En mayo de 2025, el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) comenzó a detener a muchos inmigrantes en sus audiencias en la corte de inmigración. Anteriormente, esto era muy poco común, pero ahora se está volviendo más común. Esta publicación comparte lo que sabemos sobre lo que está sucediendo en este momento, pero la situación está cambiando rápidamente.
¿A quién está deteniendo el gobierno en la corte de inmigración?
¿Qué pasa si no asisto a mi audiencia en la corte de inmigración?
¿Hay organizaciones que estén tomando acciones en contra de esto?
¿A quién está deteniendo el gobierno en la corte de inmigración?
A partir de mayo de 2025, el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) ha comenzado a detener a muchos inmigrantes en sus audiencias en la corte de inmigración.
El gobierno está deteniendo a muchos inmigrantes que han estado en los Estados Unidos por menos de 2 años en sus audiencias preliminares, conocidas como audiencias de calendario maestro (MCH, por sus siglas en inglés). Hemos escuchado numerosos informes de que esto está ocurriendo en cortes de inmigración en todo Estados Unidos. El gobierno también está pidiendo a los jueces que “desestimen o despiden” (“dismiss”, en inglés) estos casos y luego está sometiendo a los inmigrantes a un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada”.
El gobierno está deteniendo a algunos inmigrantes que han estado en los Estados Unidos por más de 2 años – si ingresaron al país con CBP One u otro tipo de permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole” en inglés). Hemos escuchado algunos informes de que esto está ocurriendo en las audiencias preliminares, pero no sabemos si es una práctica generalizada. El gobierno también está pidiendo a los jueces que desestimen estos casos y luego está sometiendo a los inmigrantes a un proceso de deportación más rápido llamado “deportación acelerada”.
El gobierno está deteniendo a muchos inmigrantes que pierden su caso de asilo en la audiencia final (también llamada audiencia “individual” o “de méritos”). Hemos empezado a escuchar más informes de que esto está ocurriendo. Si desea apelar la negación, puede decírselo al juez durante la audiencia. Sin embargo, incluso si apela, ICE puede detenerlo mientras su apelación está en proceso. Si el juez no toma una decisión en su audiencia final, ICE aún puede detenerlo, pero esto es menos común que ser detenido después de que se niegue su caso. Si usted gana asilo en su audiencia final, no debería ser detenido.
Incluso si no está en una de estas categorías, aún podría ser detenido en una audiencia en la corte de inmigración. Las categorías anteriores son sobre las que hemos escuchado más informes, pero ICE también puede detener a personas en otros escenarios. Cualquier persona puede ser detenida mientras se encuentra en un proceso en la corte de inmigración.
¿Qué pasa si no asisto a mi audiencia en la corte de inmigración?
Si usted no asiste a su audiencia en la corte de inmigración, su caso de asilo probablemente terminará y es probable que reciba una orden de deportación por faltar a su audiencia. Recibir una orden de deportación puede dificultarle ser elegible para un estatus legal en el futuro. Si usted tiene una orden de deportación, ICE también puede arrestarlo y tratar de deportarlo rápidamente si lo encuentra en cualquier lugar.
¿Es posible solicitar una audiencia virtual (en línea)?
Sí, pero la solicitud puede ser negada. Que se le apruebe la solicitud o no depende de muchos factores, incluyendo la ubicación de su corte de inmigración, su juez, las razones por las que está pidiendo una audiencia virtual y si tiene abogado. Para solicitar una audiencia virtual, puede intentar llamar a la corte de inmigración o entregar una solicitud por escrito.
Aprenda más sobre las audiencias virtuales.
Estoy planeando asistir en persona a una audiencia en la corte de inmigración. ¿Qué puedo saber antes de ir?
Si ha vivido en los Estados Unidos por más de 2 años, puede llevar documentos que lo demuestren. Hasta ahora, las personas que han estado en los Estados Unidos por más de 2 años tienen menos probabilidades de ser detenidas y puestas en deportación acelerada después de su audiencia preliminar, conocida como audiencia de calendario maestro (MCH, por sus siglas en inglés). Pero incluso las personas que llevan más de 2 años en los Estados Unidos pueden ser detenidas.
Puede tratar de encontrar un abogado que lo acompañe a su audiencia. Tener abogado no impide que lo detengan, pero un abogado puede intentar abogar por usted. Incluso si no tiene un abogado que lo acompañe, puede ser útil hablar con un abogado antes de su audiencia sobre su caso específico.
También puede considerar pedirle a un amigo o familiar que sea ciudadano de los Estados Unidos que lo acompañe a su audiencia para brindarle apoyo y para que pueda avisar a otras personas si usted es detenido. Tal vez quieran llevar una prueba de su ciudadanía estadounidense. También puede ser útil si hablan inglés.
Si está solicitando asilo, puede llevar una copia de su solicitud de asilo sellada, o puede preparar su solicitud de asilo para entregarla en la audiencia. Mostrar prueba de que está solicitando asilo no impide que lo detengan, pero puede ayudarle a demostrarle al juez que está preparado para seguir luchando por su caso.
Si tiene solicitudes pendientes con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) que no están relacionadas con el asilo (por ejemplo, una solicitud de residencia basada en el matrimonio), puede llevar una copia del aviso de recibo. Si tiene hijos que son ciudadanos de los Estados Unidos, lleve copias de sus actas de nacimiento. Estos documentos no impiden que lo detengan, pero pueden ser datos útiles para que el juez los considere.
Si va a asistir a una audiencia, puede prepararse para la posibilidad de ser detenido. Coma bien antes de ir y tome suficiente agua. Si lo detienen, podrían pasar muchas horas antes de que pueda volver a comer. Use ropa cómoda y lleve un suéter o chaqueta en caso de que el centro de detención esté frío.
Memorice el número de teléfono de al menos una persona de confianza, o escriba el número en su brazo, para que pueda llamarlos si pierde acceso a su teléfono. Pregúntale a esa persona que si pueden ayudarle en caso de emergencia, por ejemplo, para recoger a sus hijos de la escuela. Asegúrese de que sepan su nombre completo, su Número A, y su fecha y país de nacimiento. También asegúrese de que sepan dónde encontrar sus documentos importantes. Si tiene abogado, asegúrese de que sepan cómo contactar a su abogado. Vea un modelo de plan de emergencia de otra organización.
¿Qué puedo hacer si el gobierno trata de desestimar mi caso en la corte de inmigración, pero yo quiero que mi caso continúe?
Si el fiscal le pide al juez que desestime o despide (“dismiss”, en inglés) su caso, usted puede pedirle al juez que rechace la solicitud del gobierno. Pero tenga en cuenta que puede ser difícil lograrlo. Las posibilidades de éxito dependen de muchos factores, incluyendo la ubicación de su corte y su juez.
Si decide pedirle al juez que mantenga su caso en la corte de inmigración, puede ser útil compartir la siguiente información, si aplica a su caso:
Usted puede decirle al juez si tiene miedo de regresar a su país de origen. Puede explicarle al juez qué tipo de peligro enfrentaría si es deportado a ese país.
Puede decirle al juez si ya solicitó el asilo o si planea solicitarlo. También puede decirle al juez si le preocupa no poder seguir con su solicitud de asilo si su caso es desestimado y usted es detenido.
Puede decirle al juez si tiene personas en los Estados Unidos que dependen de usted, especialmente hijos o familiares que sean ciudadanos de los Estados Unidos. Puede decirle al juez si su detención separaría a su familia o dejaría sin cuidado a sus hijos o familiares que sean ciudadanos de los Estados Unidos.
Puede pedirle al juez más tiempo para buscar un abogado si no tiene un abogado.
También puede decirle al juez si necesita más tiempo para responder a la solicitud del gobierno, especialmente si no se le informó de esa solicitud antes de la audiencia.
Puede pedirle al juez que requiera al gobierno que presente por escrito su solicitud de desestimar el caso si eso le ayudaría a entender las razones y poder responder.
El juez decidirá entonces si desestima su caso, permite que continúe, o le da más tiempo.
Si el juez desestima su caso, es probable que los agentes del Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) lo detengan al salir de la corte.
Si el juez decide que su caso continúe, deberían programarle otra audiencia. Asegúrese de obtener una copia del aviso de su próxima audiencia antes de salir de la corte. Si los agentes de ICE intentan detenerlo, usted puede decirles que su caso NO fue desestimado y mostrarles el aviso de su audiencia. Es posible que esto evite que lo detengan. Pero aun si su caso en la corte de inmigración continúa, todavía puede ser detenido.
Aprenda más sobre la detención de inmigrantes.
¿Qué es la “deportación acelerada”?
La deportación acelerada es una forma en la que el gobierno puede deportar a algunos inmigrantes más rápido. Los inmigrantes pueden ser puestos en el proceso de deportación acelerada justo después de llegar a los Estados Unidos, o si su caso es desestimado. Casi siempre, las personas son detenidas durante el proceso de deportación acelerada.
El gobierno ha dicho que puede poner a una persona en deportación acelerada si entró a los Estados Unidos sin visa Y ha estado en los Estados Unidos por menos de 2 años.
El gobierno también ha dicho que puede poner a alguien en deportación acelerada incluso si ha estado en los Estados Unidos por más de 2 años, si: (1) entró sin visa, (2) se encontró con agentes de inmigración dentro de los catorce días después de llegar a los Estados Unidos, y (3) el encuentro ocurrió dentro de 100 millas de la frontera. Esto incluye generalmente a personas que entraron a los Estados Unidos a través de CBP One u otro tipo de permiso de entrada y permanencia temporal en los Estados Unidos (conocido como “parole”).
Cuando una persona que está en el proceso de deportación acelerada le dice al gobierno que tiene miedo de regresar a su país de origen, se supone que el gobierno deberia hacerle una Entrevista de Miedo Creíble o de Miedo Razonable. Los agentes de inmigración probablemente no le pregunten si tiene miedo, así que puede decírselo a la mayor cantidad posible de agentes, tantas veces que pueda. Puede leer más sobre el proceso de la Entrevista de Miedo Creíble o Razonable aquí, que incluye esta guía y este video (en inglés). Una Entrevista de Miedo Creíble o de Miedo Razonable es diferente de una entrevista de asilo normal con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).
Si usted pasa este tipo de entrevista, debería salir del proceso de deportación acelerada y tener la oportunidad de solicitar asilo u otras formas de protección ante la corte de inmigración. Pero incluso si pasa la entrevista, aún puede ser detenido mientras continúa solicitando el asilo.
¿Hay organizaciones que estén tomando acciones en contra de esto?
El gobierno está usando la deportación acelerada más que antes, pero organizaciones de inmigración están luchando en contra en dos demandas. Puede leer sobre esas demandas aquí y aquí.
ASAP trata de proporcionar información factual sobre las leyes de inmigración actuales. Esta información no es consejo legal.