sitio web de USCIS. Para obtener instrucciones detalladas, lea más abajo, vea este video y vea este ejemplo de paquete de solicitud. Vea también las reglas sobre quién puede entregar una solicitud.

OJO: Para la mayoría de las personas, es más rápido entregar una solicitud a través de la solicitud en línea estándar de USCIS (en lugar de completar el Formulario I-765 y enviarlo por correo o subiendo un PDF). Si desea utilizar el formulario de la solicitud en línea, vea esta guía.

Estas son las partes de su paquete de solicitud entregada por correo o PDF como solicitante de asilo, en orden:

  • Formulario G-1145 (opcional si está entregando la solicitud por correo). Si lo desea, puede incluir el Formulario G-1145 para recibir avisos sobre su solicitud por mensaje de texto o correo electrónico. Si usted está subiendo el Formulario I-765 en línea, esto no es necesario.

  • Formulario I-765. La primera parte de su paquete de solicitud después del Formulario G-1145 debe ser su Formulario I-765 completado. El formulario está en inglés y se tiene que completar en inglés.

    • Puede descargar la versión más reciente de la solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765) en esta página web de USCIS.

    • Si usted está solicitando su permiso de trabajo basado en su solicitud de asilo pendiente, su “categoría de elegibilidad” en este formulario es “(c)(8)”.

    • Si este será su primer permiso de trabajo en la categoría (c)(8), usted debería marcar “initial permission to accept employment” (en español, significa “permiso inicial para aceptar empleo”) en el Formulario I-765 – incluso si ya tiene un permiso de trabajo en otra categoría, como parole o TPS. No tiene que pagar una tarifa de presentación al gobierno para su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo.

    • Si una pregunta no le aplica a usted, escriba “N/A”.

  • Si usted está solicitando renovar un permiso de trabajo que ya tiene, asegúrese de marcar la casilla 1.c. en el Formulario I-765 e incluya una copia de su permiso de trabajo anterior.

  • Requisito de fotografía.

    • Si está entregando su solicitud por correo, necesitará obtener 2 fotos tamaño pasaporte y escriba su nombre y su número A con lápiz en la parte posterior de las fotografías. Adjunte las fotos en la esquina superior derecha de la primera página del Formulario I-765. Por ejemplo, use un clip o coloque las fotos en una pequeña bolsa de plástico y engrápela al formulario.

    • Si usted está subiendo la solicitud en línea, en la sección llamada “Evidence” (“Pruebas”), debe subir una foto digital que cumpla con los requisitos para una foto de pasaporte. Puede intentar tomar una foto con su teléfono, siguiendo cuidadosamente las instrucciones de formato de la foto. Conseguir una foto que cumpla con todos los requisitos puede ser difícil. Si tiene problemas, puede descargar una aplicación en su teléfono para fotos de pasaporte o ir a una farmacia y pagar por una foto de pasaporte.

  • Una copia de su pasaporte u otra identificación del gobierno (“ID”) con foto en inglés. Si el pasaporte o la identificación del gobierno no está en inglés, incluya una traducción de la identificación y un Certificado de Traducción. Si está renovando su permiso de trabajo, incluya una imagen de su tarjeta de permiso de trabajo (la parte de enfrente y de atrás).

  • Si es posible, pruebas de haber entregado su solicitud de asilo. Por ejemplo, puede enviar un aviso de recibo de USCIS, la primera página sellada de su solicitud I-589 o una copia del aviso de su próxima audiencia en la corte de inmigración.

  • Sí usted incluyó a su esposo/a o hijo/a en su solicitud de asilo, debe entregar una solicitud de permiso de trabajo por separado para cada miembro de la familia. La solicitud de su familiar debería incluir cada documento indicado anteriormente (con sus propias fotografías e identificación del gobierno), y también:

    • Una copia de las primeras 3 páginas de su solicitud de asilo (Formulario I-589), para demostrar que incluyó al familiar.

    • Una copia de un documento que demuestre su relación familiar, como un certificado de matrimonio o un certificado de nacimiento. Si el documento no está en inglés, deberá ser traducido e incluir un Certificado de Traducción.

    • Otra prueba de que usted y su familiar son parte del mismo caso, como una copia del aviso de audiencia para la corte de inmigración en el que estén escritos sus nombres juntos, o el aviso de recibo de la solicitud para asilo de USCIS.

    • Los paquetes de solicitud de permiso de trabajo para todos los miembros de la familia se pueden enviar por correo en el mismo sobre. Pero debería separarlos con bandas de goma o clips. También puede agregar una hoja de papel encima de cada paquete de solicitud que diga en inglés, por ejemplo, “Family Member 1” (en español significa “familiar 1”) y “Family Member 2” (en español significa “familiar 2”).

¡Vea este ejemplo de paquete de solicitud!

Además, haga clic aquí para ver una traducción al español de una versión anterior de la solicitud de permiso de trabajo. Solo debería utilizar esta traducción como guía. Asegúrese de no enviar la versión en español del formulario, porque el gobierno solo aceptará el formulario en inglés.

¿Dónde entrego el paquete de mi solicitud de permiso de trabajo?

Hay dos opciones para cómo entregar el paquete de su solicitud: en línea o por correo. Si entrega su solicitud en línea, probablemente recibirá su aviso de recibo más rápidamente.

Opción 1: Puede entregar su solicitud de permiso de trabajo a USCIS en línea. Para obtener más información, por favor vea la guía de ASAP sobre la solicitud de permiso de trabajo en línea.

Opción 2: Puede entregar su solicitud de permiso de trabajo a USCIS por correo, FedEx, UPS, o DHL.

  • Haga clic aquí para ver dónde enviar su solicitud por correo. Si usted está solicitando un permiso de trabajo basado en su solicitud de asilo pendiente, primero vaya a la parte del menú que dice “Asilados/Refugiados y sus Cónyuges e Hijos” y haga clic. Luego, debajo de eso, busque las direcciones indicadas para la categoría “(c)(8)”. Estas direcciones pueden cambiar, así que asegúrese de consultar el sitio web de USCIS para obtener las direcciones de correo e instrucciones más actualizadas.

  • Si utiliza FedEx, UPS o DHL para enviar su solicitud, asegúrese de incluir la línea que dice “Attn: I-765 C08 (650888)” en la dirección. Si no incluye esta línea, el gobierno podría retrasar su solicitud.

  • Si es posible, obtenga un número de rastreo o seguimiento para su aplicación y guárdelo. Lo necesitará si el gobierno retrasa su solicitud.

  • Si puede, haga una copia de todo lo que usted envíe y guarde la copia en sus archivos.

¿Cómo puedo solicitar un permiso de trabajo para mi esposo/a o hijo/a?

Puede solicitar un permiso de trabajo para su esposo/a o sus hijos si ellos están incluidos en la solicitud de asilo de usted o si ellos tienen sus propias solicitudes de asilo. De cualquier manera, cada persona que quiera un permiso de trabajo debe entregar su propia solicitud de permiso de trabajo por separado. Para la presentación en línea, cada persona también debería tener su propia cuenta en línea de USCIS.

Si usted incluyó a su esposo/a o hijo/a como parte de su solicitud de asilo, debería agregar documentos adicionales al paquete de solicitud de permiso de trabajo de ellos para mostrar su relación familiar. Si su esposo/a o hijo/a entregaron sus propias solicitudes de asilo, no es necesario que ellos incluyan los documentos adicionales. Vea estas instrucciones para obtener más detalles.

¿Por qué se querría solicitar un permiso de trabajo para un hijo/a? Muchos padres quieren solicitar permisos de trabajo para sus hijos porque les proporciona una forma de identificación del gobierno de los Estados Unidos. Solicitar un permiso de trabajo también permite que los niños reciban un número de seguro social, lo que puede significar acceso a beneficios gubernamentales como el Crédito Tributario por Hijos.

¿Cuánto tiempo tomará obtener una respuesta después de entregar mi solicitud de permiso de trabajo inicial?

Si usted está solicitando su primer permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo, USCIS debe procesar su solicitud dentro de 30 días. USCIS debe enviarle una decisión por correo. Sin embargo, el gobierno está atrasado en procesar algunos permisos de trabajo iniciales de los solicitantes de asilo. Si usted no recibe una decisión de USCIS dentro de los 30 días, aprenda sobre los pasos que puede tomar.

Puede revisar el estatus de su solicitud ingresando el número de recibo en este sitio web de USCIS.

También puede obtener un tiempo estimado de procesamiento para su solicitud de permiso de trabajo a través de una cuenta de USCIS en línea (en inglés).

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo por correo, primero espere a que USCIS le envíe un aviso de recibo y un código de acceso en línea. Luego, inicie sesión en su cuenta en línea existente de USCIS o cree una cuenta nueva. Luego, puede conectar la solicitud a su cuenta en línea usando su número de recibo y código de acceso en línea.

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo en línea, la solicitud ya debería aparecer en su cuenta en línea.

Unos días después de que su solicitud de permiso de trabajo aparezca en su cuenta en línea, debería ver una pestaña llamada “myProgress” debajo de su solicitud. Haga clic en la pestaña “myProgress” para ver el tiempo estimado restante en su caso. (Nota: es posible que el tiempo estimado no sea exacto).

¿Cómo reviso el estatus de mi solicitud de permiso de trabajo?

Puede usar la herramienta en línea de USCIS para ver el estatus de su solicitud en este sitio web de USCIS. Vea este volante informativo para obtener instrucciones detalladas. También puede llamar a USCIS al 1-800-375-5283. A veces se puede conectar con un representante diciendo “Info Pass” en voz alta y fuerte cuando le pregunta de qué se trata su llamada.

También puede obtener un tiempo estimado de procesamiento para su solicitud de permiso de trabajo a través de una cuenta de USCIS en línea (en inglés).

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo por correo, primero espere a que USCIS le envíe un aviso de recibo y un código de acceso en línea. Luego, inicie sesión en su cuenta en línea existente de USCIS o cree una cuenta nueva. Luego, puede conectar la solicitud a su cuenta en línea usando su número de recibo y código de acceso en línea.

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo en línea, la solicitud ya debería aparecer en su cuenta en línea.

Unos días después de que su solicitud de permiso de trabajo aparezca en su cuenta en línea, debería ver una pestaña llamada “myProgress” debajo de su solicitud. Haga clic en la pestaña “myProgress” para ver el tiempo estimado restante en su caso. (Nota: es posible que el tiempo estimado no sea exacto).

Recibí una decisión para mi solicitud de permiso de trabajo. ¿Qué pasa después?

Si su solicitud de permiso de trabajo es aprobada, ¡felicidades! Usted debería de recibir su tarjeta de permiso de trabajo por correo pronto. Puede revisar la fecha de vencimiento en su tarjeta para saber por cuánto tiempo es válido su permiso, y entregar una solicitud de renovación antes de que se venza. Si usted pidió un número de seguro social, es posible que reciba una tarjeta de seguro social por separado por correo. Si no la recibe, lea sobre lo que puede hacer.

Si USCIS niega su solicitud de permiso de trabajo, lo sentimos mucho. Lea sobre algunos posibles problemas y lo que puede hacer.

¿Cómo puedo saber cuándo puedo solicitar mi primer permiso de trabajo? ¿Cuántos días necesito en mi reloj de asilo?

En general, puede solicitar un permiso de trabajo después de haber pasado 150 días o más desde que presentó una solicitud de asilo (el formulario I-589) a USCIS o a la corte de inmigración. Puede recibir su permiso de trabajo después de haber pasado 180 días desde que presentó su solicitud de asilo. El “reloj de asilo” cuenta el número de días que han pasado desde que usted entregó su solicitud de asilo.

Si envió su solicitud de asilo a USCIS, puede revisar su aviso de recibo para saber la fecha en que USCIS recibió su solicitud de asilo. Luego, agregue 150 días para saber la fecha en que puede solicitar un permiso de trabajo. (Por ejemplo, si su solicitud de asilo se recibió el 1 de septiembre de 2021, puede buscar en Google “150 días después del 1 de septiembre de 2021” para saber que puede solicitar un permiso de trabajo a partir del 29 de enero de 2022).

Si envió su solicitud de asilo a la corte de inmigración, puede llamar a la línea directa de la corte para saber cuántos días hay en su “reloj” de asilo. Llame a la corte al 1-800-898-7180, marque la opción 2 para recibir instrucciones en español, marque su número A, marque 1 para confirmar su número A, marque 1 para confirmar su nombre y luego marque 2 para escuchar cuántos días hay en su reloj. Este volante informativo explica con más detalle cómo llamar a la línea directa de la corte de inmigración.

Si llama a la corte de inmigración y la cantidad de días no le parece correcta, o la línea dice que “no hay reloj”, lea sobre los pasos que puede tomar.

Si tiene preguntas sobre su elegibilidad para solicitar un permiso de trabajo, tal vez quiere consultar con un abogado. Encuentre ayuda legal aquí. Además, si cree que probablemente sea elegible para un permiso de trabajo como solicitante de asilo, pero no está 100 por ciento seguro, no hace daño intentar solicitar un permiso de trabajo. Lo peor que puede suceder es que el gobierno denegará su solicitud de permiso de trabajo, pero usted siempre puede volver a solicitar un permiso nuevamente si es elegible más adelante. Como solicitante de asilo, no pagará ninguna tarifa con su solicitud para su primer permiso de trabajo, y el gobierno deberá procesar su solicitud dentro de 30 días.

Tengo un permiso de trabajo basado en parole. ¿También puedo solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo?

Sí. Si usted tiene un permiso de trabajo basado en parole (categoría C11), usted también puede solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo (categoría C08). Para solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo, necesita entregar una solicitud de asilo y luego esperar 150 días. NO necesita esperar a que su permiso de trabajo por parole se venza.

Puede seguir estas instrucciones para solicitar un permiso de trabajo como solicitante de asilo.

Si usted tiene otro permiso de trabajo pero este es su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, usted debería marcar que está solicitando “initial permission to accept employment” (en español, significa “permiso inicial para aceptar empleo”) en la solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765). Esto se debe a que este nuevo permiso de trabajo será de una categoría diferente que su permiso de trabajo por parole. No tiene que pagar una tarifa de presentación para solicitar su primer permiso de trabajo basado en asilo.

Si usted no ha solicitado asilo pero lo está considerando, puede leer sobre la decisión de solicitar asilo.

También puede obtener más información sobre los permisos de trabajo por parole.

¿Puede ASAP ayudarme a completar mi solicitud de permiso de trabajo?

Desafortunadamente, ASAP no tiene la capacidad para ayudar con las solicitudes de permiso de trabajo en este momento. Puede buscar asesoramiento legal en nuestra página para buscar ayuda.

También puede completar y enviar el formulario sin abogado. ¡Vea arriba para obtener información sobre cómo completar la solicitud de permiso de trabajo por su propia cuenta!

Renovando un permiso de trabajo como solicitante de asilo

Si usted solicita renovar su permiso de trabajo el mismo día o antes de la fecha de vencimiento en su tarjeta de permiso de trabajo actual, su permiso de trabajo es automáticamente extendido. Recomendamos que entregue su solicitud de renovación al menos 90 días antes de que se venza su permiso de trabajo actual. Si su renovación es aprobada, USCIS debería enviarle un nuevo permiso de trabajo que es válido por 5 años.

OJO: Si usted ya tiene un permiso de trabajo en otra categoría, como parole o TPS, pero ahora desea solicitar su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo, usted puede solicitar un permiso de trabajo inicial gratis para asilo en lugar de solicitar una renovación y pagar una tarifa.

Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para obtener más información sobre renovaciones de permiso de trabajo.

¿Cuándo debería solicitar la renovación de mi permiso de trabajo como solicitante de asilo?

Lo más importante es solicitar la renovación de su permiso de trabajo con bastante tiempo antes de la fecha de vencimiento escrita en su tarjeta de permiso de trabajo actual. Si USCIS recibe su solicitud de renovación de permiso de trabajo antes de la fecha de vencimiento, su permiso de trabajo actual será extendido automáticamente por 540 días. Aprenda más sobre la extensión de permiso de trabajo aquí.

Usted puede entregar su solicitud de renovación de permiso de trabajo basado en su solicitud de asilo en cualquier momento antes de que su permiso de trabajo actual se venza. Según el gobierno, los solicitantes de asilo deberían solicitar la renovación de su permiso de trabajo al menos 90 días antes de que se venza su permiso de trabajo actual.

Si usted planea entregar su solicitud de renovación de permiso de trabajo por correo, asegúrese de que sea enviada a USCIS con suficiente tiempo antes de la fecha de vencimiento en su tarjeta de permiso de trabajo actual. De esta manera, incluso si hay retrasos con el correo, USCIS aún debería recibir su solicitud de renovación antes de la fecha de vencimiento y usted podrá recibir la extensión. Encuentre más consejos sobre el envío de documentos aquí.

Si usted planea entregar su solicitud de renovación de permiso de trabajo en línea, asegúrese de entregar su solicitud el mismo día o antes de la fecha de vencimiento en su tarjeta de permiso de trabajo actual para recibir la extensión.

¿Cómo renuevo mi permiso de trabajo como solicitante de asilo?

La forma de renovar su permiso de trabajo es similar a la forma en que solicitó su primer permiso de trabajo. La principal diferencia es que debe pagar una tarifa. La tarifa de renovación es de $470 si entrega la solicitud en línea o $520 si entrega la solicitud por correo. Si usted no puede pagar la tarifa, puede entregar una solicitud para eliminar la tarifa.

Hay tres formas de renovar su permiso de trabajo:

1. Puede usar la solicitud en línea de USCIS. Para la mayoría de las personas, esta es la mejor opción y la más rápida. Sin embargo, no se puede hacer una solicitud para eliminar la tarifa a través de la solicitud estándar en línea.

  • Vea este video o siga las instrucciones aquí. Usted también debería:

  • Seleccionar “Renewal of my permission to accept employment” (“Renovación de mi permiso para aceptar empleo”) cuando responda a la pregunta “What is your reason for applying?” (“¿Cuál es su razón para aplicar?”)

  • Si usted ya tiene una tarjeta de Seguro Social, seleccione “No” para la pregunta “Do you want the SSA to issue you a Social Security card?” (“¿Desea que la Administración de Seguro Social le emita una tarjeta de Seguro Social?”). Usted  no necesita una nueva tarjeta de Seguro Social a menos que haya perdido la anterior y necesite un reemplazo.

  • Incluir una imagen de su tarjeta de permiso de trabajo actual (la parte de enfrente y de atrás) en la sección llamada “Evidence” (Pruebas).

  • Puede pagar la tarifa de presentación ($470) proporcionando la información de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria de los Estados Unidos al final de la solicitud en línea.

2. Puede completar el Formulario I-765 y subirlo en línea. Esta es una buena opción si usted no puede pagar la tarifa de presentación y desea entregar una solicitud para eliminar la tarifa. Es probable que esta opción sea más lenta que la solicitud estándar en línea, pero más rápida que hacerlo por correo.

  • Vea este video o siga las instrucciones aquí. Usted también debería:

  • Marcar la casilla 1.c. en el Formulario I-765, para “Renewal of my permission to accept employment.” (“Renovación de mi permiso para aceptar empleo”).

  • Si ya tiene una tarjeta de Seguro Social, marque “No” en la Pregunta 14 del Formulario I-765 y pase a la Pregunta 18 de ese formulario. Usted no necesita una nueva tarjeta de Seguro Social a menos que haya perdido la anterior y necesite un reemplazo.

  • Incluir una copia de su tarjeta de permiso de trabajo actual (la parte de enfrente y de atrás).

  • Pagar la tarifa de presentación ($470) proporcionando la información de su tarjeta de crédito o cuenta bancaria en los Estados Unidos, o incluir una solicitud para eliminar la tarifa.

3. Puede completar el Formulario I-765 y entregarlo por correo. Es probable que esta sea la opción más lenta. Podría tener sentido si desea hacer una solicitud para eliminar la tarifa y no quiere usar el sistema en línea.

  • Vea este video o siga las instrucciones aquí. Usted también debería:

  • Marcar la casilla 1.c. en el Formulario I-765, para “Renewal of my permission to accept employment.” (“Renovación de mi permiso para aceptar empleo”).

  • Si ya tiene una tarjeta de Seguro Social, marque “No” en la Pregunta 14 del Formulario I-765 y pase a la Pregunta 18 de ese formulario. Usted no necesita una nueva tarjeta de Seguro Social a menos que haya perdido la anterior y necesite un reemplazo.

  • Incluir una copia de su tarjeta de permiso de trabajo actual (la parte de enfrente y de atrás).

  • Incluir el pago de la tarifa ($520 cuando se entrega por correo) o una solicitud para eliminar la tarifa.

¿Puedo solicitar la renovación de mi permiso de trabajo en línea?

¡Sí! Si usted tiene una solicitud de asilo pendiente, usted puede solicitar la renovación de su permiso de trabajo en línea. Las reglas sobre quién puede entregar una solicitud son las mismas que para enviar una solicitud por correo. Para obtener más información, por favor vea la guía de ASAP sobre la solicitud de permiso de trabajo en línea.

¿Cuánto cuesta renovar un permiso de trabajo como solicitante de asilo?

A partir del 1 de abril de 2024, la tarifa de renovación es de $470 si entrega la solicitud en línea o de $520 si la entrega por correo. No necesita pagar una tarifa adicional por una cita biométrica (cita de huellas).

Cuando entregue su solicitud de renovación de permiso de trabajo, usted debe pagar la tarifa o hacer una solicitud para eliminar la tarifa.

Si está entregando su renovación de permiso de trabajo en línea: usted puede pagar la tarifa de presentación proporcionando la información de su tarjeta de crédito o de su cuenta bancaria de los Estados Unidos al final de la solicitud en línea.

Si está entregando su renovación de permiso de trabajo por correo, hay varias formas de pagar la tarifa de presentación:

  • Giro Postal. Usted puede comprar un giro postal (“money order”, en inglés) en una oficina de correos, un banco y algunas tiendas. Haga el giro postal a nombre de “U.S. Department of Homeland Security” (en español significa “Departamento de Seguridad Nacional de los EE.UU.”). Escriba su número A (por ejemplo, A# 000-000-000) en alguna parte del giro postal. Incluya el giro postal encima de su solicitud de renovación.

  • Cheque. Haga el cheque a nombre de “U.S. Department of Homeland Security” (en español significa “Departamento de Seguridad Nacional de los EE.UU.”). Escriba su número A (por ejemplo, A# 000-000-000) en alguna parte del cheque. Incluya el cheque encima de su solicitud de renovación.

  • Tarjeta de Crédito. Para pagar con tarjeta de crédito, llene el Formulario G-1450. Incluya el formulario encima de su solicitud de renovación.

  • También puede ver este video de USCIS para obtener más información sobre cómo pagar la tarifa de presentación si envía su renovación de permiso de trabajo por correo.

Si no puede pagar la tarifa y desea hacer una solicitud para eliminar la tarifa, siga las instrucciones aquí.

¿Qué puedo hacer si no puedo pagar la tarifa de renovación del permiso de trabajo?

Si usted está solicitando un permiso de trabajo que tiene una tarifa y no puede pagarla, puede hacer una solicitud para eliminar la tarifa. Solo algunas solicitudes de permiso de trabajo tienen una tarifa. ¡Los permisos de trabajo iniciales para solicitantes de asilo NO tienen tarifa! Ejemplos de permisos de trabajo con tarifas son las solicitudes de renovación de permiso de trabajo para solicitantes de asilo y las solicitudes iniciales y de renovación de permisos de trabajo basadas en parole (permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos).

Qué debería saber antes de decidir hacer una solicitud para eliminar la tarifa:

  • Si usted hace una solicitud para eliminar la tarifa, no puede usar la solicitud de permiso de trabajo estándar en línea. En su lugar, debe completar el Formulario I-765 y subir un PDF (documento electrónico) del formulario en su cuenta en línea de USCIS o enviar el formulario por correo. Vea los pasos abajo.

  • Usualmente, USCIS tarda más en procesar las solicitudes de permiso de trabajo que incluyen solicitudes para eliminar la tarifa.

  • Si USCIS aprueba su solicitud para eliminar la tarifa, usted no deberá pagar la tarifa y USCIS le enviará un aviso de recibo. Pero si USCIS rechaza su solicitud para eliminar la tarifa, USCIS también rechazará su solicitud de permiso de trabajo. Usted después deberá entregar una nueva solicitud de permiso de trabajo e incluir la tarifa.

  • Si usted es un solicitante de asilo renovando su permiso de trabajo, le recomendamos que entregue su solicitud al menos 6 meses antes de la fecha de vencimiento de su permiso de trabajo actual. De esta forma, si su solicitud para eliminar la tarifa es rechazada, usted tendrá tiempo para volver a entregar la solicitud de permiso de trabajo antes de que se venza su permiso de trabajo, y aún puede recibir una extensión automática de 540 días.

Pasos para solicitar un permiso de trabajo con una solicitud para eliminar la tarifa:

Prepare el formulario de la solicitud para eliminar la tarifa (Formulario I-912).

  • Descargue el Formulario I-912.

  • Llene las respuestas en inglés a las preguntas.

  • Firme y escriba la fecha en el formulario a mano con tinta negra.

  • Incluya pruebas de su situación financiera para demostrar que no puede pagar la tarifa. Por ejemplo, puede incluir una copia de su declaración de impuestos, recibos de sueldo, estados de cuenta bancarios, facturas y recibos. También puede incluir pruebas de que usted o sus familiares reciben asistencia del gobierno basada en ingresos, como cupones de alimentos o Medicaid.

  • Puede encontrar más información sobre las solicitudes para eliminar la tarifa en este sitio web de USCIS.

Prepare el formulario de la solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765).

  • Si usted está solicitando eliminar la tarifa, no puede usar la solicitud de permiso de trabajo estándar en línea. En su lugar, debe completar el Formulario I-765 y subir un PDF del formulario en su cuenta en línea de USCIS o enviar el formulario por correo.

  • Puede ver este video y seguir las instrucciones aquí.

  • Firme y escriba la fecha en el formulario a mano con tinta negra.

Entregue su paquete de solicitud – por correo o subiendo PDFs en línea.

Opción 1: Subir PDF en línea

  1. Inicie sesión o cree una cuenta en línea de USCIS.

  2. Si usted está usando un teléfono, haga clic en “Menú” en la esquina superior derecha, haga clic en “Account actions” (“Acciones de la cuenta”) y luego haga clic en “File a form online” (“Entregar un formulario en línea”). Si está usando una computadora, haga clic en “My account” (“Mi cuenta”) en la esquina superior derecha y luego haga clic en “File a form online” (“Entregar un formulario en línea”).

  3. Luego, seleccione “I-765, Application for Employment Authorization” (“I-765, Solicitud de Autorización de Empleo”) en el menú desplegable. Luego, haga clic en “Start form” (“Comenzar formulario”).

  4. Elija su categoría. Si está solicitando renovar un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo pendiente, elija “(c)(8) Pending Asylum and Withholding of Removal Applicants and Applicants for Asylum under the ABC Settlement Agreement”. Si está solicitando un permiso de trabajo basado en el parole, elija “(c)(11) Parole”.

  5. Luego, verá dos opciones: “Fill Out Form Fields Online” (“Llenar campos del formulario en línea”) y “Upload a Filled Out PDF Form” (“Subir un formulario PDF completado”). Elija la segunda opción, “Upload a Filled Out PDF Form”.

  6. Para la pregunta “Are you able to pay the filing fee?” (“¿Puede pagar la tarifa de presentación?”), haga clic en “No”. Aparecerá una nueva sección que dice “Upload your fee waiver request” (“Subir su solicitud para eliminar la tarifa”). Escanee y suba su solicitud para eliminar la tarifa (Formulario I-912) aquí. El sitio web confirmará que está entregando el Formulario I-912 y que firmó su formulario. Si tiene problemas, intente escanear y subir el formulario nuevamente. También puede reportar problemas técnicos a USCIS aquí (en inglés).

  7. Después de que suba la solicitud para eliminar la tarifa, aparecerá una nueva sección al final que dice “Upload Mandatory Supporting Documents for your Fee Waiver Request” (“Subir documentos de soporte obligatorios para su solicitud para eliminar la tarifa”). Escanee y suba pruebas sobre su situación financiera aquí. Puede subir varios documentos.

  8. En la siguiente sección llamada “Upload PDF” (“Subir PDF”), escanee y suba su solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765). El sitio web verificará que esté entregando todas las páginas del Formulario I-765.

  9. Luego, en la sección llamada “Evidence” (“Pruebas”), escanee y suba pruebas para su solicitud de permiso de trabajo. Puede encontrar más información sobre la sección de pruebas aquí.

  10. En la sección llamada “Review & Submit” (“Revisar y Entregar”), es posible que vea algunas alertas sobre correcciones que necesita hacer antes de entregar su solicitud. Corrija los errores, revise su solicitud cuidadosamente y entregela.

  11. Después de entregar su solicitud de asilo, revise su cuenta de USCIS con frecuencia para recibir avisos importantes sobre el estatus de su solicitud.

Opción 2: Enviar copias en papel por correo

  1. Imprima su solicitud para eliminar la tarifa (Formulario I-912) completa, su solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765) y todas las pruebas que ha reunido. Asegúrese de que haya firmado y escrito la fecha en ambos formularios a mano con tinta negra. Haga una copia extra de ambos formularios para sus propios archivos.

  2. Si usted quiere, también puede llenar e imprimir el Formulario G-1145 para recibir avisos sobre su solicitud por mensaje de texto o correo electrónico.

  3. Coloque una banda elástica o un clip alrededor de todas las páginas de los formularios y documentos completos. Coloque el paquete en un sobre.

  4. Haga clic aquí para encontrar la dirección de donde envíar su solicitud. Por ejemplo, si está solicitando renovar su permiso de trabajo como solicitante de asilo, vaya hacia abajo en el menú y haga clic en “Asilados / Refugiados y sus Cónyuges e Hijos”. Luego, bajo esa sección, encuentre las direcciones para la categoría “(c)(8)”. Si está solicitando un permiso de trabajo basado en parole, vaya hacia abajo en el menú y haga clic en “Persona con Permiso de Permanencia Temporal”.

  5. Envíe el paquete por correo a esa dirección. Asegúrese de obtener un número de rastreo para que pueda confirmar la entrega.

¿Cuánto tiempo tardará para renovar mi permiso de trabajo?

Si usted ha solicitado un permiso de trabajo al menos 90 días antes de que se venza su permiso de trabajo actual, se supone que el gobierno debe tomar una decisión sobre su solicitud de renovación ANTES de que se venza su permiso de trabajo actual. Sin embargo, USCIS se demora en procesar muchas solicitudes de renovación de permisos de trabajo.

Puede revisar el estatus de su solicitud ingresando el número de recibo en este sitio web de USCIS. Vea este volante informativo para obtener instrucciones detalladas.

También puede obtener un tiempo estimado de procesamiento para su solicitud de permiso de trabajo a través de una cuenta de USCIS en línea.

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo por correo, primero espere a que USCIS le envíe un aviso de recibo y un código de acceso en línea. Luego, inicie sesión en su cuenta en línea existente de USCIS o cree una cuenta nueva. Luego, puede conectar la solicitud a su cuenta en línea usando su número de recibo y código de acceso en línea.

  • Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo en línea, la solicitud ya debería aparecer en su cuenta en línea.

Unos días después de que su solicitud de permiso de trabajo aparezca en su cuenta en línea, debería ver una pestaña llamada “myProgress” debajo de su solicitud. Haga clic en la pestaña “myProgress” para ver el tiempo estimado restante en su caso. (Nota: es posible que el tiempo estimado no sea exacto).

Mientras espera la renovación de su permiso de trabajo, ¡la buena noticia es que es posible que su permiso de trabajo actual sea automáticamente extendido! Obtenga más información sobre la extensión aquí.

¿Puedo seguir trabajando después de que se venza mi permiso de trabajo actual?

Sí, usted puede continuar trabajando si recibió una extensión automática de su permiso de trabajo. Si su permiso de trabajo está basado en una solicitud de asilo pendiente y USCIS recibe su solicitud de renovación de permiso de trabajo el mismo día o antes de la fecha de vencimiento en su tarjeta actual, su permiso de trabajo es automáticamente extendido por 540 días.

¿Cómo puedo obtener la extensión de 540 días como solicitante de asilo?

Para obtener la extensión de 540 días, USCIS debe recibir su solicitud de renovación del permiso de trabajo el mismo día o antes de la fecha de vencimiento escrita en su tarjeta de permiso de trabajo actual.

  • Si usted solicitó renovar su permiso de trabajo antes del 8 de abril de 2024, recibirá la extensión de 540 días siempre y cuando haya entregado la solicitud antes de que venciera su tarjeta actual. Esto es cierto aún si el aviso de recibo diga que el permiso de trabajo es extendido solo por 180 días. Según USCIS, puede mostrarle a su empleador su aviso de recibo y esta página web de USCIS (puede ver la página en español aquí) como prueba de la extensión de 540 días.

  • Si usted solicita renovar su permiso de trabajo el 8 de abril de 2024 o después, y antes de que venza su tarjeta actual, USCIS le enviará un aviso de recibo que dice que su permiso de trabajo es extendido automáticamente por 540 días.

Aprenda cómo entregar una solicitud de renovación de permiso de trabajo aquí.

¿Cuánto tiempo puedo trabajar después de la fecha de vencimiento original en mi tarjeta de permiso de trabajo?

Si USCIS recibe su solicitud de renovación de permiso de trabajo el mismo día o antes de la fecha de vencimiento, su permiso de trabajo actual es extendido automáticamente por 540 días después de la fecha de vencimiento, o hasta que usted reciba su nuevo permiso de trabajo.

Por ejemplo, si su tarjeta de permiso de trabajo tiene una fecha de vencimiento escrita de 1 de julio de 2025, USCIS debe recibir una solicitud para renovar su permiso de trabajo el 1 de julio de 2025 o antes.

Luego, usted puede buscar en google “540 días después del 1 de julio de 2025” para saber que puede seguir utilizando el permiso de trabajo hasta el 23 de diciembre de 2026, o usted hasta que reciba su nuevo permiso de trabajo. 

O puede usar la calculadora en esta página web de USCIS. Vaya hasta el final de la página donde dice “Calculador de Elegibilidad para Extensión Automática” y seleccione “C08 (Solicitud de Asilo en Trámite)” en el menú desplegable. Luego, seleccione “Sí” si su permiso de trabajo actual está bajo la categoría C08. Seleccione “Sí” nuevamente si usted solicitó renovar su permiso de trabajo después del 4 de mayo de 2022. Luego, puede ingresar la fecha de vencimiento escrita en su permiso de trabajo actual para ver su nueva fecha de vencimiento.

¿Cómo puedo mostrarle a mi jefe que mi permiso de trabajo ha sido extendido por 540 días?

Puede mostrarle a su empleador su aviso de recibo y esta página web de USCIS (puede ver la página en español aquí) para ayudarle a entender la extensión de 540 días. La página web de USCIS también está disponible en otros idiomas—puede encontrar enlaces de traducción cerca de la parte superior de la página.

  • Si usted solicitó un permiso de trabajo antes del 8 de abril de 2024, es posible que su aviso de recibo diga que su extensión es solo de 180 días. Sin embargo, según USCIS, usted puede utilizar este aviso de recibo como prueba de que su permiso de trabajo está extendido por 540 días. Puede mostrarle a su empleador el aviso de recibo y esta página web de USCIS (puede ver la página en español aquí).

  • Si usted solicita un permiso de trabajo después del 8 de abril de 2024, su aviso de recibo debería incluir información sobre la nueva extensión de 540 días.

¿Qué hago si mi jefe está confundido o tiene más preguntas sobre mi extensión de permiso de trabajo?

Su jefe o empleador puede utilizar el Calculador de Elegibilidad para Extensión Automática en esta página web de USCIS para ver su nueva fecha de vencimiento.

Si su jefe o empleador aún tiene preguntas sobre su extensión del permiso de trabajo, su jefe o empleador puede llamar a este número de teléfono de USCIS para empleadores, y un funcionario de USCIS debería responder a sus preguntas: 888-464-4218.

Si usted tiene preguntas sobre su extensión del permiso de trabajo, también puede llamar a este número de teléfono de USCIS, disponible en inglés y español: 888-897-7781.

Si su empleador todavía está confundido, usted o su empleador también pueden llamar a una oficina gubernamental llamada la Sección de Derechos de los Inmigrantes y Empleados de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia. Los números de teléfono son 1-800-255-8155 para empleadores y 1-800-255-7688 para empleados. Ambos números de teléfono pueden recibir llamadas en inglés y español.

Mi solicitud de permiso de trabajo no está basada en asilo. ¿La extensión aplica en mí caso?

Quizás. La extensión de 540 días aplica a varios tipos de permisos de trabajo, pero desafortunadamente no aplica a todos los tipos. Por ejemplo, la extensión aplica a personas que solicitaron renovaciones de permisos de trabajo basadas en:

  • una solicitud de asilo pendiente

  • haber ganado asilo

  • haber ganado la retención de deportación

  • Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés)

  • una solicitud pendiente de residencia permanente basada en familia o empleo

Puede visitar esta página web del gobierno para ver una lista completa de categorías de permisos de trabajo que son elegibles para la extensión.

¿Puedo usar esta extensión para renovar mi licencia de conducir?

¡Probablemente! La mayoría de los estados deberían aceptar esta extensión si usted muestra su tarjeta de permiso de trabajo y su aviso de recibo cuando vaya al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés). También puede mostrarles esta página web de USCIS que explica la extensión.

Sin embargo, cada estado de los Estados Unidos tiene reglas diferentes sobre las licencias de conducir para inmigrantes, y los miembros de ASAP a veces reportan que tienen experiencias diferentes incluso en diferentes oficinas del DMV en el mismo estado. Puede obtener más información sobre licencias de conducir aquí.

¿Qué puedo hacer si no recibí la extensión porque entregué mi solicitud de renovación después de que mi permiso de trabajo había expirado?

Si usted no recibió la extensión, o si usted necesita acelerar el procesamiento de su renovación por cualquier otra razón, puede hacer clic aquí para leer sobre los pasos que puede tomar. (Aunque la pregunta dice que se trata de permisos de trabajo que no son basados en el asilo, aún puede intentar los Pasos 1, 2, o 5 explicados en la respuesta).

Números de seguro social

Usted puede recibir un número de seguro social cuando sea aprobado para un permiso de trabajo. Usted puede trabajar legalmente con un permiso de trabajo y un número de seguro social. Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para obtener más información sobre los números de seguro social, incluidas las respuestas a algunos problemas comunes.

¿Qué es un número de seguro social?

Un número de seguro social es un número único que el gobierno de los Estados Unidos le asigna a una persona. Los números de seguro social están impresos en tarjetas de seguro social emitidas por la Administración del Seguro Social.

Si usted es un solicitante de asilo y aún no tiene un número de seguro social, puede recibir un número de seguro social cuando sea aprobado para su primer permiso de trabajo. Usted puede trabajar legalmente con un permiso de trabajo y un número de seguro social.

También puede usar el número de seguro social para declarar sus impuestos.

Cuando solicito un permiso de trabajo, ¿también puedo solicitar un número de seguro social?

Sí. Puede solicitar un número de seguro social cuando complete su solicitud de permiso de trabajo. Si usted está entregando su solicitud en línea, puede solicitar un número de seguro social en la sección “About You” en “Other Information”. Si usted está enviando su solicitud por correo, puede solicitar un número de seguro social en las preguntas 14 a 17 de su Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo).

En el pasado, los solicitantes de asilo que pedían un número de seguro social en su solicitud de permiso de trabajo recibían automáticamente una tarjeta de seguro social por correo. Sin embargo, informes de noticias dicen que el gobierno de los Estados Unidos ya no está enviando automáticamente las tarjetas de seguro social a muchos inmigrantes.

Si usted recibe su permiso de trabajo pero no recibe un número de seguro social, siga los pasos a continuación.

Recibí mi permiso de trabajo, pero todavía no he recibido mi tarjeta de seguro social. ¿Qué puedo hacer?

En el pasado, los inmigrantes recibían su tarjeta de seguro social por correo, generalmente dentro de una semana de recibir su tarjeta de permiso de trabajo. Sin embargo, informes de noticias han dicho que muchos inmigrantes ya no están recibiendo automáticamente sus números de seguro social.

Si usted recibió su permiso de trabajo pero no recibió una tarjeta de seguro social, estos son los pasos que puede tomar:

  1. Llame a la Administración del Seguro Social para programar una cita. Explique que recibió su permiso de trabajo pero no su tarjeta de seguro social, y pide una cita en persona para solicitar una tarjeta de seguro social.

    • Puede llamar al número nacional: 1-800-772-1213.

    • O puede llamar a su oficina local. Si ingresa su código postal en la caja de texto que dice “ZIP” en esta página web, debería mostrarle la oficina más cercana a usted.

    • También puede intentar ir a su oficina local sin una cita, pero podrían pedirle que haga una cita y regrese.

  2. Complete un formulario para solicitar una tarjeta de Seguro Social. Antes de su cita, puede comenzar la solicitud en línea (en inglés) o llenar e imprimir este formulario.

    • En el formulario en línea, puede seleccionar “I-766 Employment Authorization Document (EAD) Card” (I-766 Tarjeta de Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés)) en la página titulada “Evidence Documentation For You” (Documentación de evidencia para usted).

    • En el formulario en papel, puede marcar “Extranjero admitido legalmente con permiso para trabajar” en la sección de “Ciudadanía”.

  3. Lleve documentos importantes a su cita.

    • Necesitará llevar el formulario completo o comprobante de que solicitó su tarjeta de seguro social en línea, su permiso de trabajo y su pasaporte si lo tiene. También puede llevar su acta de nacimiento y otras identificaciones con foto emitidas por el gobierno.

Tengo una pregunta sobre los números de seguro social. ¿Qué puedo hacer?

Si usted tiene preguntas sobre los números de seguro social, puede llamar a la Administración de Seguro Social al 1-800-772-1213 o intente llamar a su oficina local. Para encontrar su oficina local, ingrese su código postal en la caja de texto que dice “ZIP” en esta página web de la Oficina de Seguro Social.

Es posible que no pueda resolver su problema por teléfono. En ese caso, puede pedir una cita. También puede intentar ir a su oficina local sin una cita, pero es posible que le pidan que haga una cita y regrese.  

Si usted necesita reemplazar o corregir su tarjeta de seguro social, también puede encontrar más información y el formulario haciendo clic en este formulario de la Oficina de Seguro Social.

Mi tarjeta de seguro social tiene un error. ¿Qué puedo hacer?

Si su tarjeta de seguro social tiene un error (como por ejemplo, la escritura incorrecta de su nombre), es importante corregir este error porque puede causar problemas cuando está solicitando un trabajo o una licencia de conducir.

Puede llamar al 800-772-1213 y pedir una cita de emergencia en persona. También puede intentar llamar a su oficina local. Para encontrar su oficina local, ingrese su código postal en la caja de texto que dice “ZIP” en esta página web de la Oficina de Seguro Social. Un código postal es el número de 5 dígitos al final de su dirección.

Cuando llame, debe informarle a su oficina local si necesita su tarjeta de seguro social para trabajar, para recibir algún beneficio, o para entregar sus impuestos. Además, si alguien en su oficina local trata de decirle que no necesita una cita de emergencia y que puede solucionar el problema por correo, usted puede explicar que bajo las reglas de la Administración del Seguro Social (explicadas en esta manual de reglamentos), se supone que nunca se le debe pedir que envíe por correo sus documentos de inmigración. Y por eso necesita una cita en persona. También puede intentar ir a su oficina local sin una cita, pero es posible que le pidan que haga una cita y regrese.

¿Puedo abrir una cuenta bancaria o una cuenta de crédito si tengo un caso de asilo pendiente?

Sí, usted puede abrir cuentas bancarias y cuentas de crédito si tiene un caso de asilo pendiente.

Retrasos, negaciones y otros problemas

Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para aprender qué puede hacer sobre los retrasos de los permisos de trabajo y otros problemas comunes. Si tiene más preguntas o si tiene un problema diferente, envíenos un correo electrónico a info@asylumadvocacy.org.

¿Qué pasos puedo tomar si he esperado más de 30 días para mi primer permiso de trabajo como solicitante de asilo?

Paso 1: Revisa si recibió un aviso de recibo.

  • Revisa si recibió un aviso de recibo de su solicitud de permiso de trabajo (vea ejemplos aquí si es por correo y aquí si es en línea).

  • Si NO ha recibido un aviso de recibo, lea sobre los pasos que puede tomar.

  • Sí SI ha recibido un aviso de recibo y ha estado esperando 30 días o más, puede tomar los pasos a continuación. Estos pasos son parte de un caso judicial llamado Rosario.

  • OJO: Si usted se encuentra en una de estas situaciones, vea más información: si es trabajador de la salud o del cuidado de niños, o si llego a los Estados Unidos a través de un programa de permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés) de CHNV, U4U o FRP.  

Paso 2: Contacte a USCIS.

Usted tiene 3 opciones diferentes para comunicarse con USCIS. Si una de las opciones no funciona para usted, intente con otra diferente.

Opción 1: Por Teléfono.

  • Llame al Centro de Contacto de USCIS al 1-800-375-5283.

  • Usted tendrá que proporcionar la siguiente información de su aviso de recibo de permiso de trabajo:

    • Número de recibo

    • Número A

    • La “fecha de recepción” (“Received Date” en inglés)

  • Oprima 2 para español o diga “español”. 

  • Puede que tenga que intentar varias veces para comunicarse con un representante desde el sistema automatizado. Decir “Infopass” cuando la máquina automatizada le pregunté “¿Cómo puedo ayudarle?” a veces lo conecta más rápido con un representante.

  • Una vez que se comunique con un representante, dígale que usted es un “miembro de la clase Rosario” porque su permiso de trabajo inicial bajo la categoría (c)(8) ha estado pendiente por más de 30 días.

  • Pídale al representante un número de solicitud de servicio (conocido como un “service request number”). A veces, los representantes de USCIS no querrán darle un número de solicitud de servicio, pero usted puede insistir de manera respetuosa. Anote su número de solicitud de servicio y guardelo.

Opción 2: Por Chat en Línea.

  • Visite https://www.uscis.gov/es.

  • En la esquina de abajo derecha de la página, haga clic en “¿Necesitas ayuda? Preguntale a Emma”. 

  • Cuando se abra la función de chat, escriba “chat en vivo”. Haga clic en “Español” cuando le pregunten “¿Le gustaría hablar con un representante en inglés o español”? Haga clic en “Sí” cuando le pregunten si tiene un caso archivado. Luego, ingrese el número de recibo de su aviso de recibo de permiso de trabajo.

  • Cuando le pregunten por qué desea hablar con un representante, puede escribir “Estatus de caso”.

  • Responda a las preguntas sobre su número de teléfono, recibir mensajes de texto, su código postal, si es miembro de las fuerzas armadas de los Estados Unidos, y su correo electrónico.

  • Marque la casilla “Acepto” si está de acuerdo con los términos y haga clic en “Iniciar chat”.

  • Una vez que se comunique con un representante, puede decirle que usted es miembro de la clase “Rosario” porque su permiso de trabajo inicial (c)(8) está tardando más de 30 días en procesarse.

  • Pida un número de solicitud de servicio. Anote su número de solicitud de servicio y guárdelo.

Opción 3: Por formulario de eRequest en línea. *Desafortunadamente, este servicio sólo está disponible en inglés y debería llenar el formulario en inglés. Sin embargo, puede seguir estas instrucciones para usar este servicio en línea.*

  • Vaya al sitio web de eRequest. En “Case outside normal processing time” (“Caso fuera del tiempo de procesamiento normal”), haga clic en “Submit Case Inquiry” (“Enviar Consulta de Caso”). Luego, llene la página siguiente con la información a continuación en inglés:

  • Receipt Number: ingrese el número de recibo de su aviso de recibo de permiso de trabajo (ejemplos aquí y aquí). El sistema debería completar automáticamente los campos “Date Filed” y “Form Number”. 

  • Form Sub Type: seleccione “I765 – Based on a pending asylum application [(c)(8)] – initial” (“I-765 – Basado en una solicitud de asilo pendiente [(c)(8)] – inicial”).

  • En “This form is completed by”, seleccione “Applicant or Petitioner” si usted está solicitando información sobre su propio caso, o “Parent or Legal Guardian” si usted está solicitando información sobre el caso de su hijo. 

  • Applicant or Petitioner Information: ingrese su correo electrónico, nombre, fecha de nacimiento, y número A, que también aparece en su aviso.

  • Last Action Taken on Case: esta pregunta le pide información sobre la última correspondencia o aviso que recibió de USCIS acerca de su solicitud de permiso de trabajo. Busque la “fecha de recepción” (“Received Date”) en su aviso de recibo de permiso de trabajo. Puede escribir, por ejemplo: “USCIS received my application and issued an I-797C Notice of Receipt on [fecha de recepción mes/día/año]. I am a member of the Rosario class because my initial (c)(8) Form I-765 has been pending for more than 30 days.” (“USCIS recibió mi solicitud y emitió un Aviso de Recibo I-797C el [fecha]. Soy miembro de la clase Rosario porque mi formulario I-765 inicial bajo (c)(8) ha estado pendiente por más de 30 días.”)

  • Mailing Address: ingrese la dirección donde recibe su correo.

  • Revise sus respuestas y haga clic en “Submit” (“Entregar”).

Paso 3: Espere 8 días y luego envíe un correo electrónico.

Después de haber contactado a USCIS, usted debería esperar al menos 8 días laborales (agregue 8 días de la fecha que contacto a USCIS, sin incluir fines de semanas y días festivos). Luego, si su solicitud aún no ha sido procesada, puede enviar un correo electrónico al Centro de Servicios de Texas (TSC, por su siglas en inglés) a tsc.classaction@uscis.dhs.gov. OJO: Recuerde que el correo electrónico debe ser escrito en inglés. Puede usar el Traductor de Google para escribir el correo electrónico, o pedirle a alguien que le ayude.

El correo electrónico debería incluir lo siguiente:

  • Línea de asunto: “Rosario Class Action” (en español significa “Acción de clase de Rosario”)

  • Envíe el correo electrónico a: tsc.classaction@uscis.dhs.gov Y asylumEAD@nwirp.org

  • En el correo electrónico, incluya:

  • su nombre

  • su número de solicitud de servicio del Paso 2 arriba

  • la fecha en que se comunicó con el Centro de Contacto de USCIS

  • el número de recibo de su aviso de recibo de permiso de trabajo

  • la fecha de recepción (“Received Date” en inglés) en su aviso de recibo de permiso de trabajo 

USCIS debería entonces procesar su solicitud de permiso de trabajo.

Paso 4: Si los pasos anteriores no funcionan, usted puede intentar pedir la ayuda de su congresista.

Si después de otra semana aún no recibe su permiso de trabajo, usted puede intentar pedir ayuda a su congresista (Representante o Senador). Es posible que ellos puedan ayudarle a que su solicitud de permiso de trabajo sea procesada más rápidamente. Para pedir ayuda de su congresista local, usted puede:

  • Encontrar su Representante aquí y su Senador aquí.

  • Visitar el sitio web del congresista o llamar a la oficina del congresista para entender cómo solicitar asistencia con su caso de inmigración. A veces, puede pedir ayuda a través del sitio web del congresista.

¿Qué puedo hacer si he esperado mucho tiempo para la renovación de mi permiso de trabajo como solicitante de asilo?

Sentimos mucho que usted aún no haya recibido su nuevo permiso de trabajo. Muchos miembros de ASAP han estado trabajando juntos para luchar contra este problema.

Si su permiso de trabajo está basado en una solicitud de asilo pendiente y usted entrega su solicitud de renovación de permiso de trabajo antes de la fecha de vencimiento, su permiso de trabajo es automáticamente extendido. Obtenga más información sobre la extensión automática aquí.

Si usted no recibió la extensión automática, o si usted necesita acelerar el procesamiento de su renovación por cualquier otra razón, puede hacer clic aquí para leer sobre los pasos que puede tomar. (Aunque la pregunta dice que se trata de permisos de trabajo que no se basan en el asilo, aún puede intentar los pasos explicados en la respuesta).

¿Qué puedo hacer si mi permiso de trabajo no está basado en asilo y llevo mucho tiempo esperando?

USCIS se demora en procesar muchos tipos de solicitudes de permisos de trabajo. A diferencia de las solicitudes iniciales de permisos de trabajo basadas en una solicitud de asilo pendiente (categoría (c)(8)), muchos otros tipos de permisos de trabajo no tienen un límite de tiempo para que el gobierno procese las solicitudes. Usted puede buscar los tiempos normales de procesamiento para su tipo de solicitud de permiso de trabajo visitando esta página web de USCIS.

Si su permiso de trabajo se demora, los pasos que puede seguir dependen de su situación:

  1. ¿Usted ha estado esperando su permiso de trabajo inicial o de renovación por más tiempo que el tiempo normal de procesamiento publicado en esta página web de USCIS? Usted puede llenar este formulario (en inglés) para preguntar sobre su caso.

  2. ¿Usted es un trabajador de la salud o del cuidado de niños? Es posible que usted pueda solicitar recibir su permiso de trabajo más rápido a través de un proceso separado.

  3. ¿Usted solicitó la renovación de un permiso de trabajo antes de que se expirara su permiso de trabajo actual? Es posible que su permiso de trabajo sea automáticamente extendido. Sin embargo, esta extensión solo le aplica a personas con ciertos tipos de permisos de trabajo. Por ejemplo, esto le aplica a los permisos de trabajo basados ​​en el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y la retención de deportación. Pero no le aplica a los permisos de trabajo basados ​​en un permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole”). Puede visitar esta página web de USCIS para ver una lista completa de las categorías de permisos de trabajo que son elegibles para la extensión y puede leer más sobre la política de extensión aquí.

  4. ¿Usted también solicitó asilo? Si usted solicitó asilo, también puede considerar solicitar un permiso de trabajo diferente basado en su solicitud de asilo. Es posible que usted pueda recibir un permiso de trabajo más rápido de esa manera. Por ejemplo, a partir de octubre de 2022, las solicitudes de permisos de trabajo basadas en solicitudes de asilo están siendo procesadas más rápidamente que las solicitudes de permisos de trabajo basadas en TPS.

  5. ¿Usted tiene alguna otra circunstancia especial, como por ejemplo, una enfermedad o emergencia? Es posible que pueda pedir que USCIS procese su permiso de trabajo más rápido. Estos son los pasos generales que puede tomar:

    • Llame al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283. Es posible que USCIS le pida que presente pruebas de sus circunstancias especiales. Puede encontrar más información sobre este proceso (llamado petición para “expeditar” su caso) en esta página web de USCIS.

    • Si llamar al Centro de Contacto de USCIS no resuelve el problema, también puede intentar pedirle ayuda a su congresista (Representante o Senador). Puede encontrar a su Representante aquí y a su Senador aquí. Cada congresista generalmente tiene un procedimiento diferente para pedir ayuda. Una vez que sepa quién es su congresista, puede ir al sitio web del congresista o llamar a la oficina del congresista para saber cómo pedir su asistencia con su caso de inmigración.

¿Qué puedo hacer si no recibí un aviso de recibo después de enviar mi solicitud de permiso de trabajo?

La forma en que recibe su aviso de recibo depende de si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo en línea o por correo.

  1. En línea 

Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo en línea, el aviso de recibo debería aparecer automáticamente en su cuenta de USCIS en línea dentro de un par de días. Debería ver una sección llamada “Documentos” debajo de su solicitud de permiso de trabajo. Haga clic en la sección llamada “Documentos” para encontrar su aviso de recibo. Si no ve un aviso de recibo dentro de un par de días, usted puede enviarle un mensaje a USCIS desde el buzón de su cuenta en línea.

  1. Por correo 

Si usted entregó su solicitud de permiso de trabajo por correo, debería recibir un aviso de recibo por correo dentro de 30 días. Si usted no ha recibido un aviso de recibo después de 30 días, lo primero que debería hacer es revisar si su solicitud de permiso de trabajo fue entregada a USCIS. Si tiene la información de rastreo del servicio de correo (por ejemplo, la oficina de correos, UPS o FedEx) que usó para enviar su solicitud de permiso de trabajo, debería rastrear el paquete. Guarde una captura de pantalla, tome una foto o imprima la página web que confirma la entrega.

Si su solicitud NO FUE entregada, puede comunicarse con el servicio de correo que usó (por ejemplo, la oficina de correos, UPS o FedEx). Si su paquete se perdió, es posible que tenga que volver a enviar su solicitud de permiso de trabajo.

Si su solicitud FUE entregada a USCIS y aún no ha recibido un aviso de recibo después de 30 días, puede intentar enviar un correo electrónico a USCIS a lockboxsupport@uscis.dhs.gov.

  • Si es la primera vez que solicita un permiso de trabajo, puede escribir en la línea de asunto del correo electrónico: “CASA/ASAP/Rosario”.

  • Si está solicitando la renovación de su permiso de trabajo, puede escribir en la línea de asunto del correo electrónico: “Missing receipt notice for I-765” (que en español significa: “aviso de recibo del I-765 no recibido”).

  • En el correo electrónico, debería incluir su nombre completo, número A, dirección postal, cualquier número de rastreo que tenga por haber enviado la solicitud, la fecha en que se entregó a USCIS si lo sabe, y una explicación que no ha recibido un aviso de recibo después de enviar su solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765). También puede adjuntar una captura de pantalla o una foto de la página web del servicio de correo que muestra que se entregó el paquete. El correo electrónico debe ser escrito en inglés. Puede usar el Traductor de Google para escribir el correo electrónico, o pedirle a alguien que le ayude.

¿Qué puedo hacer si me mudé después de presentar mi solicitud de permiso de trabajo?

Si tiene una solicitud pendiente con USCIS, es importante que actualice su dirección con USCIS para que usted reciba su tarjeta de permiso de trabajo en su nueva dirección.

Puede actualizar su dirección por internet usando este formulario de USCIS para cambios de dirección (formulario AR-11). También puede imprimir el formulario y llenarlo a mano, y mandarlo por correo a USCIS.

¿Qué puedo hacer si mi solicitud de permiso de trabajo fue denegada?

Lamentamos mucho que su solicitud de permiso de trabajo haya sido denegada. Aquí hay algunas razones comunes por las cuales USCIS niega los permisos de trabajo de los solicitantes de asilo y qué puede hacer.

  • Su solicitud fue rechazada antes del 8 de febrero de 2022. Si USCIS rechazó su solicitud antes del 8 de febrero de 2022, es posible que haya usado las reglas anteriores sobre permisos de trabajo que ya no se aplican. ¡Puede intentar volver a enviar su solicitud de permiso de trabajo!

  • Pagó la tarifa biométrica. Los solicitantes de asilo no tienen que pagar NINGUNA tarifa biométrica con sus solicitudes iniciales ni con sus renovaciones de permisos de trabajo. Si incluyó una tarifa de $85 y USCIS rechazó su permiso de trabajo, puede volver a presentar su solicitud sin la tarifa.

  • Pagó una tarifa por su permiso de trabajo inicial. Los solicitantes de asilo no tienen que pagar NINGUNA tarifa por un permiso de trabajo inicial basado en una solicitud de asilo pendiente. Si USCIS rechazó su permiso de trabajo porque incluyó una tarifa, puede volver a presentar su solicitud sin la tarifa.

  • No pagó la tarifa por la renovación de un permiso de trabajo. Si USCIS rechazó su permiso de trabajo porque no pagó la tarifa correcta, puede volver a entregar su solicitud con la tarifa o incluir una solicitud para eliminar la tarifa. Obtenga más información sobre la tarifa para la renovación del permiso de trabajo aquí.

  • No han pasado suficientes días desde que entregó su solicitud de asilo. En general, puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de entregar su solicitud de asilo y puede recibir un permiso de trabajo 180 días después de presentar su solicitud de asilo. Si solicitó su permiso de trabajo antes, puede esperar y volver a enviar su solicitud. Sin embargo, si cree que presentó la solicitud en el día correcto pero USCIS todavía rechazó su permiso de trabajo, puede haber un problema con su “reloj” de asilo. Obtenga más información sobre el reloj de asilo aquí.

  • No hay evidencia de una solicitud de asilo. Si aún no ha presentado una solicitud de asilo (Formulario I-589), aprenda cómo solicitar el asilo aquí. Puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de presentar su solicitud de asilo. Si presentó una solicitud de asilo pero USCIS dice que no hay evidencia, puede intentar volver a presentar su solicitud de permiso de trabajo con evidencia. Por ejemplo, puede incluir una carta de presentación que explique cuándo y dónde presentó su solicitud de asilo y una copia de la primera página de su I-589 con un sello de la corte de inmigración. También puede hablar con un abogado sobre sus opciones. Encuentre ayuda legal aquí.

  • Tiene un cierto tipo de condena. Si USCIS rechazó su solicitud debido a una condena, lo mejor es hablar con un abogado sobre sus opciones. Encuentre ayuda legal aquí.

Si tiene preguntas o si tiene un problema diferente, tal vez quiere hablar con un abogado acerca de sus opciones. Encuentre ayuda legal aquí. También puede enviar un correo electrónico con su pregunta a info@asylumadvocacy.org e incluir una foto de su carta de negación de USCIS.

El “reloj” de mi permiso de trabajo se detuvo después de que entregué mi solicitud de asilo a USCIS. ¿Qué significa eso y qué puedo hacer

Si USCIS detuvo su reloj, continúe leyendo. Si la corte de inmigración detuvo su reloj, haga clic aquí.

Qué es el reloj: El “reloj” de permiso de trabajo (a veces llamado reloj de asilo) es una herramienta que USCIS y la corte de inmigración utilizan para contar la cantidad de días desde que usted entregó su solicitud de asilo. Cuando tiene 150 días en su reloj, usted puede solicitar su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. Cuando tenga 180 días en su reloj, puede recibir un permiso de trabajo. Desafortunadamente, a veces USCIS o la corte de inmigración detienen el reloj. Si usted entregó su solicitud de asilo hace más de 180 días, pero su reloj se detuvo antes de llegar a los 180 días, es probable que su solicitud de permiso de trabajo sea denegada.

Por qué se detuvo su reloj: Si usted entregó su solicitud de asilo a USCIS, su reloj podría detenerse si:

También puede llamar o enviar un correo electrónico a su oficina de asilo local (en inglés) para solicitar más información sobre por qué se detuvo su reloj.

Qué puede hacer para reiniciar su reloj: Si usted cree que USCIS detuvo su reloj por error, también puede usar esta herramienta en línea de USCIS y seguir estas instrucciones específicas:

  • Bajo “Form Number” (“Número de formulario”), seleccione “I-589”

  • Bajo “Form Sub Type” (“Subtipo de formulario”), seleccione “Challenge to 180-Day Asylum EAD Clock – Garcia Perez Settlement Agreement” (“Desafío al reloj de 180 días de asilo EAD – Acuerdo de conciliación de García Pérez”)

  • Proporcione el número de recibo y la fecha de entrega de su solicitud I-589. Puede encontrarlos en el aviso de recibo de su solicitud de asilo.

  • Bajo la sección “Typographical Error” (“Error tipográfico”), seleccione “Other – Provide Detail” (“Otro – Proporcionar detalles”). Luego, en inglés, proporcione una descripción específica sobre por qué cree que hay un error.

Cómo volver a entregar su solicitud de permiso de trabajo: Si su permiso de trabajo fue denegado porque no tenía suficientes días en su reloj de asilo, y usted soluciona el problema, puede volver a entregar su solicitud de permiso de trabajo. Debido a que será su primer permiso de trabajo basado en asilo, puede marcar nuevamente “initial permission to accept employment” (“permiso inicial para aceptar empleo”). Nuevamente no habrá tarifa de presentación.

El “reloj” de mi permiso de trabajo se detuvo después de que entregué mi solicitud de asilo a la corte de inmigración. ¿Qué significa eso y qué puedo hacer?

Si la corte de inmigración detuvo su reloj, continúe leyendo. Si USCIS detuvo su reloj, haga clic aquí.

Qué es el reloj: El “reloj” de permiso de trabajo (a veces llamado reloj de asilo) es una herramienta que USCIS y la corte de inmigración utilizan para contar la cantidad de días desde que usted entregó su solicitud de asilo. Cuando tiene 150 días en su reloj, usted puede solicitar su primer permiso de trabajo como solicitante de asilo. Cuando tenga 180 días en su reloj, puede recibir un permiso de trabajo. Desafortunadamente, a veces USCIS o la corte de inmigración detienen el reloj. Si usted entregó su solicitud de asilo hace más de 180 días, pero su reloj se detuvo antes de llegar a los 180 días, es probable que su solicitud de permiso de trabajo sea denegada.

Por qué se detuvo su reloj: Si usted entregó su solicitud de asilo a la corte de inmigración, su reloj podría detenerse si:

  • Usted pidió más tiempo para encontrar un abogado

  • Su abogado pidió más tiempo para preparar su caso

  • La corte de inmigración cerró su caso

  • El personal de la corte de inmigración cometió un error

  • Nota: Entregar una petición para pedir el traslado de su corte (“Motion to Change Venue” en inglés) a una corte de inmigración diferente NO detiene el reloj.

También puede ir a una corte de inmigración en persona y pedirle al personal de la corte una copia impresa de su historial de reloj de asilo. También puede enviar un correo electrónico o llamar a la corte para hacer esta solicitud. La corte está obligada a proporcionarle esta copia impresa. Esta copia impresa debería mostrar todas las veces que su reloj se detuvo o comenzó, y por qué razones.

Qué puede hacer para reiniciar su reloj si tiene una audiencia próximamente: El juez de inmigración puede reiniciar su reloj cuando tenga su próxima audiencia en la corte de inmigración y usted acepte una fecha para su audiencia individual (de méritos).

Qué puede hacer para reiniciar su reloj si su caso está en apelación: Si usted ha apelado su caso después de una decisión de un juez de inmigración y necesita corregir su reloj de asilo, encuentre más información en esta página web del gobierno (en inglés).

Qué puede hacer para reiniciar su reloj si cree que se detuvo por error: Si usted cree que la corte de inmigración ha detenido su reloj por error, puede comunicarse con la corte de inmigración. Vaya a este sitio web de la corte de inmigración y haga clic en el nombre de su corte para ir a la página web de esa corte. También puede ingresar “Corte de inmigración [nombre de la ciudad]” en Google para encontrar la página web de su corte. Vaya hacia abajo en la página hasta la sección llamada “Contact the Court” (“Comuníquese con la corte”) y busque donde dice “Asylum EAD Clock Requests” (“Solicitudes de reloj EAD de asilo”). Debería haber un correo electrónico.

Puede escribir un correo electrónico que incluya lo siguiente en inglés:

  • Su nombre

  • Su número A

  • El nombre de la corte de inmigración donde tendrá su próxima audiencia

  • Por qué cree que el reloj se detuvo incorrectamente y cuántos días cree que debería haber en el reloj

También puede que usted desee buscar un abogado que le ayude a solucionar los problemas con su reloj de asilo. Encuentre ayuda legal aquí.

Cómo volver a entregar su solicitud de permiso de trabajo: Si su permiso de trabajo fue denegado porque no tenía suficientes días en su reloj de asilo, y usted soluciona el problema, puede volver a entregar su solicitud de permiso de trabajo. Debido a que será su primer permiso de trabajo basado en asilo, puede marcar nuevamente “initial permission to accept employment” (“permiso inicial para aceptar empleo”). Nuevamente no habrá tarifa de presentación.

¿Qué puedo hacer si nunca recibí mi permiso de trabajo y creo que se perdió en el correo?

Primero, revise el estatus de su caso en la herramienta en línea de USCIS. Vea este volante informativo para obtener instrucciones detalladas. Si USCIS ha enviado su permiso de trabajo por correo, debe haber un número de seguimiento en esta página. Entonces, hay algunas opciones que puede intentar.

  1. Si tiene un número de seguimiento, puede revisar el estatus del paquete con la oficina postal (USPS). También puede intentar comunicarse con USPS para ver si puede encontrar la tarjeta perdida. El número de teléfono general es 1-800-222-1811.

  2. Puede intentar solicitar una nueva tarjeta a través de este sitio web de USCIS.

  3. Si USPS dice que perdió la tarjeta, puede pedirle un documento que explique la situación. Luego, puede volver a solicitar su permiso de trabajo e incluir ese documento. Normalmente, USCIS no le obligará pagar la tarifa para volver a emitir una tarjeta que no se entregó, si puede demostrar que USPS perdió la tarjeta.

  4. Si USPS dice que entregó la tarjeta, aún puede volver a solicitar su permiso de trabajo. Sin embargo, lamentablemente tendrá que pagar la tarifa de reemplazo. A partir del 1 de abril de 2024, la tarifa para reemplazar su tarjeta es de $470 si usted entrega la solicitud en línea o de $520 si usted entrega la solicitud por correo. Si no puede pagar la tarifa, puede enviar una solicitud para eliminar la tarifa.

¿Qué puedo hacer si recibí mi tarjeta de permiso de trabajo, pero tiene un error?

La respuesta depende de si USCIS hizo el error en su tarjeta de permiso de trabajo o si usted hizo un error en la solicitud de permiso de trabajo.

Si USCIS hizo el error, usted NO tiene que entregar un nuevo Formulario I-765 ni pagar la tarifa de presentación. En lugar de eso, puede:

  • Utilizar esta página web de USCIS (en inglés) para entregar una solicitud de servicio para corregir el error, y

  • Siga las instrucciones en esta página web de USCIS (vea la sección llamada “Cómo Solicitar una Corrección en su Notificación o Documento [Basado en un error de USCIS]”) para devolver su tarjeta que tiene información incorrecta.

Si el error no fue debido a USCIS, usted tiene que entregar una nueva solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765). Desafortunadamente, tendrá que pagar la tarifa de presentación. A partir del 1 de abril de 2024, la tarifa para reemplazar su tarjeta es de $470 si usted entrega la solicitud en línea o de $520 si usted entrega la solicitud por correo. Si usted no puede pagar la tarifa, puede enviar una solicitud para eliminar la tarifa.

¿Qué puedo hacer si he intentado contactar a USCIS y nunca contestan?

Puede revisar el estatus de su solicitud en esta página web de USCIS. También puede llamar a USCIS al 1-800-375-5283. A veces se puede lograr hablar con alguien si dice “InfoPass” en voz alta y fuerte al teléfono cuando le pregunte la razón por la cual se está comunicando.

¿Qué puedo hacer si tengo un problema con mi tarjeta de seguro social?

Lea aquí sobre los pasos que puede tomar si tiene un problema con su tarjeta de seguro social.

¿Qué está haciendo ASAP para luchar contra los retrasos y otros problemas?

¡Los miembros de ASAP y el equipo de ASAP están trabajando juntos para luchar por permisos de trabajo más rápidos y fáciles! Lea las últimas noticias aquí.

Otros tipos de permisos de trabajo, no basados en la solicitud de asilo

Siga leyendo o haga clic en los enlaces a continuación para aprender sobre otras categorías de permisos de trabajo. Esta no es una lista completa, y también hay otros tipos de permisos de trabajo. También puede encontrar más información en este sitio web de USCIS.

Me dieron “parole” cuando llegué a los Estados Unidos. ¿Puedo solicitar un permiso de trabajo?

Sí. Si su permiso de entrada y permanencia temporal (conocido como “parole”) todavía está válido, usted puede solicitar un permiso de trabajo basado en el parole. Sin embargo, el gobierno está intentando poner fin a el parole temprano para muchas personas. Si su parole termina antes de tiempo, su permiso de trabajo basado en parole también terminará antes de tiempo. Usted también puede considerar solicitar otro tipo de permiso de trabajo si es elegible, por ejemplo, un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo. Un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo es válido por 5 años.

¿Qué es el “parole”?

El “parole” es cuando el gobierno le da permiso oficial para entrar a los Estados Unidos y permanecer temporalmente en el país. Sin embargo, no todos los que entran a los Estados Unidos reciben parole. Una forma de revisar si usted tiene parole es revisando sus documentos en papel o en línea. Es posible que usted haya recibido documentos de parole que se ven así, así, así, o así. Un documento que indica que usted recibió parole también debería decir por cuánto tiempo es válido su parole.

¿Cuánto dura un permiso de trabajo basado en el “parole”?

Un permiso de trabajo basado en parole solo es válido hasta que se venza su parole. El gobierno está intentando poner fin a algunos tipos de parole temprano. Si su parole termina temprano, su permiso de trabajo también se vencerá temprano. En cambio, un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo es válido por 5 años.

¿Cómo puedo solicitar un permiso de trabajo basado en el “parole”?

Si usted recibió parole y su parole todavía es válido, usted puede solicitar un permiso de trabajo inmediatamente bajo la “categoría (c)(11)” en el formulario para solicitar un permiso de trabajo (Formulario I-765). Adjunte prueba de su parole a su solicitud. Puede enviar su solicitud de permiso de trabajo en línea o por correo. Para entregar su solicitud en línea, puede hacer clic en el botón azul que dice “Presente en Línea” en esta página web de USCIS.

La tarifa es de $470 para un permiso de trabajo basado en parole si lo solicita en línea, o $520 si lo solicita por correo. Si no puede pagar la tarifa, puede hacer una solicitud para eliminar la tarifa

¿Cuánto tarda en llegar un permiso de trabajo basado en el “parole”?

Depende, pero puede tardar mucho. El gobierno no está obligado a procesar permisos de trabajo basados en parole en un período específico. Si usted ha estado esperando mucho tiempo, puede revisar el tiempo normal de procesamiento publicado en esta página web de USCIS. Si su caso está fuera del tiempo normal, puede llenar este formulario (en inglés) para preguntar sobre su caso. Si usted trabaja en el cuidado de la salud o en el cuidado de niños, es posible que pueda solicitar recibir su permiso de trabajo más rápido a través de un proceso separado.

Para personas con ciertos tipos de parole, el gobierno ha dejado de procesar todas las nuevas solicitudes de permisos de trabajo, así como otras solicitudes de inmigración. Esto aplica específicamente a personas que recibieron parole a través de procesos especiales para personas de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela (CHNV), Ucrania (U4U), o El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia (Reunificación Familiar). Todavía puede entregar solicitudes, pero el gobierno no tomará decisiones sobre ellas por ahora.

¿Cuáles son las diferencias entre un permiso de trabajo basado en parole y uno basado en una solicitud de asilo?

Permiso de trabajo basado ​​en parole (categoría (c)(11) en el formulario de solicitud de permiso de trabajo):

  • Usted puede solicitar un permiso de trabajo inmediatamente después de recibir parole. Usted NO tiene que esperar 150 días.

  • Usted debe pagar una tarifa por su solicitud de permiso de trabajo. La tarifa para un permiso de trabajo basado en parole es de $470 si usted entrega la solicitud en línea o de $520 si usted entrega la solicitud por correo. Si no puede pagar la tarifa, puede hacer una solicitud para eliminar la tarifa

  • USCIS puede tardar mucho tiempo en procesar su solicitud para un permiso de trabajo basado en parole. Ellos no están obligados a procesarla dentro de un tiempo específico.

  • Si su solicitud de permiso de trabajo es aprobada, su permiso de trabajo será válido solo hasta que se venza su estatus de parole. El gobierno podría intentar poner fin a su estatus de parole temprano, y en ese caso, su permiso de trabajo también se vencerá temprano.

Permiso de trabajo basado ​​en una solicitud de asilo (categoría (c)(8) en el formulario de solicitud de permiso de trabajo):

  • Por lo general, usted puede solicitar un permiso de trabajo 150 días después de entregar su solicitud de asilo.

  • No hay ninguna tarifa requerida para solicitar su primer permiso de trabajo, Esto es cierto incluso si usted ha recibido un permiso de trabajo bajo otra categoría antes.

  • Se supone que USCIS debe procesar su solicitud para su primer permiso de trabajo dentro de 30 días después de recibirla.

  • Si su solicitud de permiso de trabajo es aprobada, su permiso de trabajo será válido por 5 años.

Yo he ganado Estatus de Protección Temporal (TPS). ¿Puedo solicitar un permiso de trabajo?

¡Sí! Si usted tiene Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), usted es elegible para solicitar un permiso de trabajo. Las personas que tienen TPS automáticamente pueden trabajar en los Estados Unidos mientras su estatus de TPS es válido. Aunque no es requerido, quizás aún quiera solicitar un permiso de trabajo para usarlo como prueba de su identidad y para demostrarle a un empleador que usted tiene permiso para trabajar. Si usted no tiene permiso de trabajo válido, usted tendrá que mostrarle a su empleador un documento de esta lista para comprobar su identidad y permiso para trabajar.

Si su TPS fue aprobado, usted puede solicitar un permiso de trabajo usando el Formulario I-765. En la pregunta 27 de la parte 2 del formulario, puede indicar que su categoría de elegibilidad es “(a)(12)”. También tiene que incluir evidencia que muestra que su TPS fue aprobado, como un aviso de aprobación o una orden del juez de inmigración. También debe entregar la tarifa de presentación. A partir del 1 de abril de 2024, la tarifa para un permiso de trabajo basado en TPS es de $470 si usted entrega la solicitud en línea o de $520 si usted entrega la solicitud por correo. Si usted no puede pagar la tarifa, puede enviar una solicitud para eliminar la tarifa.

Desafortunadamente, no hay límite sobre cuánto tiempo USCIS puede tomar para procesar su solicitud de permiso de trabajo. En este momento, USCIS está tardando mucho tiempo en procesar solicitudes de permisos de trabajo basados en TPS. En la mayoría de los casos, su permiso de trabajo basado en TPS vencerá en la misma fecha que su estatus de TPS. Si TPS para su país se extiende o es reasignado, puede que su permiso de trabajo también se extienda automáticamente, o es posible que tenga que entregar nuevas solicitudes para el TPS y el permiso de trabajo. Por favor, vea este sitio web de USCIS sobre TPS para ver las noticias más recientes e instrucciones para su país de origen.

Si usted está solicitando asilo y TPS, es posible que usted pueda recibir un permiso de trabajo más rápidamente si usted entrega una solicitud para un permiso de trabajo basado en asilo, en lugar de TPS. Hasta la fecha de esta actualización (abril de 2025), USCIS está procesando las solicitudes de permisos de trabajo basadas en asilo más rápidamente que las solicitudes para permisos de trabajo basados ​​en TPS para algunos paises. Puede leer más sobre el proceso de solicitar un permiso de trabajo basado en asilo.  Tal vez también quiera buscar ayuda legal.

OJO: Si usted ha estado esperando mucho tiempo por su permiso de trabajo, aquí puede leer sobre los posibles pasos que puede tomar.

Tengo una solicitud pendiente para el Estatus de Protección Temporal (TPS). ¿Puedo solicitar un permiso de trabajo?

¡Sí! Si usted ha solicitado Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y cumple con los requisitos básicos de TPS, usted es elegible para solicitar un permiso de trabajo incluso si USCIS todavía no ha tomado una decisión sobre su solicitud de TPS. De hecho, usted puede entregar una solicitud para un permiso de trabajo al mismo tiempo que entregue su solicitud para TPS.

Usted puede solicitar su permiso de trabajo usando el formulario I-765. Para la pregunta número 27 en la parte 2 del formulario, puede indicar la categoría “(c)(19)” como su categoría de elegibilidad. Tendrá que pagar la tarifa o entregar una solicitud para eliminar la tarifa. A partir del 1 de abril de 2024, la tarifa para un permiso de trabajo basado en una solicitud pendiente de TPS es de $470 si usted entrega la solicitud en línea o de $520 si usted entrega la solicitud por correo.

Desafortunadamente, no hay límite sobre cuánto tiempo USCIS puede tomar para procesar su solicitud de permiso de trabajo. En este momento, USCIS está tardando mucho tiempo en procesar solicitudes de permisos de trabajo basados en TPS. Si está enfrentando largas demoras, puede seguir los mismos pasos descritos en la sección sobre demoras de renovaciones (aunque ese enlace es sobre permisos de trabajo para solicitantes de asilo, usted puede seguir los mismos pasos).

Si usted está solicitando asilo y TPS, es posible que usted pueda recibir un permiso de trabajo más rápidamente si usted entrega una solicitud para un permiso de trabajo basado en asilo, en lugar de TPS. Hasta la fecha de esta actualización (junio de 2022), USCIS está procesando las solicitudes de permisos de trabajo basadas en asilo más rápidamente que las solicitudes para permisos de trabajo basados ​​en TPS.  Puede leer más sobre el proceso de solicitar un permiso de trabajo basado en asilo.  Tal vez también quiera buscar ayuda legal.

OJO: Si usted ha estado esperando mucho tiempo por su permiso de trabajo, aquí puede leer sobre los posibles pasos que puede tomar.

Gané el asilo. ¿Puedo trabajar?

¡Sí! Después de ganar el asilo, inmediatamente puede trabajar legalmente.

Hay dos maneras de demostrarle a su empleador que puede trabajar legalmente: (1) un nuevo permiso de trabajo basado en haber ganado el asilo, O (2) un documento llamado Formulario I-94 que demuestre que ganó el asilo. (Ojo: Si usted recibió un Formulario I-94 cuando ingresó a los Estados Unidos, este será una versión diferente y actualizada del documento.) También puede usar su Formulario I-94 para solicitar una tarjeta de seguro social nueva o actualizada en su oficina local de la Administración del Seguro Social.

La manera de obtener un Formulario I-94 y un nuevo permiso de trabajo es diferente dependiendo de si usted ganó el asilo con USCIS o con la corte de inmigración.

Si usted ganó el asilo después de una entrevista de asilo con USCIS, USCIS debería enviarle automáticamente un permiso de trabajo nuevo y una versión del Formulario I-94 que demuestre que usted ganó el asilo.

Si usted ganó el asilo en la corte de inmigración, es posible que usted deba tomar pasos adicionales.

Es posible que USCIS automáticamente le envíe un Formulario I-94. El Formulario I-94 que muestra que usted ganó el asilo es la única prueba de autorización de trabajo que necesita, pero muchas personas también quieren un nuevo permiso de trabajo como una forma de identificación.

  • Si usted desea un nuevo permiso de trabajo, puede solicitarlo por correo.

  • Para solicitar un permiso de trabajo por correo, complete el Formulario I-765. Para la Pregunta 27 de la Parte 2, puede poner (a)(5) como su categoría de elegibilidad. Usted debería incluir una copia de la decisión que dice que le aprobaron el asilo. No hay tarifa si es la primera vez que solicita un permiso de trabajo después de obtener el asilo. Si usted aún no tiene un número de seguro social, puede solicitar uno en las preguntas 14 a 17 de su Formulario I-765.

  • Desafortunadamente, no hay límite en el tiempo que USCIS puede tardar en procesar su solicitud de permiso de trabajo. Si usted ha estado esperando por su permiso de trabajo durante mucho tiempo, lea aquí los posibles pasos que puede seguir.

  • Si USCIS no le envió un Formulario I-94 por correo, usted puede solicitar uno en una cita en persona.

    • Puede solicitar una cita en persona con USCIS llamada cita de InfoPass para recibir un Formulario I-94. También es posible que pueda solicitar un permiso de trabajo en esta cita. Puede hacer la cita llamando a USCIS o utilizando su cuenta en línea de USCIS .

    • Por teléfono: llame a USCIS al 1-800-375-5283. Cuando se le pida que explique por qué está llamando, puede decir “InfoPass” para hablar con un representante. Después, puede decirles que ganó asilo en la corte de inmigración y que quiere solicitar una cita de InfoPass.

    • En línea: puede solicitar una cita en esta página web de USCIS. (Desafortunadamente, este formulario sólo está disponible en inglés y debería llenarlo en inglés.)

    • Puede ver e imprimir su aviso de cita de InfoPass haciendo clic en “Ver su cita” en esta página web de USCIS. (Para cambiar el idioma, haga clic en el menú desplegable debajo de “Select your language”). Lleve el aviso de cita y la orden del juez de inmigración que dice que le aprobaron el asilo a su cita de InfoPass.

Gané retención de deportación (conocido como “Withholding of Removal” en inglés). ¿Puedo solicitar un permiso de trabajo?

¡Sí! Si ya ganó retención de deportación, usted es elegible para solicitar un permiso de trabajo. Las personas que han ganado retención de deportación no son autorizados automáticamente a trabajar en los Estados Unidos, así que tendrá que obtener un permiso de trabajo para poder trabajar.

Si usted ganó retención de deportación, puede solicitar su permiso de trabajo usando el formulario I-765.  Para la parte 2, pregunta 27, puede indicar la categoría “(a)(10)” como su categoría de elegibilidad. Debe incluir una copia de la orden del juez de inmigración que le concede la retención de deportación. También puede pedir un número de seguro social y tarjeta de seguro social contestando las preguntas 14 a 17 del formulario I-765. No hay tarifa para solicitar un permiso de trabajo inicial ni una renovación después de haber sido otorgado la retención de deportación. Desafortunadamente, no hay límite de tiempo para que USCIS procese su solicitud.

Tenga en cuenta que su permiso de trabajo basado en retención de deportación vencerá después de cierto tiempo. La fecha de vencimiento estará escrita en la tarjeta de permiso de trabajo. Debe notar la fecha de vencimiento y asegurarse de renovar su permiso de trabajo (usando el formulario I-765) antes de que se venza. Es una buena idea solicitar la renovación al menos 6 meses antes de que su permiso de trabajo se venza. Cuando USCIS le mande un aviso de recibo (también conocido como Formulario I-797C o “Notice of Action” en inglés) en respuesta a su solicitud de renovación, esto extenderá automáticamente su permiso de trabajo. Para más información, visite este sitio web de USCIS.

OJO: Si usted ha estado esperando mucho tiempo por su permiso de trabajo, aquí puede leer sobre los posibles pasos que puede tomar.

¿Hay aún más tipos de permisos de trabajo?

Sí. Esta no es una lista completa, y también hay otros tipos de permisos de trabajo. También puede encontrar más información en este sitio web de USCIS.

Nota: Esta información es para adultos que buscan asilo en los Estados Unidos sin un abogado. Esperamos que esta información le ayude a navegar el proceso de inmigración. Esta información no pretende ser consejo legal y ASAP no es su abogado. Para buscar ayuda legal, visite la página de búsqueda de ayuda de ASAP.